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BOC Nº 062. Martes 30 de Marzo de 2004 - 938

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 4 de La Laguna

938 - EDICTO de 12 de marzo de 2004, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio ordinario nº 0000261/2002.

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D. Juan Carlos González Ramos, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera de Instancia nº 4 de La Laguna y su Partido.

HACE SABER: que en este Juzgado de mi cargo se ha dictado sentencia, en los autos que luego se dirá cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA Nº 044/04

En San Cristóbal de La Laguna, a cuatro de marzo de dos mil cuatro, por D. Juan Carlos González Ramos, Ilustrísimo Sr. Magistrado Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de los de esta ciudad y su partido, vistos los presentes autos que se han tramitado por el procedimiento previsto para el juicio ordinario, siendo parte demandante la entidad mercantil Caja Rural de Tenerife, Sociedad Cooperativa de Crédito, representada por el Procurador D. Lorenzo Martín Sáez y dirigida por el Letrado D. Jesús David Barragán Acea, contra D. Ramón Antonio Correa Correa, declarado en rebeldía, en los que se ejercitó acción de reclamación de cantidad.

FALLO

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por el Procurado D. Lorenzo Martín Sáez, actuando en nombre y representación de la entidad mercantil Caja Rural de Tenerife, Sociedad Cooperativa de Crédito, condenando a D. Ramón Antonio Correa Correa a pagar a la entidad actora la cantidad de tres mil trescientos euros con treinta y nueve céntimos (3.300,39 euros), más los intereses legales, y al pago de las costas procesales causadas en esta primera instancia.

La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación que se deberá preparar ante este mismo Juzgado en el plazo de cinco días contados desde la notificación de la misma, en la forma y con los requisitos establecidos por la Ley para el mismo.

Y para que sirva de notificación al demandado, que se encuentra en ignorado paradero, expido y libro el presente en La Laguna, a 12 de marzo de 2004.- El Magistrado-Juez.- El Secretario.

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