BOC - 2004/059. Jueves 25 de Marzo de 2004 - 872

IV. ANUNCIOS - Administración Local - Cabildo Insular de Gran Canaria

872 - ANUNCIO de 27 de febrero de 2004, relativo a notificación de requerimiento dirigido a D. José González Díaz.

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A medio del presente, y de conformidad con lo previsto en el artículo 59.4 de la vigente Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la notificación del requerimiento dirigido a D. José González Díaz, que a continuación se transcribe, toda vez que, habiendo intentado con carácter previo la notificación en el domicilio que consta en esta Administración, ésta no ha sido posible:

ASUNTO: denuncia por construcción de semisótano, en la vía GC-220, punto kilométrico 1 + 500, margen izquierdo, término municipal de Gáldar.

Por el equipo de explotación de carreteras de esta Corporación y con fecha 12 de septiembre de 2003, se ha denunciado la construcción de un semisótano a la distancia de 8,80 y 8,30 metros del borde de la calzada, en el lugar indicado en el asunto epigrafiado.

Lo anterior puede constituir la infracción tipificada en el artículo 39, apartado a), de la Ley Territorial 9/1991, de 8 de mayo, de Carreteras de Canarias (LCC), pudiendo considerarse ésta como grave, ya que la construcción realizada no es legalizable al efectuarse a distancia inferior de la línea de edificación fijada para dicha vía, pudiendo ser sancionada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la LCC, con multa de mil quinientos dos con cincuenta y cuatro (1.502,54) euros (250.001 pesetas) a doce mil veinte con veinticuatro (12.020,24) euros (2.000.000 de pesetas), sin perjuicio de lo que resulte de la instrucción del expediente.

Por ello, y al tratarse de un uso no legalizable, se le requiere de conformidad con lo establecido en el artículo 35, apartado uno, de la LCC, al objeto de que proceda a la paralización inmediata de las obras, debiendo, asimismo, restituir las zonas afectadas por las obras realizadas para el semisótano a su estado original. Igualmente le participo que cualquier daño que pudiera ocasionarse hasta la ejecución de lo ordenado será de su exclusiva responsabilidad.

Transcurrido dicho plazo sin que se lleve a efecto lo requerido se procederá a su ejecución por parte de esta Corporación y a su costa.

Al mismo tiempo, se le informa de que dispone del plazo de diez (10) días para, dentro del trámite de audiencia, presentar las alegaciones, documentos y justificaciones que estime conveniente para sus intereses, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de febrero de 2004.- El Presidente, p.d., el Consejero de Obras Públicas e Infraestructuras (Decreto nº 11, de 10.6.03), Miguel Jorge Blanco.



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