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BOC Nº 051. Lunes 15 de Marzo de 2004 - 349

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Otras Administraciones - Universidad de Las Palmas de Gran Canaria

349 - RESOLUCIÓN de 16 de febrero de 2004, por la que se convoca, por el procedimiento de urgencia, concurso público de méritos para la adjudicación de plazas de profesores asociados (Disposición Adicional Segunda del Decreto 140/2002).

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De acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Adicional Segunda del Decreto 140/2002, de 7 de octubre, sobre régimen del personal docente e investigador contratado y sobre complementos retributivos del profesorado de las Universidades canarias (B.O.C. de 18.10.02), y siendo necesaria la contratación de profesores para las plazas que se indican en el anexo I de esta Resolución.

En uso de las competencias que le atribuye el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, en relación con el artículo 2.2.e) de la misma, así como en los Estatutos de esta Universidad y la Resolución de delegación de competencias de 29 de julio de 2002 (B.O.C. de 4.9.02), este Vicerrectorado

HA RESUELTO:

Convocar concurso público para la contratación de Profesores Asociados en las plazas que se indican en el anexo I, mediante contrato laboral de carácter especial y de duración determinada, con sujeción a las siguientes

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Normas generales.

Se convoca concurso público de méritos para la adjudicación de plazas de profesorado de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Adicional Segunda del Decreto 140/2002, de 7 octubre.

A efectos de posibles contrataciones por motivos extraordinarios que tuvieran que realizarse posteriormente en la misma área de conocimiento, las Comisiones de Contratación podrán constituir una lista de reserva con los candidatos propuestos.

Los baremos generales por los que se regirá la adjudicación de las plazas se encuentran expuestos en los tablones de anuncio de la calle Murga, 21 y en la página web de la Universidad. Ninguna de las plazas convocadas podrá ser cubierta en comisión de servicios y tampoco podrán ser ocupadas por candidatos que hayan finalizado una relación contractual anterior con la ULPGC por existencia de informe desfavorable.

Definición del contrato: Profesor Asociado a tiempo parcial (D.A. 2ª Decreto 140/2002, de 7 de octubre) con dedicación del 85% en relación con un profesor a tiempo completo de las que 7 horas serán lectivas y 6 de tutorías y su duración será como máximo de un año improrrogable.

2. Requisitos de los aspirantes.

Los interesados deberán reunir las condiciones establecidas en la legislación vigente: Ley Orgánica de Universidades 6/2001, de 21 de diciembre, Decreto 140/2002, de 7 de octubre, sobre régimen del personal docente e investigador contratado y sobre complementos retributivos del profesorado de las Universidades canarias, Real Decreto 1.200/1986, de 13 de junio (B.O.E. de 25 de junio), Real Decreto 1.086/1989, de 28 de agosto (B.O.E. de 9 de septiembre), Estatutos de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria y en las demás normas de carácter general aplicables.

3. Plazo y presentación de solicitudes.

Los interesados en participar en la convocatoria deberán presentar en el Registro General de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (calle Murga, 21, Las Palmas de Gran Canaria), o por cualquiera de los procedimientos establecidos [en este caso se ruega enviar la instancia al siguiente fax (928) 453301 a la Subdirección de Personal Docente] en el artº. 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, instancia según modelo oficial, dirigida al Excmo. Sr. Vicerrector de Ordenación Académica y Profesorado. Los interesados, junto con la instancia deberán presentar:

1.- Fotocopia del D.N.I. en vigor (en el caso de que el candidato sea extranjero deberá aportar fotocopia del N.I.E.).

2.- Fotocopia compulsada de los títulos oficiales que aporte. Si los títulos aportados han sido obtenidos en el extranjero deberán ir acompañados de una fotocopia compulsada de la homologación o acreditación del Ministerio de Educación y Cultura español.

3.- Certificación de las calificaciones obtenidas.

4.- Resguardo original y fotocopia que justifique el pago de 15,02 euros en concepto de formación de expediente, en la Caja Insular de Ahorros de Canarias, código cuenta cliente 2052-8000-79-3500075605, de la calle Triana, 89.

No procederá devolución alguna de la cantidad indicada en los supuestos de exclusión por causa imputable al interesado.

5.- Currículum vitae que debe ajustarse al formato incluido en los baremos generales que figuran en la página web de la Universidad (https://www.ulpg.es/index.php?pagina=voa&ver=pdi contratados) o pueden ser retiradas en la Subdirección de Personal Docente, añadiendo justificación de todos los méritos alegados.

6.- Acreditación, mediante certificado de vida laboral, o Servicio de Personal correspondiente, de no haber estado vinculado, durante más de un curso académico, de manera estable a una Universidad Canaria como personal docente y de haberlo estado que se ha tratado de sustituir a profesores contratados o situaciones similares.

Las personas que opten a más de una plaza deberán presentar solicitud individualizada para cada una de ellas acompañada de la documentación complementaria.

El plazo de presentación de instancias será de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

4. Admisión de aspirantes.

Serán excluidos los aspirantes que no hayan abonado la cantidad citada, dentro del plazo habilitado para la presentación de instancias. Asimismo serán excluidos quienes no aporten los requisitos de participación requeridos en los puntos 1, 2, 4, y 6 anteriores. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes se hará pública en el tablón de anuncios de la calle Murga, 21, 3ª planta, la relación de admitidos y excluidos, los concursantes excluidos tendrán cinco días hábiles para subsanar únicamente los defectos que han originado su exclusión, a falta de lo cual se entenderá que renuncian a participar en el concurso.

5. Resolución.

Las Comisiones que han de juzgar los concursos podrán convocar a los interesados a una entrevista, por lo que deben estar localizables telefónicamente. Los candidatos propuestos deberán aportar la documentación que legalmente sea necesaria para formalizar el correspondiente contrato. En los casos de renuncia o cualquier otra causa que impida la incorporación del aspirante propuesto, podrá formalizarse la contratación con el segundo o siguientes, respetando el orden de prelación establecido por la Comisión de Contratación.

El contrato formalizado con el candidato propuesto se extinguirá automáticamente en el supuesto de que, como consecuencia de la resolución de los recursos que puedan plantearse, resultara seleccionado otro aspirante con mejor puntuación.

Cuantos actos se deriven de la presente convocatoria y de la actuación de la Comisión de selección podrán ser recurridos en los casos y forma establecida en la Ley 30/1992, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Las Palmas de Gran Canaria, a 16 de febrero de 2004.- El Rector, p.d., el Vicerrector de Ordenación Académica y Profesorado, Roberto Sarmiento Rodríguez.

A N E X O I

Código de la Plaza: 0402/2541.

Código Universidad: 121.345.5.07.

Número de Plazas: 1.

Categoría: ATP (Disposición Adicional 2ª Decreto 140/2002, de 7 de octubre).

Departamento: Filología Moderna.

Área de Conocimiento: Filología Inglesa.

Perfil: traducción especializada inversa económica-jurídica Español-Inglés.

Motivo: vacante (Plaza desierta 0311/2542 convocada en B.O.C. de 1.12.03).

Titulaciones Aptas: Licenciado en Traducción e Interpretación.

Ver anexos - página 3236

N E X O I I I

BAREMO PARA PROFESOR ASOCIADO (ATP)

(Disposición Adicional 2ª Decreto 140/2002,

de 7 de octubre)

1. TITULACIÓN (máx. 35 puntos).

1.1. Título de doctor (máx. 10 puntos).

1.1.A. Calificación de la tesis doctoral (máx. 7 puntos).

Apto cum laude por unanimidad (7 puntos).

Apto cum laude por mayoría (5 puntos).

Apto (3 puntos).

1.1.B. Adecuación al área de conocimiento (hasta 3 puntos, en función de la adecuación de la tesis al área de conocimiento por el que se convoca la plaza).

1.2. Título académico (máx. 10 puntos).

1.2.A. Valoración de la titulación (7 puntos).

1.2.B. Valoración de especialidad (hasta 3 puntos).

1.3. Expediente académico (máx. 10 puntos).

1.4. Otros títulos aportados por el candidato (máx. 5 puntos).

1.4.A. Titulación de ciclo corto que da acceso a la titulación principal (sólo si requiere realización de proyecto fin de carrera) (1 punto).

1.4.B. Titulación de ciclo corto (3 puntos).

1.4.C. Titulación de ciclo largo (5 puntos).

2. EXPERIENCIA PROFESIONAL (máx. 20 puntos).

2.1. Experiencia docente universitaria (máx. 15 puntos).

2.1.A. Materia afín al perfil (2,5 puntos/año).

2.1.B. Materia afín al área de conocimiento (2 puntos/año).

2.1.C. No afín al área de conocimiento (1 punto/año).

2.2. Experiencia docente no universitaria (máx. 6 puntos).

2.2.A. Enseñanza secundaria (1 punto/año).

2.2.B. Otra enseñanza no universitaria (0,5 puntos/año).

2.2.C. (a juicio de la Comisión evaluadora).

2.3. Actividad (no docente) en empresas (máx. 6 puntos).

2.3.A. Relacionadas con el área de conocimiento (0,5 puntos/año).

2.3.B. (a juicio de la Comisión evaluadora).

2.3.C. (a juicio de la Comisión evaluadora).

2.4. Ejercicio de libre profesión (acreditados por colegios oficiales) (máx. 6 puntos).

2.4.A. (a juicio de la Comisión evaluadora).

2.4.B. (a juicio de la Comisión evaluadora).

2.4.C. (a juicio de la Comisión evaluadora).

3. EXPERIENCIA INVESTIGADORA (máx. 20 puntos).

3.1. Actividad investigadora desempeñada (programas, puestos, fechas) (máx. 8 puntos).

3.1.A. Actividad en proyectos de investigación como investigador principal (internacional: 2.5 puntos/año, nacional: 2 puntos/año, regional: 1 punto/año).

3.1.B. Actividad en proyectos de investigación como investigador asociado (internacional: 1 punto/año, nacional: 0,5 puntos/año, regional: 0,25 puntos/año).

3.1.C. Otros (a juicio de la Comisión evaluadora).

3.2. Publicaciones de libros (título, fecha, editorial, ISBN) (máx. 10 puntos).

3.2.A. Libro Completo (internacional: hasta 4 puntos, nacional: hasta 3 puntos, regional: hasta 2 puntos).

3.2.B. Capítulo de libro (internacional: hasta 1 punto, nacional: hasta 0,5 puntos, regional: hasta 0,2 puntos).

3.3. Publicaciones en revistas científicas (título, fecha, volumen, páginas, ISSN) (máx. 10 puntos).

3.3.A. Con índice de impacto (hasta 3 puntos/artículo).

3.3.B. Sin índice de impacto (internacionales: hasta 1,5 puntos, nacionales: hasta 1 punto, regionales: hasta 0,5 puntos).

3.3.C. (a juicio de la Comisión evaluadora).

3.4. Comunicaciones y ponencias presentadas a congresos (máx. 10 puntos).

3.4.A. Con actas con ISBN (internacional: 1 punto, nacional: 0,5 puntos, regional: 0,3 puntos).

3.4.B. Con actas sin ISBN (internacional: 0,5 puntos, nacional: 0,25 puntos, regional: 0,1 punto).

3.4.C. Posters (internacional: hasta 0,5 puntos, nacional: hasta 0,25 puntos, regional: hasta 0,1 punto).

3.5. Otras publicaciones y patentes (máx. 5 puntos).

3.5.A. Otras publicaciones (hasta 0,5 puntos/publicación).

3.5.B. Patentes (hasta 2 puntos/patente).

3.5.C. (a juicio de la Comisión evaluadora).

4. OTROS MÉRITOS (máx. 15 puntos).

4.1. Cursos y seminarios impartidos (máx. 3 puntos).

4.1.A. Cursos y seminarios impartidos (0,5 puntos/crédito impartido) (máx. 3 puntos).

4.1.B. (a juicio de la Comisión evaluadora).

4.1.C. (a juicio de la Comisión evaluadora).

4.2. Cursos y seminarios recibidos (máx. 3 puntos).

4.2.A. Cursos y seminarios recibidos (0,25 puntos/curso, mín. 20 horas) (máx. 2 puntos).

4.2.B. Máster Universitario de reconocido prestigio (hasta 2 puntos).

4.2.C. (a juicio de la Comisión evaluadora).

4.3. Méritos relativos al programa de doctorado (máx. 3 puntos).

4.3.A. Suficiencia Investigadora (sólo para no doctores) (3 puntos).

4.3.B. Cursos superados, cuando no haya suficiencia investigadora (0,2 puntos/crédito) (máx. 2 puntos).

4.4. Becas de investigación recibidas (máx. 4 puntos).

4.4.A. Predoctorales (Ministerio o Comunidad Autónoma 0,5 puntos/año, Universidad 0,25 puntos/año, Fundación Universitaria 0,1 puntos/año) (máx. 2 puntos).

4.4.B. Postdoctorales (1 punto/año) (máx. 3 puntos).

4.5. Ayudas y premios recibidos (con posterioridad al título principal) (máx. 2 puntos).

4.6. Estancias en centros nacionales y extranjeros (máx. 4 puntos).

4.6.A. Estancias internacionales en centros de investigación (2 puntos/año).

4.6.B. Estancias nacionales en centros de investigación (1 punto/año).

4.6.C. (a juicio de la Comisión evaluadora).

4.7. Otros méritos docentes o de investigación (máx. 1 punto).

4.7.A. Otros méritos docentes.

4.7.B. Otros méritos de investigación.

5. ENTREVISTA (A juicio de la comisión) (máx. 10 puntos).

5.1. Debate sobre el currículum presentado por el candidato.

5.1.A. (a juicio de la Comisión evaluadora).

5.1.B. (a juicio de la Comisión evaluadora).

5.1.C. (a juicio de la Comisión evaluadora).

5.2. Debate sobre el programa, aprobado por el Departamento, de la asignatura.

5.2.A. (a juicio de la Comisión evaluadora).

5.2.B. (a juicio de la Comisión evaluadora).

5.2.C. (a juicio de la Comisión evaluadora).

Notas:

a) EL CURRÍCULUM VITAE a presentar ha de efectuarse siguiendo los apartados anteriores y respetando la numeración indicada, dejando en blanco los apartados que procedan.

b) En los epígrafes en los que se consigna un máximo se truncara la puntuación una vez alcanzada.

c) En los epígrafes en los que se consigna "hasta" será criterio de la Comisión evaluadora la puntuación obtenida según la calidad de la aportación.

d) Todos los méritos serán considerados relativos al área de conocimiento por el cual se publica la plaza, excepto aquellos apartados en los que se refiera al perfil.

e) Los méritos correspondientes a subapartados que figuran a juicio de la comisión evaluadora, tendrán como límite la puntuación correspondiente al mínimo del subapartado inmediatamente anterior.

Ver anexos - páginas 3239-3247

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