BOC - 2004/050. Viernes 12 de Marzo de 2004 - 686

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Presidencia y Justicia

686 - Dirección General de la Función Pública.- Anuncio de 1 de marzo de 2004, sobre provisión del puesto de trabajo de Tesorería del Cabildo Insular de Lanzarote, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

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Mediante oficio de 1 de marzo de 2004, el Sr. Presidente Accidental del Cabildo Insular de Lanzarote solicita que esta Dirección General autorice la acumulación de las funciones del puesto de trabajo de Tesorería del Cabildo Insular a las del puesto de Tesorería del Ayuntamiento de Arrecife, en la persona de D. Antonio Cabrera Panasco, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

El puesto de trabajo de Tesorería del Cabildo Insular de Lanzarote está reservado a la Escala de Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Intervención-Tesorería, cuyo titular, D. Julio Joaquín López Glaría, está previsto que cese en el citado puesto el día 8 de marzo de 2004, al haber obtenido un puesto de trabajo por libre designación en el Ayuntamiento de Granada.

El artículo 31, nº 1, del Real Decreto 1.732/1994, de 29 de julio (B.O.E. nº 189, de 9 de agosto), por el que se regula la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en la redacción dada por el artículo duodécimo del Real Decreto 834/2003, de 27 de junio (B.O.E. nº 163, de 9 de julio), por el que se modifica la normativa reguladora de los sistemas de selección y provisión de los puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, dispone que el órgano competente de la comunidad autónoma respectiva, en el ámbito de su territorio, podrá autorizar a los funcionarios con habilitación de carácter nacional que se encuentren ocupando un puesto de trabajo a ellos reservado a desempeñar asimismo en una entidad local próxima las funciones reservadas, en los supuestos contemplados en el apartado 1 del artículo 30.1 del citado Real Decreto, y por el tiempo de su duración, cuando, previa solicitud del ayuntamiento, no hubiese sido posible efectuar nombramiento provisional o comisión de servicios, imposibilidad que ha debido quedar lo suficientemente acreditada en el expediente.

Lo que se hace público, a fin de que los funcionarios con habilitación de carácter nacional que estén interesados en la provisión del indicado puesto mediante nombramiento provisional o comisión de servicios, puedan presentar su solicitud en esta Dirección General, en el plazo de diez días contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 1 de marzo de 2004.- El Director General de la Función Pública, Pedro José Rodríguez Torrens.



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