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BOC Nº 050. Viernes 12 de Marzo de 2004 - 694

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de lo Social nº 1 de Murcia

694 - EDICTO de 25 de febrero de 2004, relativo al fallo de la sentencia recaída en el procedimiento nº 458/2002.

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DEMANDANTE: D. Ángel Valdegrama Martín.

DEMANDADO: INSS, TGSS, Consejería Presidencia CC.AA. de Murcia, D. José María Briones Gil, D. Francisco Benítez Peñate y D. Juan Monagas Peraza.

ACCIÓN: jubilación.

D. Pascual Sáez Domenech, Secretario/a del Juzgado de lo Social nº Uno.

Hago saber: que en este Juzgado se tramita proceso nº 458/02 seguido a instancia de Ángel Valdegrama Martín contra INSS, TGSS, Consejería de Presidencia CC.AA. de Murcia, D. José María Briones Gil, D. Francisco Benítez Peñate y D. Juan Monagas Peraza, sobre jubilación, habiendo recaído la siguiente:

SENTENCIA

En la ciudad de Murcia, a 24 de febrero de 2004.

Antecedentes de Hecho ...

Fundamentos Jurídicos ...

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por D. Ángel Valdegrama Martín contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, debo declarar el derecho del actor a disfrutar prestación de jubilación correspondiente al 100% sobre la base reguladora ya reconocida de l.074,46 euros mes y efectos económicos de 1 de enero de 2002.

Se absuelve a D. José María Briones Gil, D. Francisco Benítez Peñate y D. Juan Monagas Peraza, por falta de legitimación pasiva.

Notifíquese esta Sentencia a las partes y hágaseles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de cinco días a contar del siguiente al de su notificación, anunciándolo ante este Juzgado, y obliga al ente gestor a presentar certificación acreditativa de que comienza el pago de la prestación y de que lo proseguirá durante la tramitación del recurso y designar un domicilio en la sede de la referida Sala del citado Tribunal a efectos de notificación, para dar cumplimiento a lo establecido por el artº. 195 de la vigente L.P.L.

Así por esta mi Sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma a la parte demandada D. Francisco Benítez Peñate, D. José María Briones Gil y D. Juan Monagas Peraza, que últimamente tuvo su domicilio en esa Comunidad, y en la actualidad se encuentra en ignorado paradero, expido el presente para su inserción y publicación en el B.O.R. y en el tablón de anuncios de este Juzgado, haciéndole saber que las próximas notificaciones se verificarán en Estrados de este Juzgado.

En Murcia, a 25 de febrero de 2004.- El Secretario/a Judicial, Pascual Sáez Domenech.

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