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BOC Nº 042. Martes 2 de Marzo de 2004 - 584

IV. ANUNCIOS - Administración Local - Cabildo Insular de Lanzarote

584 - ANUNCIO de 11 de febrero de 2004, sobre notificación de Resolución de procedimiento sancionador en materia de infracción administrativa de transportes.

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Providencia de 11 de febrero de 2004, del Instructor de los expedientes sancionadores en materia de transportes que se relacionan, sobre notificación de Resolución de iniciación de procedimiento sancionador.

Dando cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 59 apartado 4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sobre notificación a interesados intentada y no practicada,

D I S P O N G O:

Notificar al denunciado que se cita, los cargos especificados en los expedientes que les han sido instruido por este Cabildo Insular por infracción administrativa en materia de transportes.

Órgano competente para resolver y norma que le atribuye competencia: Ilmo. Sr. Presidente del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote según Decreto 159/1994, de 21 de julio (B.O.C. nº 92, de 28.7.94) de Transferencias de funciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias a los Cabildos Insulares en materia de transportes terrestres y por cable y artículo 34.1.l) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

Que se ha nombrado Instructor de los expedientes sancionadores a D. Pedro M. Fraile Bonafonte que podrá ser recusado conforme a los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

En virtud de lo dispuesto en el artº. 210 del Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre y en el artículo 13, apartado 2º del Reglamento del Procedimiento Sancionador, en relación con lo dispuesto en el artículo 16.1 del mismo Reglamento, los interesados dispondrán de un plazo de quince (15) días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de la presente Providencia, para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimen convenientes o proponer pruebas concretando los medios de que pretendan valerse, con la advertencia de que en el supuesto de no presentar alegaciones la Resolución de iniciación podrá ser considerada Propuesta de Resolución con los efectos que le atribuye los artículos 18 y 19 del citado texto normativo.

1) TITULAR: Julio Tranche Calle; Nº EXPTE.: GC/30806/O/2002; POBLACIÓN: Tías (Lanzarote); MATRÍCULA: GC-3507-BM ; INFRACCIÓN: artículos 103 y 141.b) de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres; artículos 158 y 198.b) del Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre; CUANTÍA: 300 euros (49.916 pesetas); HECHO INFRACTOR: realizar transporte privado complementario de mercancías, en vehículo ligero, careciendo de autorización administrativa.

2) TITULAR: Juan José Santana Robayna; Nº EXPTE.: GC/30770/O/2002; POBLACIÓN: Tías (Lanzarote); MATRÍCULA: GC-2522-BC; INFRACCIÓN: artículos 103 y 141.b) de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres; artículos 158 y 198.b) del Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre; CUANTÍA: 300 euros (49.916 pesetas); HECHO INFRACTOR: realizar transporte privado complementario de mercancías, en vehículo ligero, careciendo de autorización administrativa.

3) TITULAR: Grupo Vivalank; Nº EXPTE.: GC/30815/O/2002; POBLACIÓN: San Bartolomé (Lanzarote); MATRÍCULA: GC-5417-BY; INFRACCIÓN: artículos 103 y 141.b) de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres; artículos 158 y 198.b) del Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre; CUANTÍA: 300 euros (49.916 pesetas); HECHO INFRACTOR: realizar transporte privado complementario de mercancías, en vehículo ligero, careciendo de autorización administrativa.

4) TITULAR: Papiel, S.L.; Nº EXPTE.: GC/30865/O/2002; POBLACIÓN: Las Palmas de Gran Canaria (Gran Canaria); MATRÍCULA: GR-4749-AF; INFRACCIÓN: artículos 90 y 140.a) de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres; artículos 41 y 197.a) del Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre; CUANTÍA: 1.900 euros (316.133 pesetas) y precinto del vehículo durante tres meses; HECHO INFRACTOR: realizar transporte público de mercancías, en vehículo pesado, careciendo de autorización administrativa.

5) TITULAR: Transportes Tavío Sánchez, S.L.; Nº EXPTE.: GC/30254/I/2003; POBLACIÓN: Las Palmas de Gran Canaria (Gran Canaria); MATRÍCULA: GC-1064-CK; INFRACCIÓN: artículos 33 y 140.e) de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres; artículos 19 y 197.e) del Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre; CUANTÍA: 1.500 euros (249.579 pesetas); HECHO INFRACTOR: obstrucción a la labor inspectora, impidiendo el ejercicio de sus funciones, al no facilitarle el examen de los documentos obligatorios.

6) TITULAR: Transportes Tavío Sánchez, S.L..; Nº EXPTE.: GC/30518/I/2003; POBLACIÓN: Las Palmas de Gran Canaria (Gran Canaria); MATRÍCULA: GC-9010-CJ; 2525-BCK y GC-4182-CL; INFRACCIÓN: artículos 33.3 y 4 y 140.6 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (modificada parcialmente por Ley 29/2003, de 8 de octubre; artículos 19 del Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre; CUANTÍA: 4.601 euros (765.542 pesetas); HECHO INFRACTOR: obstrucción a la labor inspectora, impidiendo el ejercicio de sus funciones, al no facilitarle el examen de los documentos obligatorios.

Arrecife, a 11 de febrero de 2004.- El Instructor, Pedro M. Fraile Bonafonte.

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