BOC - 2004/038. Miércoles 25 de Febrero de 2004 - 540

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 2 de San Bartolomé de Tirajana

540 - EDICTO de 11 de febrero de 2004, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio declarativo de menor cuantía nº 0000174/1998.

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JUZGADO: de Primera Instancia nº 2 de San Bartolomé de Tirajana.

JUICIO MENOR CUANTÍA: 0000174/1998.

PARTE DEMANDANTE: D. Matías Jiménez Mariano.

PARTE DEMANDADA: D./Dña. Endre Johan Engen, Arnhild Engen, Helge Aarseth, Elen Gilje Aarseth y Gunda Ingegerd Jonsson.

SOBRE: otras materias.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

"SENTENCIA

Vistos por D. Juan Luis Egea Marrero, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de San Bartolomé de Tirajana y de su Partido, los presentes autos de juicio declarativo de menor cuantía, identificados con el número suprascrito, seguidos a instancia de D. Matías Jiménez Mariano, representado por la Procuradora Sra. Pérez Almeida, bajo la dirección del Letrado Sr. Macías González, contra Dña. Endre Johan Engen, Arnihild Engen, Helge Aarseth y Elen Gilje Aarseth, declarados en rebeldía, así como contra Dña. Gunda Ingereed Jonson, representados por la Procuradora Sra. Rodríguez Romero, bajo la dirección del Letrado Sr. Martín Ascanio, contra D. Jan Van Hal, Invonne Van Hal, declarados en rebeldía y D. Isaac Jiménez y D. Matías Jiménez Mariano, representados y defendidos por la Sra. Pérez Almeida y el Sr. Macías González. En nombre de su Majestad el Rey pronuncia la siguiente Resolución ...

FALLO

Que estimando sustancialmente la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Pérez Almeida, que actúa en nombre y representación de D. Matías Jiménez Mariano, en el procedimiento de menor cuantía nº 174/1998 y desestimando totalmente la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Rodríguez Romero, en nombre y representación de Dña. Gunda Ingeered Jonson en el procedimiento de menor cuantía nº 267/1998, acumulado al 174/1998, procede hacer los siguientes pronunciamientos:

1º) Declarar que D. Matías Jiménez Mariano es dueño y legítimo propietario de las fincas descritas en el fundamento primero de esta resolución.

2º) Declarar la nulidad de la venta hecha el 19 de marzo de 1998 entre los Sres. Engen y la Sra. Ingeered Jonson por una parte y entre los Sres. Aarseth y la Sra. Ingeered Jonson, y referentes a las fincas descritas en el fundamento primero de esta resolución.

3º) Se acuerda la cancelación de las inscripciones contradictorias en el dominio que se declara en esta resolución, en relación a las fincas descritas en el fundamento primero.

Condeno al pago de las costas a la demandada Dña. Gunda Ingeered Jonson.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella puede interponerse recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Las Palmas, recurso que deberá prepararse anunciándolo a este Órgano Judicial en el término de cinco días contados a partir de su notificación. Recurso que se tramitará conforme a la LEC 1/2000, de 7 de enero.

Así por esta mi Sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a las actuaciones, juzgando en Primera Instancia, la pronuncio, mando y firmo."

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada Dña. Ivonne Van Harl, por providencia de 10 de febrero de 2004 el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, en Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado para llevar a efecto la diligencia de notificación.

En San Bartolomé de Tirajana, a 11 de febrero de 2004.- El/la Secretario Judicial.



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