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R E S U E L V E:
Primero.- Hacer pública en el anexo I de la presente Resolución, la lista de aspirantes que han superado el concurso de méritos, con la puntuación obtenida, orden en el que han aprobado, una vez aplicados los criterios de desempate, y las categorías profesionales a las que promocionan.
Segundo.- Ofertar los puestos de trabajo que se relacionan en el anexo I para cada categoría profesional e isla.
En el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución, los aspirantes deberán presentar escrito dirigido a la Dirección General de la Función Pública, según modelo que figura como anexo II, manifestando su orden de preferencia a los puestos ofertados para la categoría profesional a la que promocionan. En el supuesto de estar aprobados en más de una categoría, los aspirantes deberán presentar un escrito por cada categoría profesional.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer reclamación previa a la vía laboral, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 120, 121 y 125 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y el artículo 69 del Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral.
Santa Cruz de Tenerife, a 17 de febrero de 2004.- El Director General de la Función Pública, Pedro José Rodríguez Torrens.
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Ver anexos - Página/s 2473-2501
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