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BASES DE LA CONVOCATORIA
1. Objeto.La presente convocatoria tiene por objeto la formación de listas de reserva de carácter insular para la provisión de forma interina de plazas de Ayudantes de Archivos, Biblioteca y Museos en el caso de sustituciones o vacantes.
Se formarán dos listas: una por la isla de Gran Canaria y otra por la de Lanzarote. Los aspirantes podrán adscribirse a una de las islas o a las dos, indicándolo en el momento de presentar la solicitud de participación.
2. Normativa reguladora.
El proceso selectivo se regirá por lo dispuesto en estas bases y, en lo no previsto expresamente en las mismas, le será de aplicación las siguientes normas:
· Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio.
· Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
· Orden APU/1461/2002, de 6 de junio, por la que se establecen las normas para la selección y nombramiento de personal funcionario interino.
· Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
· Los Estatutos de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.
· Restante normativa de general aplicación.
3. Requisitos de los participantes.
Para ser admitidos al proceso selectivo los aspirantes deberán reunir los requisitos generales de acceso a la Función Pública y, en particular:
a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.
También podrán participar los descendientes, el cónyuge y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas, siempre que no estén separados de derecho. Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España.
b) Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.
c) Encontrarse como mínimo en posesión del título de Diplomado/a Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.
d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.
f) No estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado de origen, el acceso a la función pública, para los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española.
Todos los requisitos deben poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
4. Publicaciones.
La convocatoria será publicada en el Boletín Oficial de Canarias.
El nombramiento de los miembros del Tribunal, el calendario de las pruebas y las restantes actuaciones objeto de publicación que se susciten durante el procedimiento de selección, serán publicados en los tablones de anuncios del Edificio de Servicios Administrativos, calle Murga, 21, de Las Palmas de Gran Canaria, en las Delegaciones de esta Universidad en la isla de Tenerife, calle Nava y Grimón, 9, de la ciudad de La Laguna, y en la isla de Lanzarote, Plaza de la Constitución, 9, de la Villa de Teguise.
No obstante, toda la información relativa al proceso selectivo será publicada en la siguiente dirección de internet:
http://www.ulpgc.es/subdireccionpas/interinosbiblioteca.
5. Solicitudes: plazo y lugar de presentación.
Quienes deseen participar en el proceso selectivo deberán presentar una solicitud, según el modelo que figura en el anexo 1, en los lugares indicados en esta convocatoria.
Dicha solicitud se facilitará en la Conserjería de la 1ª planta de los Servicios Administrativos de esta Universidad en la calle Murga, 21, estando además disponible en la siguiente dirección de internet: http://www.ulpgc.es/subdireccionpas/interinosbiblioteca.
El plazo para la presentación de las solicitudes será de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias.
Las solicitudes se podrán presentar en los siguientes lugares:
a) En el Registro General de la Universidad, calle Murga, 21, 1ª planta, en horario de 9,00 a 14,00 h, de lunes a viernes.
b) En la Delegación de esta Universidad en la isla de Tenerife, calle Nava y Grimón, 9, de la ciudad de La Laguna, y en la isla de Lanzarote, Plaza de la Constitución, 9, de la Villa de Teguise.
c) En las delegaciones del gobierno y en las oficinas de correos. En estos casos, los interesados deberán, dentro del plazo establecido en la convocatoria, enviar una notificación de la solicitud presentada y la oficina pública en la que realizó dicho trámite. Dicha notificación se remitirá a la Subdirección de Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria:
(a) Por fax al número (928) 453301.
(b) Por telegrama a la siguiente dirección: calle Murga, 21, Las Palmas de Gran Canaria, código postal 35003.
6. Documentación anexa.
Junto a la solicitud se presentará la siguiente documentación:
a) Fotocopia en vigor del D.N.I. o pasaporte. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar, tendrán que presentar una fotocopia vigente del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo. Así mismo, declaración jurada o promesa de no estar separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
Los aspirantes deberán presentar los documentos indicados traducidos al castellano.
b) Original y copia del justificante de haber abonado la tasa de examen.
La tasa de examen será de 38 euros, y se ingresarán en la cuenta corriente nº 2052/8000/79/3500075605 que la Universidad tiene abierta en la Caja de Canarias, con la identificación de "Proceso selectivo funcionarios interinos de Biblioteca".
Los aspirantes con minusvalía igual o superior al 33% quedarán exentos del pago de los derechos de examen.
c) Fotocopia compulsada u original y copia para su cotejo del título de Diplomado/a Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse la credencial que acredite su homologación.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
Los que no posean la nacionalidad española, deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.
e) Declaración jurada de no padecer enfermedad ni limitación física o psíquica que le imposibilite el desempeño de las correspondientes funciones.
f) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de minusvalía deberán presentar certificación de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social que acredite tal condición, igualmente deberán presentar certificado de los citados órganos o de la administración sanitaria acreditativo de la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones que correspondan.
g) La documentación para la valoración de los méritos la presentarán únicamente aquellos que superen la fase de oposición, con posterioridad a la misma. Los documentos que deberán aportar serán los siguientes:
· Certificado de vida laboral, nombramientos y ceses o contratos, para probar la experiencia en Archivos, Bibliotecas o análogos.
· Cursos de formación y publicaciones.
Todos los documentos se acreditarán mediante fotocopias compulsadas o mediante los originales y copias cotejadas por el Servicio de Personal de esta Universidad o por las Delegaciones de la Universidad en las islas.
Así mismo, todos los documentos que se presenten se relacionarán en el impreso que figura en el anexo 4.
7. Lista de admitidos y excluidos a la convocatoria.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, y en el plazo máximo de cinco días hábiles, se publicará una resolución de la Gerencia de la Universidad por la que se aprueba la lista provisional de admitidos y excluidos a la convocatoria, con indicación de las causas de exclusión, en su caso.
Los aspirantes dispondrán de un plazo de tres días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución indicada en el apartado anterior, para subsanar, en su caso, los defectos que motivaron la omisión o exclusión de los mismos, así como para formular las reclamaciones que consideren.
Resueltas las reclamaciones, se publicará en el plazo máximo de cinco días hábiles una resolución de la Gerencia de la Universidad por la que se aprueba la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos a la convocatoria.
8. Proceso de selección.
La selección del personal funcionario interino se realizará mediante un concurso oposición libre. Éste se realizará en dos fases:
Fase de oposición.
La fase de oposición consistirá en tres ejercicios obligatorios, cada uno de ellos de carácter eliminatorio:
a) Primer ejercicio:
Consistirá en un cuestionario tipo test con 150 preguntas y 4 respuestas alternativas del temario contenido en el anexo I.
El tiempo máximo para el desarrollo por escrito de este ejercicio será de dos horas.
Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para su superación obtener un mínimo de cinco puntos.
b) Segundo ejercicio:
Consistirá en la realización por escrito de un resumen analítico (de hasta 150 palabras), en castellano, de un artículo sobre temas bibliotecarios/documentales en inglés. Para realizar el ejercicio los aspirantes podrán utilizar diccionario.
El tiempo máximo de duración será de una hora treinta minutos.
Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superar el ejercicio.
c) Tercer ejercicio:
Este ejercicio, de carácter práctico, constará de dos partes, que podrán realizarse en la misma o en distinta sesión:
Primera parte:
Consistirá en la catalogación automatizada en ABSYS, de dos documentos.
El registro se realizará de acuerdo con:
a) Normas de Catalogación dictadas por el Ministerio de Cultura (última edición).
b) Encabezamientos de materias ajustadas a alguna de las listas de encabezamientos de materias existentes.
c) Clasificación Decimal Universal (última edición).
Los opositores podrán utilizar las reglas de catalogación ISBD, las tablas de CDU y las listas de encabezamientos de materia que estimen oportunas, además de diccionarios.
El tiempo máximo para la realización de esta parte del ejercicio será de una hora.
Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesarios para la superación de esta parte del ejercicio obtener una puntuación mínima de cinco puntos y no haber obtenido una puntuación de cero en ninguno de los registros bibliográficos.
Segunda parte:
Consistirá en la realización de una búsqueda bibliográfica utilizando los recursos automatizados (catálogo automatizado, bases de datos, Internet ...) sobre un tema concreto que propondrá el Tribunal.
El tiempo máximo para la realización de esta parte del ejercicio será de una hora y media.
Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para su superación obtener un mínimo de cinco puntos.
El programa sobre el que versará la fase de oposición figura en el anexo 2 de esta convocatoria.
Fase de concurso.
A la fase de concurso sólo podrán acceder quienes hubieran superado los tres ejercicios de la fase de oposición.
Esta fase consistirá en la valoración de los méritos aportados por los aspirantes conforme al baremo que figura en el anexo 3 de esta convocatoria.
Calificación final.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y de concurso, aplicándose los siguientes porcentajes:
· Fase de oposición: 90%.
Primer ejercicio: 30%.
Segundo ejercicio: 30%.
Tercer ejercicio: 30%.
· Fase de concurso: 10%.
En caso de empate en la puntuación total, se resolverá atendiendo en primer lugar a la mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio, después en el segundo ejercicio y por último en el primer ejercicio. De continuar el empate se resolverá mediante sorteo.
9. Tribunal.
Las pruebas serán evaluadas por un Tribunal nombrado por el Rector y constituido por los siguientes miembros:
- Presidente: el Rector de la ULPGC o persona en quien delegue.
- Vocales: seis (6) designados por sorteo entre los funcionarios de Administración. Todos ellos deben pertenecer a una escala igual o superior a la del concurso, o, en su defecto, poseer la titulación exigible para la misma. Se garantiza la participación de la Junta de Personal Funcionario no docente, en los términos establecidos en la legislación vigente.
Además, podrá incorporarse personal que, sin formar parte del Tribunal, colabore con el mismo en tareas de carácter administrativo o material.
El Tribunal tendrá la categoría segunda a los efectos de la percepción de asistencias, según lo establecido en el Decreto 251/1997, de 30 de septiembre, sobre Indemnizaciones por razón del servicio (B.O.C. de 22.10.97) modificado por el Decreto 67/2002, de 20 de mayo (B.O.C. de 28.6.02).
10. Calendario y desarrollo de las pruebas.
Las pruebas se celebrarán en la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, en la fecha y hora que se anunciarán con la suficiente antelación, no pudiendo celebrarse antes de que transcurran 15 días naturales desde la publicación de la presente convocatoria.
Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio, en único llamamiento, siendo excluidos de las pruebas quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor que considere el Tribunal.
La publicación de la celebración de la siguiente prueba se efectuará por el Tribunal en los locales donde se haya celebrado la primera, así como en los lugares establecidos en la base 4 de esta convocatoria, con veinticuatro horas de antelación, como mínimo, a la señalada para el comienzo de la misma.
11. Resolución del proceso selectivo.
Una vez calificadas las pruebas y valorados los méritos por el Tribunal, éste elevará a la Gerencia de la Universidad las listas con los aspirantes aprobados, ordenados de mayor a menor, según la puntuación obtenida.
La Gerencia de la Universidad dictará resolución por la que se aprobarán las listas de reserva provisionales: una por Gran Canaria y otra por Lanzarote. Los candidatos aprobados figurarán, por cada lista ordenados de mayor a menor puntuación.
Los candidatos podrán presentar reclamaciones a la valoración y omisión en las listas de reserva en el plazo de cinco días naturales contados a partir del siguiente al de su publicación.
Resueltas las reclamaciones por la Gerencia de la Universidad, ésta emitirá una resolución aprobando las listas de reserva definitivas.
12. Caducidad de las listas.
Las listas de reserva que se deriven de esta convocatoria tendrán vigencia hasta que se publique una nueva lista de reserva derivada de un proceso de selección para el ingreso en la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.
13. Nombramiento de funcionarios interinos.
El nombramiento como funcionario interino se realizará mediante Resolución del Rector de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, cuando se produzca el llamamiento para cubrir la plaza objeto de necesidad.
El nombramiento efectuado tiene en cualquier caso carácter temporal y quedará revocado cuando la plaza se provea por un funcionario de carrera, o la Universidad considere que ya no existen las razones de urgencia que motivaron su provisión interina.
Quien forme parte de varias listas no podrá renunciar al llamamiento de alguna de ellas. De tal forma que, la no aceptación de la oferta de trabajo para una determinada lista, supondrá la exclusión definitiva de todas las listas, con las siguientes excepciones, que deberán ser acreditadas documentalmente:
a) Por enfermedad, embarazo o maternidad, mediante presentación de justificante médico.
b) Por tener una relación laboral o funcionarial en vigor, mediante certificado de la Empresa o Administración.
En ambos casos permanecerá en el lugar que le corresponda en la lista hasta que finalice la causa que le impide la aceptación de la oferta, lo que deberá comunicar a esta universidad en el momento en que se produzca.
14. Norma final.
La presente Resolución agota la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de su publicación.
No obstante, los interesados podrán optar por interponer contra esta Resolución un recurso de reposición en el plazo de un mes ante el órgano que la dictó, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de febrero de 2004.- El Gerente, p.d., del Rector (Resolución de 29.7.02; B.O.C. de 4.9.02), Francisco Quintana Navarro.
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A N E X O 2
TEMARIO
Tema 1. La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (B.O.E. nº 307, de 24.12.01).Tema 2. Estatutos de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria: Decreto 30/2003, de 24 de marzo.
Tema 3. La Biblioteca de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.
Tema 4. La cooperación entre bibliotecas universitarias y científicas, ámbitos y métodos, productos y servicios cooperativos. Situación y tendencias actuales en España.
Tema 5. La edición científica periódica. Situación, crisis y evolución de las revistas científicas. Las revistas electrónicas, la distribución individual de artículos y las nuevas formas de información científica primaria.
Tema 6. Tecnologías y soportes para la publicación electrónica. Medios y servicios de acceso a información y publicaciones electrónicas en bibliotecas universitarias.
Tema 7. Sistemas integrados de gestión bibliotecaria, funcionalidad y características. Servicios OPAC.
Tema 8. Aplicación de servicios Internet en las bibliotecas. Búsquedas de información en la red. Edición de información y distribución de servicios. Otros usos de Internet en bibliotecas.
Tema 9. Criterios y procedimientos para selección y valoración bibliográfica en bibliotecas universitarias. Gestión y evaluación de colecciones en las bibliotecas universitarias.
Tema 10. Acceso al documento en bibliotecas universitarias. El suministro interbibliotecario, objetivos, métodos y tecnologías.
Tema 11. Planificación, mantenimiento y evaluación de catálogos de bibliotecas con formato MARC. Organización del control bibliográfico en bibliotecas universitarias. Fuentes de catalogación.
Tema 12. Lingüística documental e indización. Descriptores, tesauros, encabezamientos de materia, clasificaciones sistemáticas.
Tema 13. Los usuarios de las bibliotecas universitarias. Tipología y necesidades de información y documentación de profesores, investigadores, estudiantes de postgrado y pregraduados. Análisis por especialidades académicas, metodologías de investigación y sectores profesionales.
Tema 14. Marketing de servicios en la Administración pública. Marketing de servicios de Información y documentación. Planificación, difusión, gestión y evaluación de los servicios al usuario en la Biblioteca Universitaria.
Tema 15. La función educativa y las actividades formativas de las bibliotecas universitarias. La biblioteca actual como instrumento de una enseñanza superior en transformación. El bibliotecario como educador.
Tema 16. Las búsquedas de información. Entrevista de referencia. Estrategias y técnicas de recuperación de información. Sistemas de interrogación, obtención y explotación de resultados. Servicios avanzados y personalizados.
Tema 17. Documentación primaria y fuentes de información en Derecho, Economía y Ciencias Empresariales.
Tema 18. Documentación primaria y fuentes de información en Geografía, Historia, Arte, Filología y Psicopedagogía.
Tema 19. Documentación primaria y fuentes de información en Ciencias Médicas y de la Salud y Veterinaria.
Tema 20. Documentación primaria y fuentes de información en Matemáticas, Física y Ciencia Naturales en general.
Tema 21. Documentación primaria y fuentes de información en Ingeniería civil y áreas relacionadas y Arquitectura.
Tema 22. Documentación primaria y fuentes de información en Ingeniería Industrial, Química, Electrónica y de Telecomunicaciones.
Tema 23. Atención al público. Información y calidad en el servicio al ciudadano por parte de la administración.
A N E X O 3
BAREMO DE MÉRITOS
Todos los méritos se valorarán con referencia a la fecha del cierre del plazo de presentación de instancias.Los méritos que se valorarán serán los siguientes:
1. Tiempo trabajado (máximo 4 puntos).
a) En un Archivo, Biblioteca o análogo como bibliotecario a razón de 0,25 puntos por año completo de servicio.
b) En la Biblioteca de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria como Técnico Especialista, a razón de 0,15 puntos por año completo de servicio.
2. Cursos de formación, Publicaciones y Titulaciones (máximo 5 puntos).
a) Por la superación de cursos de formación y perfeccionamiento que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en el puesto de trabajo, convocados por Universidades o Administraciones Públicas. Se valorará a razón de 0,02 puntos por hora, hasta un máximo de 1,50 puntos por curso.
b) Por la superación de cursos de formación y perfeccionamiento que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en el puesto de trabajo, convocados por entidades privadas. Se valorará a razón de 0,01 punto por hora, hasta un máximo de 0,75 puntos por curso.
Cuando no figure el número de horas, se valorará el curso con 1 hora.
c) Por ponencias a congresos y jornadas, así como publicaciones de artículos especializados que versen sobre materias relacionadas con el puesto de trabajo en el ámbito de la gestión universitaria y del ejercicio de la función pública, a razón de 0,1 punto por artículo publicado, hasta un máximo de 1 punto.
d) Por libros publicados en materias que versen sobre Gestión Universitaria y Función Pública, a razón de 0,5 puntos por libro, hasta un máximo de 2 puntos. Será condición indispensable que la publicación no sea autoeditada y que este debidamente registrada con el número de ISBN y el correspondiente Depósito Legal.
3. Por encontrarse en posesión de la titulación de Biblioteconomía, Archivística y Documentación (diplomatura o licenciatura), 1 punto.
Nota 1: para todos los casos de puntuación por años de servicio, se prorrateará por meses los períodos inferiores a un año.
Nota 2: todo lo no previsto específicamente en este baremo se ponderará por la Comisión de Valoración.
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