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BOC Nº 031. Lunes 16 de Febrero de 2004 - 219

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

219 - Dirección General de Universidades e Investigación.- Resolución de 2 de febrero de 2004, por la que se corrigen errores en la Resolución de concesión de subvenciones para la realización de proyectos de investigación de 26 de diciembre de 2003 (B.O.C. nº 16, de 26.1.04), cofinanciados con Fondos FEDER.

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Por Resolución de 5 de agosto de 2003 (B.O.C. nº 161, de 21 de agosto) de la Dirección General de Universidades e Investigación, se fijó el plazo de presentación de solicitudes para la realización de proyectos de investigación para el presente ejercicio 2003, y por Resolución de 26 de diciembre de 2003 (B.O.C. nº 16, de 26.1.04), se concedieron las citadas subvenciones para la realización de proyectos de investigación cofinanciados con Fondos FEDER.

Habiéndose detectado errores materiales en el texto de dicha Resolución y de conformidad con lo previsto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común), en el sentido de que "se pueden rectificar por las Administraciones Públicas, en cualquier momento, de oficio o a instancia de parte, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos", procede la corrección de los errores mencionados, y en virtud de las facultades que me han sido delegadas por la Resolución de 24 de junio de 2002 (B.O.C. nº 92, de 5 de julio),

R E S U E L V O:

Se proceda a la corrección de errores detectados en la Resolución de 26 de diciembre de 2003 (B.O.C. nº 16, de 26.1.04), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 105.2 de la citada Ley LRJPAC, en los siguientes términos: (ver anexos).

La presente Resolución, al ser dictada en virtud de competencias delegadas por el Sr. Consejero de Educación, Cultura y Deportes, pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrán los interesados interponer recurso potestativo de reposición, ante el Consejero de Educación, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Canarias o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 2 de febrero de 2004.- El Director General de Universidades e Investigación, Francisco Javier Díaz Brito.

Ver anexos - páginas 1973-1975

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