Gobierno de CanariasBOC
Página principalÚltimos boletinesArchivo boletines publicadosBúsquedas sencillasBúsquedas potentesDisposición en formato PDF Página anteriorSumarioPágina Siguiente
None
2004/023 - Miércoles 4 de Febrero de 2004

IV. ANUNCIOS
Otros anuncios
Consejería de Educación, Cultura y Deportes

Regresar al sumario 316 Secretaría General Técnica.- Anuncio de 22 de enero de 2004, relativo a notificación a Dña. Concepción Rosaura Santana Zamora de la Resolución de este Centro Directivo de 28 de octubre de 2003.

Intentada, sin que se haya podido practicar, la notificación de la Resolución de esta Secretaría General Técnica de 28 de octubre de 2003, en el domicilio señalado a tales efectos por la interesada, se procede, conforme a lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 12, de 14.1.99), y mediante la publicación del presente anuncio, a la notificación a la interesada Dña. Concepción Rosaura Santana Zamora, cuyo tenor literal es el siguiente:

"Vista la solicitud de devolución de tasas académicas efectuada por Dña. Concepción Rosaura Santana Zamora, con fecha de entrada en esta Consejería el 13 de octubre de 2003.- Vista la credencial de becaria presentada por la interesada.- Considerando: que la credencial de becaria especifica que la misma se concede textualmente para el 4º curso "idiomas". Considerando: que mediante escrito de fecha 28 de octubre de 2003, Nª RS 441.836 EDSG 15853, se remitió a la Intervención Insular de la Consejería de Economía y Hacienda de Santa Cruz de Tenerife, la propuesta de resolución estimatoria para el 4º curso de Alemán.- Resuelvo: desestimar la devolución de tasas académicas solicitada por Dña. Concepción Rosaura Santana Zamora para el 2º curso de Inglés en la Escuela Oficial de Idiomas de Santa Cruz de Tenerife.- Contra la presente Resolución se podrá interponer, en el plazo de quince días, recurso de reposición ante la Ilma. Sra. Secretaria General Técnica o reclamación económico-administrativa ante el Excmo. Sr. Consejero de Economía y Hacienda del Gobierno de Canarias, hasta tanto no se constituyan las Juntas a que se refieren los apartados b) y c) del artº. 24 de la Ley Territorial 7/1984, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública de Canarias (B.O.C.A.C. de 14.12.84), conforme a lo dispuesto en la Disposición Transitoria Trece de dicha Ley, no pudiendo simultanear ambos recursos.- Si se interpusiere recurso de reposición, no podrá promoverse reclamación económico-administrativa hasta que aquél se haya resuelto expresa o presuntamente.- Santa Cruz de Tenerife, a 28 de octubre de 2003.- La Secretaria General Técnica, Ángeles Bogas Gálvez."

Santa Cruz de Tenerife, a 22 de enero de 2004.- La Secretaria General Técnica, Ángeles Bogas Gálvez.

None
© GOBIERNO DE CANARIAS