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BOC Nº 019. Jueves 29 de Enero de 2004 - 135

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Otras Administraciones - Universidad de La Laguna

135 - RESOLUCIÓN de 2 de enero de 2004, por la que se convocan plazas de Personal Docente e Investigador, Profesor Asociado, Profesor Ayudante Doctor, Ayudante, Profesor Contratado Doctor y Colaborador, en la plantilla de Personal Docente.

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Haciendo uso de las atribuciones conferidas por el artículo 20.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, se convoca concurso público al objeto de proveer las plazas que figuran en el anexo de esta convocatoria.

Los concursos se regirán por lo dispuesto en el artículo 48 de la citada Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (B.O.E. de 24 de diciembre), Real Decreto 898/1985, de 30 de abril, sobre régimen del profesorado universitario (B.O.E. nº 146, de 12.6.85), Real Decreto 1.086/1989, de 28 de agosto, de retribuciones del profesorado (B.O.E. nº 216, de 9 de septiembre), modificado por Real Decreto 74/2000, de 21 de enero; Decreto 140/2002, de 7 de octubre, sobre régimen de Personal Docente e Investigador contratado y sobre complementos retributivos del profesorado de las Universidades Canarias; Decreto 140/2002, de 7 de octubre; artículos 21, 22 y 23 de los Estatutos de esta Universidad, aprobados mediante Decreto 230/2000, de 22 de diciembre (B.O.C. de 29.12.00) y por el Reglamento de Contratación de Profesores Ayudantes Doctores, Profesores Colaboradores, Profesores Contratados Doctores, Profesores Asociados y Ayudantes de la Universidad de La Laguna (B.O.C. de 31.7.02), así como por la legislación laboral que resulte de aplicación.

1. REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN

1.1. Para participar en las plazas que se relacionan en el anexo, se deberá estar en posesión del título de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero, excepto en aquellas áreas de conocimiento en las que legal o reglamentariamente es suficiente el título de Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico. Asimismo, conforme a lo señalado en el artículo 6 del Decreto 140/2002, de 7 de octubre (B.O.C. de 18 de octubre), quienes concurran a plazas de Profesor Asociado deberán acreditar el ejercicio de una actividad profesional fuera de la Universidad, con una antigüedad de al menos dos años.

1.2. Para participar a plazas de Ayudantes, que se relacionan en el anexo, se requiere la acreditación de haber superado todas las materias de estudio que se determinen según los criterios a que hace referencia el artículo 38 de la Ley Orgánica de Universidades. La contratación será con dedicación a tiempo completo salvo para la plaza de Colaborador que será con dedicación a tiempo parcial de 6 horas. Para las plazas de Ayudante Doctor y Profesor Contratado Doctor se deberán poseer los requisitos establecidos en los artículos 50 y 52, respectivamente, de la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (B.O.E. de 24 de diciembre).

2. SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN A APORTAR

2.1. Los interesados en concurrir al presente concurso deberán presentar en el Registro General de la Universidad de La Laguna (calle Molinos de Agua, s/n, La Laguna) o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, solicitud debidamente cumplimentada para cada plaza a la que se opte, que se facilitará en dicho Registro y en la dirección de Internet de esta Universidad (https://www.ull.es/infor_general/rrhh_convocatorias.htm), junto con los documentos que acrediten reunir los requisitos establecidos para la participación en este concurso, según la categoría de la plaza.

Los candidatos deberán presentar, junto con la instancia:

2.1.1. Certificación académica oficial, acreditativa de las calificaciones obtenidas en las asignaturas cursadas para la obtención de su titulación. En caso de títulos obtenidos en el extranjero, éstos deberán ir acompañados de una fotocopia de la homologación del Ministerio de Educación y Cultura español.

2.1.2. Los requisitos específicos de participación según la categoría de la plaza son:

2.1.2.1. Profesor Asociado de Universidad:

Documento actualizado que acredite el ejercicio de actividad profesional fuera de la Universidad:

Si ejerce por cuenta propia, cualquiera de los siguientes documentos:

- Certificado actualizado de vida laboral expedido por la Tesorería de la Seguridad Social.

- Certificado actualizado del período de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, indicando el epígrafe y la actividad correspondiente.

Si se ejerce por cuenta ajena, cualquiera de los siguientes documentos:

- Certificado actualizado de vida laboral expedido por la Tesorería de la Seguridad Social.

- Certificado actualizado del organismo o empresa donde presta o ha prestado servicios, en el que se haga constar su duración y el tipo de actividad realizada.

2.1.2.2. Ayudante:

Documento que acredite haber superado todas las materias de estudio que se determinen en el artículo 38 de la Ley Orgánica de Universidades.

2.1.2.3. Profesor Ayudante Doctor:

- Título de Doctor.

- Documento acreditativo de que, durante al menos dos años, no han tenido relación contractual, estatutaria o como becario en la Universidad de La Laguna, acreditando haber realizado durante este período tareas docentes y/o investigadoras no vinculadas a la misma.

- Documento acreditativo de la evaluación positiva de su actividad por parte de la ANECA o de la Agencia Canaria de Evaluación y Acreditación de la Calidad Universitaria.

2.1.2.4. Profesor Contratado Doctor:

- Documento acreditativo de estar en posesión del título de Doctor.

- Documento que acredite al menos tres años de actividad docente e investigadora, o prioritariamente investigadora, postdoctoral y evaluación positiva de dicha actividad por parte de la ANECA o de la Agencia Canaria de Evaluación y Acreditación de la Calidad Universitaria.

2.1.3. Justificación documental de los méritos que consideren oportunos.

2.2. Los documentos se presentarán en copia simple, pudiendo ser requeridos los concursantes, en cualquier momento, si se considera oportuno, para la comprobación de la autenticidad de los mismos por las Comisiones de Valoración. En todo caso, el candidato que obtenga la plaza deberá compulsar los documentos en el momento de la formalización del contrato de profesor.

2.3. Para cualquier información, los interesados deberán dirigirse al Servicio de Recursos Humanos de la Universidad de La Laguna, teléfono (922) 319490, de 9 a 13,30 horas, correo electrónico: concursoull.es, o a la dirección de Internet: https://www.ull.es/infor_general/rrhh_convocatorias.htm.

3. PLAZO DE PRESENTACIÓN

3.1. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias.

3.2. Los requisitos exigidos para concursar y los méritos alegados deberán cumplirse con anterioridad a la fecha de terminación del plazo para presentar las solicitudes.

4. VALORACIÓN DE LOS CONCURSANTES

Y PROPUESTA DE CONTRATACIÓN

4.1. Los méritos alegados por los candidatos serán valorados conforme al baremo marco de la Universidad de La Laguna conjuntamente con el baremo específico de cada Departamento, si lo hubiera.

4.2. En el plazo de 5 días posteriores al de finalización del plazo de presentación de solicitudes se publicará relación de admitidos y excluidos. Los concursantes excluidos dispondrán de diez días para subsanar los defectos detectados, a falta de lo cual se entenderá que renuncian a concursar.

4.3. Las propuestas de adjudicación de la plaza elevada por el Departamento se harán públicas en el tablón de anuncios del Vicerrectorado de Ordenación Académica y Profesorado. En el plazo de 5 días a partir de dicha publicación los interesados podrán interponer reclamación contra la misma.

4.4. La adjudicación de la plaza será resuelta por la Comisión Delegada de Ordenación Académica, Profesorado y Alumnos. La resolución de la misma se notificará a los interesados en la forma y plazo establecido por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999.

5. FORMALIZACIÓN DE LOS CONTRATOS

5.1. Los contratos a que se refiere la presente convocatoria tienen carácter laboral y están regulados por el artículo 53 y Disposición Final Segunda de la Ley Orgánica de Universidades, Decreto 140/2002, de 7 de octubre, el artículo 15.b) del Estatuto de los Trabajadores y el artículo 3 del Real Decreto 2.720/1998, de 18 de diciembre.

5.2. La formalización del contrato de Profesor Asociado en régimen de dedicación a tiempo parcial se condiciona a la autorización de compatibilidad.

6. NORMA FINAL

6.1. La presente Resolución y cuantos actos administrativos se deriven de la misma podrán ser impugnados por los interesados, en los casos y en la forma establecida por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

La Laguna, a 2 de enero de 2004.- El Rector, Ángel M. Gutiérrez Navarro.

Ver anexos - páginas 1062-1063

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