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Y para que sirva de notificación al demandado Herbert Mergener.
Lo que se notifica por edictos en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LECn.
Dado en Puerto de la Cruz, a 10 de noviembre de 2003.- El/la Secretario Judicial.
SENTENCIA
En Puerto de la Cruz, a 15 de octubre de 2003, el Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nš 2 de esta ciudad, D. José Ramón García Aragón, en los autos seguidos en este tribunal de juicio ordinario nš 146/2002 de tercería de dominio, interpuesto por el Procurador D. Juan Pedro González Martín, en nombre y representación de Alberto Gabino Padilla y Dña. Lidia Labrador Luis contra la entidad Banco de Bilbao-Vizcaya Argentaria y D. Herbert Mergener, en situación procesal de rebeldía.
FALLO
Debo estimar y estimo íntegramente la demanda de tercería de dominio interpuesta por el Procurador D. Juan Pedro González Martín, en nombre y representación de Alberto Gabino Padilla y Dña. Lidia Labrador Luis contra la entidad Banco de Bilbao-Vizcaya Argentaria y D. Herbert Mergener, respecto de la finca sita en calle Blanco, 1, con nš 16.490 de Puerto de la Cruz, ordenando que se alcen los embargos, la remoción de los depósitos si los hubiere y a la cancelación de la anotación preventiva y de cualquier otra medida de garantía del embargo del bien al que la tercería se refiere. Con imposición de costas a la entidad Banco de Bilbao-Vizcaya Argentaria.Notifíquese a las partes la presente resolución.
Esta resolución no es firme y contra ella podrá interponerse recurso de apelación que se tendrá por preparado ante este Juzgado en plazo de cinco días a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución.
Así lo pronuncio, mando y firmo.
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