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BOC Nº 006. Lunes 12 de Enero de 2004 - 76

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Audiencia Provincial. Sección Tercera. Santa Cruz deTenerife

76 - EDICTO de 5 de noviembre de 2003, relativo al fallo de la sentencia recaída en apelación, autos de juicio ejecutivo nº 629/2000.

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En virtud de lo acordado por la Sala en el rollo de apelación nº 600/03 dimanante de los autos nº 629/00 procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de La Laguna y desconociendo el paradero y domicilio del representante legal de la entidad Otibrito, S.L., Dña. Ángela Brito Herrera, D. Martín Eutimio Canino Pérez y Dña. Francisca Hernández González.

Por medio del presente, se notifica la Sentencia recaída en apelación, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

"SENTENCIA Nº 540/2003

Ilmos. Sres.

Presidente:

D. José Antonio González González.

Magistrados:

Dña. Macarena González Delgado (Ponente).

Dña. Carmen Padilla Márquez.

En Santa Cruz de Tenerife, a 3 de octubre de 2003.

Visto por los Ilmos. Sres. Magistrados expresados, en grado de apelación, el recurso interpuesto por las partes demandadas, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de La Laguna, en autos de juicio ejecutivo nº 629/2000, seguidos a instancias del Procurador D. José Ignacio Hernández Berrocal bajo la dirección del Letrado D. Alberto Chaves Amaro en nombre y representación de Cía. Mercantil Hispamer Servicios Financieros, contra D. Fernando Jove Fernández, y Esther Jove Ponsetti representados ambos por el Procurador Dña. Elena M. Lara Rodríguez, bajo la dirección del Letrado D. Juan Antonio Méndez Afonso, y contra Otibrito, S.L., Dña. Ángela Brito Herrera, D. Martín Eutimio Canino Pérez y Dña. Francisca Hernández González, todos ellos declarados en rebeldía procesal; han pronunciado, en nombre de S.M. el Rey, la presente Sentencia, siendo Ponente la Ilma. Sra. Dña. Macarena González Delgado Magistrado de esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, con base en los siguientes,

"FALLO

Se desestima el recurso de apelación interpuesto por la representación de D. Fernando Jove Fernández y Dña. Esther Jove Ponseti.

Se confirma la sentencia recurrida.

Las costas de esta alzada se imponen al recurrente.

Devuélvanse los autos originales al Juzgado de Primera Instancia de su procedencia, con testimonio de la presente resolución, para su ejecución y cumplimiento y a los efectos legales oportunos.

Notifíquese esta resolución a las partes en la forma que determina el artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación al presente Rollo, definitivamente juzgando en segunda instancia, lo pronunciamos, mandados y firmamos."

Y para que sirva de notificación a los apelados-demandados rebeldes entidad Mercantil Otibrito, S.L., Dña. Ángela Brito Herrera, D. Martín Eutimio Canino Pérez y a Dña. Francisca Hernández González para su inserción en los medios correspondientes, expido y firmo el presente en Santa Cruz de Tenerife, a cinco de noviembre de dos mil tres.- El Secretario.

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