Estás en:
Advertidos errores y omisiones de los textos remitidos, publicados en el Boletín Oficial de Canarias nº 103, de 2 de junio de 2003, relativo a la notificación del Acuerdo de inicio de procedimiento de reintegro incoado a la entidad Asociación de Jóvenes Empresarios (A.J.E.) y en el Boletín Oficial de Canarias nº 238, de 5 de diciembre de 2003, relativo a la notificación de la Resolución por la cual se pone fin al procedimiento administrativo de reintegro incoado a la misma entidad; en cumplimiento de lo dispuesto en el artº. 105 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, que faculta a las Administraciones Públicas a corregir en cualquier momento errores materiales o de hecho, en virtud de las competencias que me atribuye la Ley 12/2003, de 4 de abril, de creación del Servicio Canario de Empleo (S.C.E.) y atendiendo al escrito presentado por la Asociación de Jóvenes Empresarios de la Comunidad Autónoma de Canarias (AJE CANARIAS) con C.I.F.: G35130731, el 17 de noviembre de 2003 en la Secretaría General Técnica de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales (nº RE General: 806.490; nº RE CESG: 12.604); se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:
Primero.- En el acuerdo de inicio de procedimiento administrativo de reintegro de fecha 12 de febrero de 2003 (nº RS General: 67.103; nº RS ICFEM: 8.806), se incluye el nombre social y C.I.F. de la entidad objeto del procedimiento de reintegro quedando de la siguiente manera que:
En donde dice:
"Acuerdo de inicio de procedimiento administrativo de reintegro iniciado a la entidad Asociación de Jóvenes Empresarios (A.J.E.) con relación a la aplicación de los fondos públicos asignados correspondiente al contrato programa 1995-1997 (anualidad 1995 y 1996) y a instancia de la Intervención General de la Consejería de Economía, Hacienda y Comercio".
Debe decir:
"Acuerdo de inicio de procedimiento administrativo de reintegro iniciado a la entidad Asociación de Jóvenes Empresarios (A.J.E.) con C.I.F. G38254173 y con relación a la aplicación de los fondos públicos asignados correspondiente al contrato programa 1995-1997 (anualidad 1995 y 1996) y a instancia de la Intervención General de la Consejería de Economía, Hacienda y Comercio".
Segundo.- En la Resolución nº 03-38/4386 de fecha 14 de octubre de 2003, por la cual se pone fin al procedimiento administrativo de reintegro incoado (nº RS General: 417.823; nº RS SCE: 16.966) se incluye el nombre social y C.I.F. de la entidad objeto del procedimiento de reintegro quedando de la siguiente manera que:
En donde dice:
"Resolución por la que se pone fin al procedimiento administrativo de reintegro incoado a la Asociación de Jóvenes Empresarios (A.J.E.) con relación a la aplicación de los fondos públicos asignados correspondiente al contrato programa 1995-1997 (anualidad 1995 y 1996) y a instancia de la Intervención General de la Consejería de Economía, Hacienda y Comercio".
Debe decir:
"Resolución por la que se pone fin al procedimiento administrativo de reintegro incoado a la Asociación de Jóvenes Empresarios (A.J.E.) con C.I.F. G38254173 y con relación a la aplicación de los fondos públicos asignados correspondiente al contrato programa 1995-1997 (anualidad 1995 y 1996) y a instancia de la Intervención General de la Consejería de Economía, Hacienda y Comercio".
Tercero.- Teniendo en cuenta lo expuesto, se ha de tener en cuenta que tanto en el Acuerdo de inicio de reintegro publicado el 2 de junio de 2003 (B.O.C. nº 103) como en la resolución de fin de reintegro de dicho procedimiento publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 238, de 5 de diciembre de 2003, todas las referencias hechas a la entidad A.J.E. se debe entender referidas a la "Asociación de Jóvenes Empresarios" con C.I.F. nº G38254173.
Santa Cruz de Tenerife, a 19 de diciembre de 2003.- La Directora, p.s., el Secretario General (Resolución de la Presidenta nº 03-35/0007, de 28.11.03), Vicente M. Santana González.
© Gobierno de Canarias