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BOC Nº 253. Martes 30 de Diciembre de 2003 - 2027

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Otras Administraciones - Universidad de La Laguna

2027 - RESOLUCIÓN de 10 de diciembre de 2003, por la que se convocan, por el procedimiento de urgencia, plazas de Personal Docente e Investigador de la plantilla de Personal Docente.

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Haciendo uso de las atribuciones conferidas por el artículo 20.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, se convoca concurso público al objeto de proveer las plazas que figuran en el anexo de esta convocatoria.

Los concursos se regirán por lo dispuesto en el artículo 48 de la citada Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (B.O.E. de 24 de diciembre), Real Decreto 898/1985, de 30 de abril, sobre régimen del profesorado universitario (B.O.E. nº 146, de 12 de junio), Real Decreto 1.086/1989, de 28 de agosto, de retribuciones del profesorado (B.O.E. nº 216, de 9 de septiembre), modificado por Real Decreto 74/2000, de 21 de enero, Decreto 140/2002, de 7 de octubre, sobre régimen de Personal Docente e Investigador contratado y sobre complementos retributivos del profesorado de las Universidades Canarias, artículos 21, 22 y 23 de los Estatutos de esta Universidad, aprobados mediante Decreto 230/2000, de 22 de diciembre (B.O.C. de 29.12.00), y por el Reglamento de Contratación de Profesores Ayudantes Doctores, Profesores Colaboradores, Profesores Contratados Doctores, Profesores Asociados y Ayudantes de la Universidad de La Laguna (B.O.C. de 31.7.02), así como por la legislación laboral que resulte de aplicación.

1. REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN

1.1. Para participar a plazas con categoría de Profesor Asociado que se relacionan en el anexo I, se deberá estar en posesión del título de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero, excepto en aquellas áreas de conocimiento en las que legal o reglamentariamente es suficiente el título de Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico. Las plazas tendrán dedicación a tiempo parcial. Asimismo, conforme a lo señalado en el artículo 6 del Decreto 140/2002, de 7 de octubre (B.O.C. de 18 de octubre), deberán acreditar el ejercicio de una actividad profesional fuera de la Universidad, con una antigüedad de al menos dos años.

2. SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN A APORTAR

2.1. Los interesados en concurrir al presente concurso deberán presentar en el Registro General de la Universidad de La Laguna (calle Molinos de Agua, s/n, La Laguna) o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, solicitud debidamente cumplimentada para cada plaza a la que se opte, que se facilitará en dicho Registro y en la dirección de Internet de esta Universidad (https://www.ull.es/ofertaplazas/), junto con los documentos que acrediten reunir los requisitos establecidos para la participación en este concurso.

Los candidatos deberán presentar, junto con la instancia:

1. Certificación académica oficial, acreditativa de las calificaciones obtenidas en las asignaturas cursadas para la obtención de su titulación. En caso de títulos obtenidos en el extranjero, éstos deberán ir acompañados de una fotocopia de la homologación del Ministerio de Educación y Cultura español.

2. Documento que acredite el ejercicio de actividad profesional fuera de la Universidad:

Si ejerce por cuenta propia, cualquiera de los siguientes documentos:

- Certificado actualizado de vida laboral expedido por la Tesorería de la Seguridad Social.

- Certificado actualizado del período de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, indicando el epígrafe y la actividad correspondiente.

Si se ejerce por cuenta ajena, cualquiera de los siguientes documentos:

- Certificado actualizado de vida laboral expedido por la Tesorería de la Seguridad Social.

- Certificado actualizado del organismo o empresa donde presta o ha prestado servicios, en el que se haga constar su duración y el tipo de actividad realizada.

El ejercicio de actividad profesional fuera de la Universidad deberá mantenerse el último día del plazo de presentación de solicitudes y en el momento de la firma del contrato. Quienes no cumplan este requisito serán excluidos del presente proceso selectivo.

3. Justificación documental de los méritos que consideren oportunos.

2.2. Los documentos se presentarán en copia simple, pudiendo ser requeridos los concursantes, en cualquier momento, si se considera oportuno, para la comprobación de la autenticidad de los mismos por la Comisión de Valoración. En todo caso, el candidato que obtenga la plaza deberá compulsar los documentos en el momento de la formalización del contrato de profesor.

2.3. Para cualquier información, los interesados deberán dirigirse al Servicio de Recursos Humanos de la Universidad de La Laguna, teléfono (922) 319490, de 9 a 13,30 horas, correo electrónico: concursoull.es, o a la dirección de Internet: https://www.ull.es/ofertaplazas/.

3. PLAZO DE PRESENTACIÓN

3.1. El plazo de presentación de solicitudes será de 5 días hábiles contados a partir de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias.

3.2. Los requisitos exigidos para concursar y los méritos alegados deberán cumplirse con anterioridad a la fecha de terminación del plazo para presentar las solicitudes.

4. VALORACIÓN DE LOS CONCURSANTES

Y PROPUESTA DE CONTRATACIÓN

4.1. Los méritos alegados por los candidatos serán valorados conforme al baremo marco de la Universidad de La Laguna conjuntamente con el baremo específico de cada Departamento, si lo hubiera.

4.2. En el plazo de 5 días posteriores al de finalización del plazo de presentación de solicitudes se publicará la relación de admitidos y excluidos. Los concursantes excluidos dispondrán de 5 días para subsanar los defectos detectados, a falta de lo cual se entenderá que renuncian a concursar.

4.3. Las propuestas de adjudicación de plazas elevadas por los Departamentos se harán públicas en el tablón de anuncios del Vicerrectorado de Ordenación Académica y Profesorado. En el plazo de 5 días a partir de dicha publicación los interesados podrán interponer reclamación contra la misma.

4.4. Las adjudicaciones de las plazas serán resueltas por la Comisión Delegada de Ordenación Académica, Profesorado y Alumnos. Las resoluciones de la misma se notificarán a los interesados en la forma y plazo establecido por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999.

5. FORMALIZACIÓN DE LOS CONTRATOS

5.1. El contrato a que se refiere la presente convocatoria tiene carácter laboral y una duración determinada, pudiendo renovarse y está regulado por el artículo 53 y Disposición Final Segunda de la Ley Orgánica de Universidades, Decreto 140/2002, de 7 de octubre, el artículo 15.b) del Estatuto de los Trabajadores y el artículo 3 del Real Decreto 2.720/1998, de 18 de diciembre.

5.2. La formalización del contrato de Profesor Asociado en régimen de dedicación a tiempo parcial se condiciona a la autorización de compatibilidad.

6. NORMA FINAL

La presente Resolución y cuantos actos administrativos se deriven de la misma podrán ser impugnados por los interesados, en los casos y en la forma establecida por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

La Laguna, a 10 de diciembre de 2003.- El Rector, Ángel M. Gutiérrez Navarro.

Ver anexos - página 20524

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