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BOC Nº 252. Lunes 29 de Diciembre de 2003 - 2021

I. DISPOSICIONES GENERALES - Presidencia del Gobierno

2021 - DECRETO 424/2003, de 11 de diciembre, del Presidente, por el que se modifican las características del sistema de acreditación de las autoridades del Gobierno y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

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Mediante Decreto 291/2001, de 20 de noviembre, del Presidente (B.O.C. nº 159, de 10.12.01), se reguló el sistema de acreditación de las autoridades del Gobierno y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias. Esta norma, dictada en desarrollo del Decreto 70/1995, de 7 de abril (B.O.C. nº 51, de 26.4.95), que implantó el sistema común de identificación de las autoridades y el personal al servicio de la Comunidad Autónoma, vino a ser el complemento del Decreto 89/1995, de 27 de abril, del Presidente (B.O.C. nº 58, de 10.5.95), y de la Resolución de la Inspección General de Servicios de 1 de octubre de 1996 (B.O.C. nº 129, de 11.10.96), modificada por otra de 12 de mayo de 1998 (B.O.C. nº 63, de 25.5.98).

El tiempo transcurrido desde la entrada en vigor del citado Decreto 291/2001, de 20 de noviembre, ha permitido comprobar que las características establecidas para el carnet identificativo diseñado en el mismo, le hacen poco funcional en la práctica. Por ello, se considera conveniente establecer unas nuevas características y formato a fin de facilitar a las autoridades del Gobierno y de la Administración Pública de esta Comunidad Autónoma, el ejercicio de sus funciones institucionales.

Por otro lado, la práctica habitual también ha puesto de manifiesto la necesidad de que el sistema de identificación previsto para las autoridades, se haga extensivo a determinado personal eventual de la Presidencia y de la Vicepresidencia del Gobierno, ya que este personal acompaña con frecuencia a estas autoridades en muchas de sus actividades dentro y fuera del territorio de la Comunidad Autónoma. Por esta razón, es conveniente que dispongan de un sistema de acreditación similar, que les permita identificarse convenientemente, donde y cuando proceda.

En su virtud, vistos los informes preceptivos y a propuesta de la Secretaria General de la Presidencia del Gobierno,

D I S P O N G O:

Artículo único.- Se modifica el Decreto 291/2001, de 20 de noviembre, del Presidente, de regulación del sistema de acreditación de las autoridades del Gobierno de Canarias y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma, en los términos que se contienen en el presente artículo.

1.- El anexo al que se remite el artículo 1 del mismo, queda sustituido íntegramente por el anexo al presente Decreto.

2.- El artículo 4 queda redactado como sigue:

"En los carnets figurará el número del Documento Nacional de Identidad/Número de Identificación Fiscal del titular del cargo al que pertenezca el mismo".

3.- Se incluyen dos Disposiciones Adicionales con la siguiente redacción:

"Primera.- El sistema de acreditación regulado en el presente Decreto, será aplicable al personal eventual de la Presidencia y Vicepresidencia del Gobierno, cuando, a juicio de los titulares de estos cargos, se considere necesario por motivo de las funciones que desempeñen.

Segunda.- Las autoridades que posean carnets de acreditación expedidos de acuerdo con las características previstas en el anexo al Decreto 291/2001, de 20 de noviembre, deberán devolverlos a la Secretaria General de la Presidencia, que entregará el nuevo carnet adaptado a las características previstas en el presente Decreto. Esta devolución deberá efectuarse en el plazo de tres meses contados desde la entrada en vigor del presente Decreto."

DISPOSICIÓN FINAL

Única.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 11 de diciembre de 2003.

EL PRESIDENTE,

Adán Martín Menis.

Ver anexos - página 20425

CARACTERÍSTICAS

Dimensiones: ISO estándar 86 x 54 mm con puntas redondeadas.

Material: Tarjetas de PVC laminadas, de 760 micras de grosor.

Tipografía: Le Monde Courrier.

Impresa a ambas caras.

LADO ANTERIOR:

- Fondo foto satélite de islas sobre Pantone 7544C.

- Escudo y texto "Gobierno de Canarias" en blanco y resto de textos en negro.

- Foto en color arriba a la izquierda.

- Nombre, cargo y D.N.I./N.I.F. bajo un filete con los colores de la bandera de Canarias.

- Cierran por abajo la bandera de la UE y de España.

LADO POSTERIOR:

Sobre fondo blanco el escudo de Canarias en 30% del Pantone 7544C, con el siguiente texto en cuatro idiomas alternando en negro y Pantone 7544C:

"El presente documento acredita a su titular como alto cargo del Gobierno de Canarias. Rogamos a las autoridades se facilite el desempeño de sus funciones.

Este documento caduca a los cuatro años de su expedición, estando obligado el titular a devolverlo cuando cese en el cargo."

En el caso de personal eventual, la expresión "alto cargo del Gobierno de Canarias" será sustituida por la que corresponda. Por ejemplo: "asesor" del Presidente.

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