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Primero.- Vista la Resolución nº 950 del Ilmo. Director General de Desarrollo Agrícola, de 7 de noviembre de 2003, de concesión de subvenciones destinadas a la modernización de las explotaciones agrícolas para adquisición de medios de producción por la que se resuelve la Orden de 19 de mayo de 2003.
Segundo.- Visto que por error se transcribió Manuel Ortega Hernández cuando el nombre correcto del beneficiario es Samuel Ortega Hernández, con número de expediente 35/6.147 del anexo II.
Tercero.- Visto que la corrección del error material descrito anteriormente no tiene repercusión económica.
Cuarto.- Considerando que según lo establecido en el artº. 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, la Administración Pública podrá rectificar de oficio los errores materiales existentes en los actos.
En base a lo anteriormente expuesto y en virtud de las facultades que tengo legalmente atribuidas,
R E S U E L V O:
Primero.- Corregir el error en el anexo II de la Resolución de 7 de noviembre de 2003, de concesión de subvenciones destinadas a la modernización de las explotaciones agrícolas para la adquisición de medios de producción por la que se resuelve la Orden de 19 de mayo de 2003, en el siguiente sentido.
Donde dice: D. Manuel Ortega Hernández.
Debe decir: D. Samuel Ortega Hernández.
Segundo.- Notifíquese la presente Resolución al interesado con la advertencia de que contra el presente acto que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su notificación sin perjuicio de que pueda interponerse recurso potestativo de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la notificación de la presente Resolución, con los efectos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Santa Cruz de Tenerife, a 11 de diciembre de 2003.- El Director General de Desarrollo Agrícola, Antonio Jesús Ortega Rodríguez.
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