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BOC Nº 248. Lunes 22 de Diciembre de 2003 - 4803

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Infraestructuras, Transportes y Vivienda

4803 - Dirección General de Vivienda.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 1 de diciembre de 2003, sobre notificación a la Promotora Lagos de Albanta, S.L. de apercibimiento, recaído en el expediente de Diligencias Previas P-259/02.

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Habiendo sido intentada, mediante carta certificada con acuse de recibo la notificación de apercibimiento a la Promotora Lagos de Albanta, S.L., recaído en el expediente de Diligencias Previas P-259/02, y no teniendo constancia de su recepción, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 12, de 14 de enero), esta Dirección General

R E S U E L V E:

Notificar a Lagos de Albanta, S.L., lo siguiente:

"En relación con el expediente antes referenciado, tramitado en esta Dirección General de Vivienda por defectos de construcción en la vivienda de protección oficial sita en la calle Graciosa, 9, 3º pta. 2, en El Médano, término municipal de Granadilla. Vista comunicación de la parte denunciante informando que no se ha dado cumplimiento a lo ordenado por este Centro Directivo. Se comunica, que siendo firme Resolución se le obliga a dar cumplimiento en un plazo máximo de quince días, a lo dispuesto en la misma, consistente en:

1.- Comprobar el estado de las cazoletas sifónicas de la cubierta situada sobre esta vivienda y, en su caso, realizar las obras necesarias de sellado, impermeabilización, para lograr su estanqueidad.

2.- Repasar el tratamiento impermeabilizante de la cubierta donde se observan embolsamientos y desprendimiento de la pintura que deja al descubierto algo de la fibra, o cualquier otra solución técnica propuesta por la dirección técnica o especialistas.

3.- Reparación de daños en los paramentos de las dependencias afectadas y relacionadas en el apartado de deficiencias.

En caso contrario, se le impondrán sucesivas multas coercitivas hasta ejecutar la totalidad de lo ordenado.

Asimismo, se reitera requerimiento de poner en conocimiento de esta Administración de la/s constructora/s intervinientes en la obra. En consecuencia, se deberá cumplimentar el requerimiento dentro del plazo de diez días, contados a partir de la recepción del presente, de conformidad con el artículo 76 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 285, de 27.11.92 y B.O.E. nº 12, de 14.1.99). Apercibiéndole, que en caso contrario, incurrirá en una infracción tipificada en el artículo 82, letra e), de la Ley 2/2003, de 30 de enero (B.O.C. nº 27, de 10 de febrero), de Vivienda de Canarias, susceptible de sancionar con multa por importe de 60 hasta 3.000 euros."

Santa Cruz de Tenerife, a 1 de diciembre de 2003.- El Director General de Vivienda, Jerónimo Fregel Pérez.

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