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De acuerdo con la propuesta de la Excma. Sra. Consejera de Presidencia y Justicia, y en cumplimiento de la Orden de la Consejería de Economía y Hacienda, de fecha 25 de noviembre de 2003, por la que se dispone que se publiquen las razones que justifican el empleo del sistema de adjudicación directa en la tramitación del expediente de contratación patrimonial para arrendar un inmueble en Edificio Valdés Center, planta baja, torre A izquierda, situado en la Avenida Juan Carlos I, Playa de las Américas, para situar los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción Número 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7 y otras dependencias del Partido Judicial de Arona, dependiente de la Viceconsejería de Justicia y Seguridad, de la Consejería de Presidencia y Justicia, esta Dirección General de Patrimonio y Contratación hace público que el motivo determinante de la adjudicación directa radica en la singularidad de la necesidad a satisfacer y las limitaciones del mercado inmobiliario en la zona, evidenciada por el hecho de que se trata de un local de dimensiones considerables y que se encuentra perfectamente habilitado para tal fin, razón por la que se ha decidido prescindir del concurso público, conforme dispone el artículo 30.3 y 4 de la Ley 8/1987, de 28 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Lo que se publica conforme establece el punto 4 del ya mencionado artículo 30 de la Ley 8/1987, de 28 de abril, anteriormente indicada.
Santa Cruz de Tenerife, a 5 de diciembre de 2003.- El Director General de Patrimonio y Contratación, p.s., el Jefe de Servicio de Patrimonio y Contratación (Orden nº 1.895, de 27.11.03), Fernando Velázquez Curbelo.
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