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BOC Nº 240. Miércoles 10 de Diciembre de 2003 - 4636

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Presidencia y Justicia

4636 - Dirección General de la Función Pública.- Anuncio de 26 de noviembre de 2003, sobre provisión del puesto de trabajo de Secretaría del Ayuntamiento de Santa Lucía, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, y vacante en la plantilla de la Corporación.

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Mediante Decreto de la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Santa Lucía, de fecha 3 de noviembre de 2003, se nombra Secretaria Accidental de la Corporación a Dña. Agustina Méndez Perera, funcionaria del Ayuntamiento, hasta que el puesto sea cubierto por los procedimientos legalmente establecidos, todo ello con efectos de la fecha citada.

El puesto de trabajo de Secretaría del Ayuntamiento de Santa Lucía está reservado a la Escala de Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Secretaría, categoría superior, y carece de titular definitivo.

El artículo 33 del Real Decreto 1.732/1994, de 29 de julio, por el que se regula la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional (B.O.E. nº 189, de 9 de agosto), dispone que cuando no fuese posible la provisión de un puesto de trabajo reservado a funcionarios con habilitación de carácter nacional por concurso o en virtud de nombramiento provisional, acumulación de funciones o comisión de servicios, las Corporaciones locales podrán nombrar, con carácter accidental, a uno de sus funcionarios suficientemente capacitado.

El artículo decimocuarto del Real Decreto 834/2003, de 27 de junio, por el que se modifica la normativa reguladora de los sistemas de selección y provisión de los puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional (B.O.E. nº 163, de 9 de julio), añade un párrafo segundo en el indicado artículo 33, conforme al cual, en los casos de vacante del puesto, comisión de servicios o servicios especiales del titular, con carácter previo al nombramiento accidental, las Corporaciones locales deberán solicitar preceptivamente informe al órgano competente de la comunidad autónoma sobre la existencia de algún funcionario con habilitación de carácter nacional interesado en la provisión del puesto de trabajo por los procedimientos previstos en el artículo 30 -nombramiento provisional-, artículo 31 -acumulación de funciones- y artículo 32 -comisión de servicios-.

Lo que se hace público, a fin de que los funcionarios con habilitación de carácter nacional que estén interesados en la provisión del indicado puesto por alguna de las formas de provisión no definitivas señaladas en el párrafo anterior, puedan presentar su solicitud en esta Dirección General, en el plazo de diez días contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Canarias.

En todo caso, el nombramiento que confiera esta Dirección General a favor de funcionario con habilitación nacional implicará el cese de Dña. Agustina Méndez Perera como Secretaria Accidental.

Santa Cruz de Tenerife, a 26 de noviembre de 2003.- El Director General de la Función Pública, Pedro José Rodríguez Torrens.

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