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BOC Nº 229. Lunes 24 de Noviembre de 2003 - 4420

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

4420 - Servicio Canario de Empleo.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 30 de octubre de 2003, de la Directora, que dispone la publicación de la remisión al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 con sede en Las Palmas de Gran Canaria, del expediente relativo al recurso contencioso-administrativo, Procedimiento Abreviado nº 0000386/2003.

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En cumplimiento de lo solicitado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 y en virtud de lo dispuesto en el artículo 49 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, esta Dirección

R E S U E L V E:

Primero.- Ordenar la remisión al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1, con sede en Las Palmas de Gran Canaria del expediente relativo al recurso contencioso-administrativo interpuesto por D. Salvador Alemán Díaz, procedimiento nº 0000386/2003 contra la Resolución del Presidente del Servicio Canario de Empleo, nº 03-38/0078, de fecha 19 de mayo de 2003, que resuelve el recurso de reposición, contra la Resolución del Director del Icfem, nº 35/3262, de fecha 29 de noviembre de 2001, por la que se establece el reintegro de la subvención concedida en el expediente administrativo 1995/11777, de las reguladas dentro del Programa de fomento a la creación de puestos de trabajo estables en las empresas radicadas en Canarias "Subvenciones para la creación de nuevos puestos de trabajo con carácter indefinido" regulado en el Capítulo II-Sección 2ª, de la Orden de 7 de junio de 1995, por importe de 5.096,22 euros (4.207,08 euros en concepto de principal de la subvención y 889,14 euros en concepto de intereses legales de demora).

Segundo.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias con el fin de emplazar a todas cuantas personas pudieran tener interés directo en este recurso, con el fin de que puedan comparecer en el improrrogable plazo de nueve días si a su derecho conviniere en legal forma mediante abogado y procurador, para hacer valer su derecho, bajo el apercibimiento de que, en caso de no comparecer se seguirá sin perjuicio de que puedan personarse en cualquier momento del proceso pero sin que éste se retrotraiga.

Las palmas de gran canaria, a 30 de octubre de 2003.- La Directora, Juliana García Vega.

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