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Habiendo sido intentada la notificación a los interesados relacionados en el anexo, mediante carta certificada, de la Sentencia firme de 12 de junio de 2003, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el procedimiento nº 1.071/2000, que anula el Decreto 96/2000, de 31 de mayo (B.O.C. nº 69, de 5.6.00), por el que se declaró el Casco de la Villa de Candelaria Bien de Interés Cultural, con categoría de Conjunto Histórico; y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
R E S U E L V O:
Notificar a los interesados que se citan que pueden solicitar el texto de la referida Sentencia en las dependencias de la Dirección General de Patrimonio Histórico (calle Pérez Galdós, 4, en Las Palmas de Gran Canaria, y calle Villalba Hervás, 4, 5ª planta, en Santa Cruz de Tenerife).
Las Palmas de Gran Canaria, a 7 de octubre de 2003.- El Director General de Patrimonio Histórico, Moisés Plasencia Martín.
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