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Visto el requerimiento cursado por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias sobre reclamación de expediente administrativo relativo al Decreto 98/2003, de 21 de mayo (B.O.C. nº 112, de 13.6.03), por haber sido dicha norma objeto de los recursos contencioso-administrativo nº 1.965/2003, sustanciado por el Excmo. Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana.
En cumplimiento de lo dispuesto por la citada autoridad judicial, y conforme a lo establecido en el artículo 49.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
R E S U E L V O:
1º) Ordenar la remisión a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en Las Palmas de Gran Canaria, del expediente administrativo relativo al Decreto 98/2003, de 21 de mayo, por el que se regulan las medidas mínimas de seguridad y protección que han de cumplir las Playas de la Comunidad Autónoma de Canarias, objeto de recurso contencioso-administrativo nº 1.965/2003.
2º) Hacer pública la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5.a) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, a los efectos de lo preceptuado en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción, puedan comparecer como demandados en el plazo de nueve días ante las mencionadas Salas de lo Contencioso-Administrativo.
Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de octubre de 2003.- El Director General de Seguridad y Emergencias, Luis A. Vila Rodríguez.
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