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BOC Nº 207. Jueves 23 de Octubre de 2003 - 1742

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

1742 - Dirección General de Personal.- Resolución de 7 de octubre de 2003, por la que se modifica la Resolución de 27 de noviembre de 1995, que dicta instrucciones para la realización y calificación de la memoria y de la prueba contempladas en la Orden de 23 de mayo de 1995, por la que se convoca procedimiento selectivo para la adquisición de la condición de Catedrático (B.O.C. de 20.12.95).

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Una vez publicada la Orden de 17 de septiembre de 2003, por la que se dispone la reanudación del procedimiento selectivo para la adquisición de la condición de Catedrático iniciado por Orden de 23 de mayo de 1995, y se dictan normas complementarias de ordenación del procedimiento, y puesto que en la misma se modifica, para adaptarlo a los currículos vigentes, el apartado 7.2.1 de la base 7 de la Orden de 23 de mayo de 1995, es necesario, en consecuencia, proceder a modificar la Resolución citada en el mismo sentido.

Por ello, en uso de la autorización que le concede la base 10 de la Orden de 23 de mayo de 1995 y la Disposición Final 1ª de la Orden de 17 de septiembre de 2003, para la interpretación, desarrollo y ejecución de las mismas, esta Dirección General

R E S U E L V E:

1º)Modificar el contenido del apartado 1.2 de la Resolución de 27 de noviembre de 1995 (B.O.C. de 20.12.95), quedando redactado de la siguiente manera:

"1.2. La base del desarrollo de la referida unidad, tal y como determinan los subapartados 7.2.1.a) y 7.2.2.a), son los currículos de la Educación Secundaria Obligatoria o de los Ciclos Formativos de grado medio publicados por la Comunidad Autónoma de Canarias o, en su defecto, supletoriamente los establecidos por los Reales Decretos dictados por el Estado."

2º) Suprimir el actual contenido del apartado 3 de la Resolución de 27 de noviembre de 1995 (B.O.C. de 20.12.95), cuyo contenido será suplido por el actual apartado 4, quedando redactado de la siguiente manera:

"3. La calificación de la Memoria se realizará ponderando cada uno de los dos apartados de la misma, de tal modo que se otorgará un 70% al apartado referido a la unidad didáctica de la Educación Secundaria Obligatoria o ciclo formativo de grado medio, y un 30% al apartado de secuenciación de contenidos del currículo de Bachillerato o del módulo de Ciclo Formativo de grado superior."

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Personal o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que corresponda de la Comunidad Autónoma de Canarias, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse; dichos plazos comenzarán a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias. En el caso de presentarse recurso de reposición no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 7 de octubre de 2003.-El Director General de Personal, Juan Manuel Santana Pérez.

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