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BOC Nº 206. Miércoles 22 de Octubre de 2003 - 3849

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Infraestructuras, Transportes y Vivienda

3849 - Dirección General de Vivienda.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 25 de agosto de 2003, sobre notificación de las Resoluciones recaídas en los expedientes de desahucio administrativo D-23/02, D-51/02, D-52/02, D-56/02, D-139/02, D-518/02 y D-592/02, por encontrarse en ignorado domicilio los interesados.

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Encontrándose en ignorado domicilio las personas que a continuación se citan, titulares u ocupantes de las viviendas de promoción pública que seguidamente se relacionan, a la vista de los informes policiales emitidos en la tramitación de los expedientes de desahucio administrativo referenciados que se siguen contra las mismas por infracción del Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, de conformidad con el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27.11.92),

R E S U E L V O:

Notificar a las personas que a continuación se relacionan, las Resoluciones recaídas en los expedientes administrativos de desahucio que les han sido instruidos y cuya parte dispositiva dice textualmente:

- Desahuciar a D. Juan Sánchez Rodríguez, expediente D-23/02, por no destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda de protección oficial de promoción pública, sita en el Grupo Jinámar, II fase, calle Lomo Las Brujas, 9, bloque 8, piso 3º, letra D, en el término municipal de Telde, infringiendo el artº. 138.6º del citado Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, aprobado por Decreto 2.114/1968, de 24 de julio (B.O.E. de 7 de septiembre de 1968), y el artº. 30.6º del Real Decreto 2.960/1976, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Legislación de Viviendas de Protección Oficial (B.O.E. de 28 de diciembre de 1976).

- Desahuciar a Dña. Carmen Herrera Santana, expediente D-51/02, por no destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda de protección oficial de promoción pública, sita en el Grupo Jinámar, II fase, calle Manuel Alemán Álamo, 18, bloque 21, piso 5º, letra C, término municipal de Telde, infringiendo el artº. 138.6º del citado Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, aprobado por Decreto 2.114/1968, de 24 de julio (B.O.E. de 7 de septiembre de 1968), y el artº. 30.6º del Real Decreto 2.960/1976, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Legislación de Viviendas de Protección Oficial (B.O.E. de 28 de diciembre de 1976).

- Desahuciar a D. Miguel Santana Moreno, expediente D-52/02, por no destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda de protección oficial de promoción pública, sita en el Grupo Jinámar, II fase, bloque 28, piso 4º, letra D, término municipal de Telde, infringiendo el artº. 138.6º del citado Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, aprobado por Decreto 2.114/1968, de 24 de julio (B.O.E. de 7 de septiembre de 1968), y el artº. 30.6º del Real Decreto 2.960/1976, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Legislación de Viviendas de Protección Oficial (B.O.E. de 28 de diciembre de 1976).

- Desahuciar a D. Marcial González Sánchez, expediente D-56/02, por no destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda de protección oficial de promoción pública, sita en el Grupo Jinámar, I fase, bloque 27, piso 3º, letra B, término municipal de Telde, infringiendo el artº. 138.6º del citado Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, aprobado por Decreto 2.114/1968, de 24 de julio (B.O.E. de 7 de septiembre de 1968), y el artº. 30.6º del Real Decreto 2.960/1976, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Legislación de Viviendas de Protección Oficial (B.O.E. de 28 de diciembre de 1976).

- Desahuciar a D. Benito Medina González, expediente D-139/02, por no destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda de protección oficial de promoción pública, sita en el Grupo Jinámar, II fase, calle Manuel Alemán Álamo, 8, bloque 25, piso 8º, letra D, término municipal de Telde, infringiendo el artº. 138.6º del citado Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, aprobado por Decreto 2.114/1968, de 24 de julio (B.O.E. de 7 de septiembre de 1968), y el artº. 30.6º del Real Decreto 2.960/1976, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Legislación de Viviendas de Protección Oficial (B.O.E. de 28 de diciembre de 1976).

- Desahuciar a D. Manuel Alexis Rodríguez Suárez, expediente D-518/02, ocupante sin título legal para ello de la vivienda de protección oficial de promoción pública, sita en el Grupo Jinámar, II fase, calle Fernando Sagaseta, 12, bloque 60, piso 1º, letra D, en el término municipal de Telde, infringiendo el artº. 138 del citado Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, aprobado por Decreto 2.114/1968, de 24 de julio (B.O.E. de 7 de septiembre de 1968), y el artº. 30.2 del Real Decreto 2.960/1976, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Legislación de Viviendas de Protección Oficial (B.O.E. de 28 de diciembre de 1976).

- Desahuciar a D. Vicente González López, expediente D-592/02, ocupante sin título legal para ello de la vivienda de protección oficial de promoción pública, sita en el Grupo 236 Viviendas Lomo Los Frailes, bloque 11, portal 12, en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, infringiendo el artº. 138 del citado Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, aprobado por Decreto 2.114/1968, de 24 de julio (B.O.E. de 7 de septiembre de 1968), y el artº. 30.2 del Real Decreto 2.960/1976, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Legislación de Viviendas de Protección Oficial (B.O.E. de 28 de diciembre de 1976).

Que transcurridos quince días de la notificación de la resolución y salvo que por el interesado se haga entrega de las llaves de la vivienda en cuestión, en las dependencias de esta Dirección General, se procederá al lanzamiento del mismo de la vivienda adjudicada, así como del mobiliario, enseres y demás personas que en ella hubiere.

El lanzamiento será ejecutado por esta Dirección General, que designará la/s persona/s que haya/n de llevarlo a efecto, pudiendo recabar si lo estima necesario, la ayuda de los agentes de la autoridad.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al del recibo de esta notificación recurso de alzada, ante el Ilmo. Sr. Viceconsejero de Infraestructuras y Planificación, de la Consejería de Infraestructuras, Transportes y Vivienda del Gobierno de Canarias, de conformidad con lo prevenido en los artículos 114.1 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de agosto de 2003.- El Director General de Vivienda, Jerónimo Fregel Pérez.

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