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Examinada la Resolución de 23 de julio de 2003, de esta Secretaría General Técnica, relativa a la relación de subvenciones nominadas y específicas concedidas por el titular del Departamento, durante el segundo trimestre de 2003, se ha advertido error en el texto remitido para la publicación de la citada Resolución, inserta en el Boletín Oficial de Canarias nº 150, de 5 de agosto de 2003 y, considerando que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos, conforme a lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27 de noviembre), se procede a la corrección de la misma en el sentido siguiente:
En la página 13447, en el anexo de la indicada Resolución, donde dice:
"SUBVENCIONES ESPECÍFICAS:
...
BENEFICIARIO: Centro de Información y Economía de la Construcción (CIEC). Tenerife.
DESTINO: elaboración de un estudio sobre el bloque de hormigón fabricado en Canarias, II fase.
CUANTÍA: 6.000,00 euros.
..."
Debe decir:
"SUBVENCIONES ESPECÍFICAS:
...
BENEFICIARIO: Centro de Información y Economía de la Construcción (CIEC). Tenerife.
DESTINO: elaboración de un estudio sobre el bloque de hormigón fabricado en Canarias, II fase.
CUANTÍA: 22.000,00 euros.
..."
Santa Cruz de Tenerife, a 2 de octubre de 2003.- La Secretaria General Técnica, Natalia Escuder y Gutiérrez de Salamanca.
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