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BOC Nº 202. Jueves 16 de Octubre de 2003 - 1696

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Administración del Estado - Ministerio de Justicia

1696 - ORDEN de 18 de septiembre de 2003, por la que se aprueba y publica la relación definitiva de aspirantes que han superado las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Oficiales de la Administración de Justicia, turno libre, convocadas por Orden de 30 de abril de 2002.

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Vistas y resueltas las alegaciones de los aspirantes y remitida por el Tribunal Calificador la propuesta definitiva de aspirantes que han superado las pruebas selectivas,

Este Ministerio, de conformidad con lo establecido en la base 10.4 y siguientes de la Orden de 30 de abril de 2002 (B.O.E. de 29 de mayo), por la que se convocaban pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Oficiales de la Administración de Justicia, turno libre, dispone:

Primero.- Aprobar la propuesta definitiva de aspirantes que han superado las pruebas selectivas en cada ámbito territorial y que figuran en el anexo I de esta Resolución.

Segundo.- En el plazo de veinte días naturales, contados a partir de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado, los aspirantes que figuran como aprobados en esta relación definitiva, deberán presentar en el Registro General del Ministerio de Justicia, Secretaría de Estado de Justicia, calle de la Manzana, 2, o por los medios previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los documentos siguientes:

A) Dos fotocopias compulsadas del Documento Nacional de Identidad.

B) Fotocopia compulsada del título exigido en la convocatoria o certificación académica acreditativa de tener aprobadas todas las asignaturas, que le capacitan para la obtención del título, acompañando el resguardo justificativo de haber abonado los derechos para la expedición del título.

C) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibilite para el ejercicio de la función de Oficiales de la Administración de Justicia, expedido por el Facultativo de Medicina General de la Seguridad Social que corresponda al interesado y, en caso de que no esté acogido a ningún Régimen de la Seguridad Social, se expedirá por los Servicios Provinciales del Ministerio de Sanidad y Consumo y organismos correspondientes de las Comunidades Autónomas.

Los aspirantes que tengan la condición legal de discapacitados con grado igual o superior al 33 por 100 deberán presentar certificación de los órganos competentes del Ministerio de Asuntos Sociales, o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente, que acredite tal condición y su capacidad funcional para desempañar las tareas propias que corresponden al Cuerpo de Oficiales de la Administración de Justicia.

D) Declaración jurada de no hallarse incurso en causa de incompatibilidad ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, ni haber sido separado, mediante procedimiento disciplinario, de un Cuerpo del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales, ni suspendido en ejercicio de funciones públicas en vía disciplinaria o judicial, salvo que hubiera sido rehabilitado (anexo II).

Tercero.- Ante la imposibilidad debidamente justificada de no poder presentar los documentos expresados en el apartado anterior, podrá acreditarse que se poseen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en derecho.

Cuarto.- Los aspirantes que tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar aquellas condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Ministerio u Organismo de que dependan, por la que se acredite su condición y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.

Quinto.- Quienes dentro del plazo fijado y salvo causa de fuerza mayor, no presentaren la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos establecidos en la base 2.1 de la convocatoria, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

Sexto.- Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes o contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses. El plazo, en ambos casos, se contará a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, a 18 de septiembre de 2003.- P.d., Orden Jus 1825/2003, de 26 de junio.- El Director General, Carlos Lesmes Serrano.

Ver anexos - páginas 16523-16530

A N E X O I I

D./Dña. ............................................................., con domicilio en ................................................. ....................................................................., de ........ años de edad, con D.N.I.nº .................................., declaro bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario del Cuerpo de Oficiales de la Administración de Justicia, que no he sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no me hallo inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, ni comprendido en ninguna de las causas de incapacidad e incompatibilidad establecidas en las disposiciones orgánicas.

En ......................................................., a ............. de .......................... de 2003.

EL DECLARANTE

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