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BOC Nº 188. Viernes 26 de Septiembre de 2003 - 1637

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Presidencia y Justicia

1637 - Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 12 de septiembre de 2003, por la que se rectifica el error advertido en la Resolución de este Centro Directivo de 5 de junio de 2003, que aprobó la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos al concurso de méritos entre personal laboral fijo discontinuo, fijo a tiempo parcial y fijo discontinuo a tiempo parcial de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, para el acceso de promoción interna a plazas de categoría igual, similar o análoga, convocado por Orden de la Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica de 23 de diciembre de 2002.

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Mediante Resolución de esta Dirección General de fecha 5 de junio de 2003 (B.O.C. nº 113, de 16.6.03), se aprobó la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos al concurso de méritos entre el personal laboral fijo discontinuo, fijo a tiempo parcial y fijo discontinuo a tiempo parcial de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, para el acceso de promoción interna a plazas de categoría igual, similar o análoga, convocado por Orden de la Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica de 23 de diciembre de 2002.

En la citada Resolución aparecía como excluida a la categoría de Auxiliar de Servicios Complementarios (isla de Gran Canaria) la aspirante Dña. Rosa González Santiago, personal laboral al servicio de esta Administración, por el motivo de no pertenecer a la misma o análoga categoría.

Con posterioridad a la publicación de la referida lista definitiva, por el Departamento al que figura adscrita dicha aspirante se expide certificación acreditativa de su categoría profesional, que modifica la que, por error, se había hecho constar en el anexo IV a su solicitud, y de la cual se desprende que cumple los requisitos exigidos en la convocatoria para optar a la categoría solicitada, circunstancia que se confirma con el examen de los datos que constan en el contrato laboral de la citada trabajadora.

El artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

Por cuanto antecede, y en el ejercicio de la competencia que tengo atribuida

R E S U E L V O:

Rectificar el error advertido en la Resolución de esta Dirección General de 5 de junio de 2003, que aprobó la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos al concurso de méritos convocado por Orden de la Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica de 23 de diciembre de 2002, en el sentido de incluir a la aspirante Dña. Rosa González Santiago en la lista de admitidos correspondiente a la categoría de Auxiliar de Servicios Complementarios (isla de Gran Canaria).

Santa Cruz de Tenerife, a 12 de septiembre de 2003.- El Director General de la Función Pública, Pedro José Rodríguez Torrens.

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