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Habiéndose intentado infructuosamente la notificación por escrito a Morteros Drago, S.L., por encontrarse en ignorado paradero, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace público, a efectos de notificación, que por el Sr. Consejero Insular de Desarrollo Económico, Industria y Comercio se ha dictado Resolución de fecha 7 de mayo de 2003, recaída en el expediente AC216/03 de calificación, cuya parte dispositiva dice lo siguiente:
"Otorgar trámite de audiencia de veinticinco (25) días al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife y a Morteros Drago, S.L. para que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 17.3 de la citada Ley de Régimen Jurídico de los Espectáculos Públicos y Actividades Clasificadas mencionado, puedan realizar las alegaciones que consideren oportunas y presentar en su caso, la siguiente documentación:
Primero.- Licencia de primera ocupación o, en su defecto, certificación expedida por Técnico competente y visado por el correspondiente Colegio Oficial, en el que se garantice la resistencia estructural del edificio.
Segundo.- Documentación técnica que forma parte del expediente (proyecto y anexos) debidamente firmada por técnico competente así como visado por el colegio profesional correspondiente.
Tercero.- Anexo a proyecto, por duplicado ejemplar, realizado por técnico competente y visado por el correspondiente Colegio Oficial, en el que se contenga:
- Aplicación y cumplimiento de la Ley 1/1998, de 8 de enero, de Régimen Jurídico de los Espectáculos Públicos y Actividades Clasificadas de la Comunidad Autónoma de Canarias, describiendo, con la debida extensión y detalle, las características de la actividad, su posible repercusión sobre la sanidad ambiental y los sistemas correctores que habrán de utilizarse, con expresión de su grado de eficacia y garantía de seguridad.
- Cálculos detallados de la Carga de fuego ponderada, Qp, en Mcal/m2, de los materiales que se prevean almacenar y/o manipular, indicando cantidad y tipo de almacenamiento, incluido planos en los que se reflejen los recorridos de evacuación hasta el espacio exterior seguro, acorde a la distribución del almacenamiento.
- Aplicación y cumplimiento del Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo."
Lo que se comunica para conocimiento de los interesados y correspondientes efectos.
Santa Cruz de Tenerife, a 8 de agosto de 2003.- El Jefe del Servicio Administrativo, Jesús Bernardos Correa.
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