Gobierno de CanariasBOC
Página principalÚltimos boletinesArchivo boletines publicadosBúsquedas sencillasBúsquedas potentesDisposición en formato PDF Página anteriorSumarioPágina Siguiente
None
2003/159 - Martes 19 de Agosto de 2003

III. OTRAS RESOLUCIONES
Consejería de Educación, Cultura y Deportes

Regresar al sumario 1522 Dirección General de Universidades e Investigación.- Resolución de 24 de julio de 2003, por la que se conceden subvenciones para la realización de congresos y eventos de carácter científico y técnico.

Por Orden del Consejero de Educación, Cultura y Deportes de 28 de enero de 2002 (B.O.C. nš 71, de 31 de mayo) se aprobaron con carácter indefinido las bases que regirán la concesión de subvenciones para la realización de congresos y eventos de carácter científico y técnico.

Por Resolución de la Dirección General de Universidades e Investigación de 2 de abril de 2003 (B.O.C. de 15 de abril) se fijó el plazo de presentación de solicitudes, el importe y la partida presupuestaria.

Por Resolución de la Dirección General de Universidades e Investigación de 24 de junio de 2003, se nombró a la Comisión Científica de Selección.

Una vez estudiadas las solicitudes y baremadas de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en la Orden de convocatoria, la Comisión elaboró una relación priorizada de acuerdo con la puntuación obtenida, de aquellas solicitudes susceptibles de financiación.

Por ello, y en virtud de las competencias que se me delegan en la Orden de 28 de enero de 2002,

R E S U E L V O:

1.- Conceder subvenciones para la realización de congresos y eventos de carácter científico o técnico, a los Centros de Investigación, para las actividades, en las cuantías y en los porcentajes que se consignan en el anexo I de la presente Resolución.

2.- Denegar la solicitud del interesado y por la causa que se determina en el anexo II.

3.- La concesión de la subvención está condicionada a la aceptación expresa de la misma dentro de los treinta días siguientes al de su notificación.

4.- El abono de las subvenciones se realizará en firme, una vez realizada la actividad, previa acreditación de las justificaciones correspondientes, de acuerdo con lo establecido en la Orden de 28 de enero por la que se aprueban las bases que regirán en la concesión de estas subvenciones, con cargo a la partida presupuestaria 18 07 422E.480.11 P.I./L.A. 18420302 "Ayudas y subvenciones a la Investigación" de los vigentes presupuestos, cofinanciada con F.S.E. en una cuota del 80%.

Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, al ser dictada en virtud de competencias delegadas, podrán los interesados interponer, potestativamente, recurso de reposición, ante el Sr. Consejero de Educación, Cultura y Deportes en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, o directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 24 de julio de 2003.- El Director General de Universidades e Investigación, p.a., el Director General de Personal (Orden nš 1.099, de 21.7.03), Juan Manuel Santana Pérez.

< Ver anexos - Página/s 14011-14014 >
None
© GOBIERNO DE CANARIAS