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2003/159 - Martes 19 de Agosto de 2003

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
Nombramientos, situaciones e incidencias
Consejería de Presidencia y Justicia

Regresar al sumario 1507 ORDEN de 1 de agosto de 2003, por la que se aprueba la integración definitiva de D. Juan Antonio Sans Prats en el Cuerpo Superior Facultativo (Grupo A), Escala de Ingenieros y Arquitectos, especialidad Ingenieros Agrónomos (IAG), de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Examinado el expediente tramitado por la Dirección General de la Función Pública, para la integración en el Cuerpo Superior Facultativo (Grupo A), Escala de Ingenieros y Arquitectos, especialidad Ingenieros Agrónomos (IAG), de la Comunidad Autónoma de Canarias, del funcionario D. Juan Antonio Sans Prats y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante Orden de la Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica de fecha 9 de junio de 2003 (B.O.C. nē 115, de 18.6.03), se aprueba la integración provisional del citado funcionario en el Cuerpo Superior Facultativo (Grupo A), Escala de Ingenieros y Arquitectos, especialidad Ingenieros Agrónomos (IAG), de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Segundo.- Se han cumplido los trámites reglamentarios para la formulación de la referida declaración de integración.

CONSIDERACIÓN JURÍDICA

Única.- De conformidad con la Disposición Transitoria Primera de la Ley Territorial 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, el funcionario D. Juan Antonio Sans Prats está integrado en la organización de la función pública de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y procede la declaración formal de la referida integración.

Teniendo en cuenta las demás disposiciones de aplicación, en el ejercicio de las facultades conferidas por las normas en vigor,

R E S U E L V O:

Uno.- Aprobar la integración definitiva del funcionario de carrera D. Juan Antonio Sans Prats, número de registro de personal 00110186QAFA221, en el Cuerpo Superior Facultativo (Grupo A), Escala de Ingenieros y Arquitectos, especialidad Ingenieros Agrónomos (IAG), de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Dos.- Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, o bien interponer el recurso potestativo de reposición ante esta Consejería, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a que tenga lugar la publicación, en los términos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Santa Cruz de Tenerife, a 1 de agosto de 2003.

LA CONSEJERA DE

PRESIDENCIA Y JUSTICIA,

MĒ Australia Navarro de Paz.

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