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2003/153 - Viernes 8 de Agosto de 2003

IV. ANUNCIOS
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Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

Regresar al sumario 3167 Dirección General de Servicios Sociales.- Anuncio de 3 de julio de 2003, relativo a notificación a D. Leocadio Díaz Romero, en ignorado paradero, de la Resolución de 11 de marzo de 2003, por la que se acuerda suspender el derecho a la pensión de invalidez no contributiva.

Habiendo sido intentada la notificación de la citada Resolución en el domicilio que figura en el expediente, sin que haya sido recibida por el interesado como establece el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, es por lo que de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 4 del mismo texto legal, se le hace saber el siguiente Acuerdo:

Esta Dirección General, revisados los requisitos por los que se le reconoció el derecho a la pensión de invalidez no contributiva, en aplicación de lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. de 29 de junio), y el Real Decreto 357/1991, de 15 de marzo (B.O.E. de 21 de marzo), ha resuelto con fecha 11 de marzo de 2003:

Suspender el derecho a la pensión de invalidez no contributiva, con efectos de 03/2003, por los hechos y fundamentos de derecho que a continuación se detallan:

Incumplimiento de la obligación de presentar la declaración de los ingresos o rentas computables, establecida en el artículo 149 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. de 29 de junio), y el artículo 16.2 del Real Decreto 357/1991, de 15 de marzo (B.O.E. de 21 de marzo).

Al mismo tiempo que le comunico que se ha iniciado una información para determinar su situación real como pensionista, por si de ella pudiera deducirse la existencia de alguna causa de extinción de su derecho de los regulados en el artículo 9 del citado Real Decreto.

Lo que se notifica, indicándole que contra dicha Resolución podrá interponer reclamación previa a la vía jurisdiccional laboral, ante esta Dirección General, dentro de los treinta días siguientes a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Canarias, conforme a lo dispuesto en el artē. 71 del texto articulado de la Ley de procedimiento laboral aprobado por Real Decreto 2/1995, de 7 de abril (B.O.E. de 11 de abril).- Santa Cruz de Tenerife, a 11 de marzo de 2003.- El Jefe de Servicio de Gestión de Pensiones y Ayudas de Integración, Jesús M. Coello Gil.

Santa Cruz de Tenerife, a 3 de julio de 2003.- El Jefe de Servicio de Gestión de Pensiones y Ayudas de Integración, Jesús M. Coello Gil.

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