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1.- Se concede a los acreedores de Alcorde, S.A., como plazo para que presenten a los síndicos de la quiebra (calle Espíritu Santo, 3, código postal 35001-Las Palmas de Gran Canaria) los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 8 de octubre de 2003 (inclusive).
Los síndicos de la quiebra seguirán los trámites previstos en los artículos 1.101 y siguientes del Código de Comercio de 1829, cuidando de circular a todos los acreedores la convocatoria de la Junta General de Acreedores y la propuesta del Convenio.
Requiérase a los síndicos para que dentro de los ocho días siguientes al vencimiento del plazo para la presentación de títulos de los acreedores formen el estado general de los créditos a cargo de la quiebra, de acuerdo con lo dispuesto en el artē. 932 del Código de Comercio (con los tres estados previstos legalmente) pasándolo al Sr. Comisario y dando copia del mismo a la quebrada.
2.- Se señala para el día 3 de noviembre de 2003, a las 9,30 horas, en la Sala de Audiencia de la Sección 4Ē de la Audiencia Provincial de Las Palmas (Plaza San Agustín, 6, 35001-Las Palmas de Gran Canaria), la celebración de la junta de acreedores para el examen y reconocimiento de créditos.
3.- Se señala para el mismo día y lugar, a las 10,30 horas la celebración de la Junta de Acreedores para graduación de créditos.
4.- Se señala para el día 4 de noviembre de 2003, a las 9,30 horas la celebración de la Junta de Acreedores para el debate y votación de la propuesta de convenio presentada por Alcorde, S.A.
Dicha convocatoria se anunciará por medio de edictos que se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y de la Comunidad Autónoma (únicamente a partir del apartado 1 de la presente providencia) y que se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado citándose a los acreedores en la forma prescrita en el artículo 1378 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, cuidando, los síndicos, de circular a todos los acreedores la convocatoria de la Junta General de Acreedores y la propuesta de Convenio.
Hágase entrega de los edictos al representante legal de la Entidad Quebrada, que cuidará de su publicación.
Notifíquese esta resolución a las partes personadas haciéndoles saber que no es firme ya que contra la misma cabe interponer por escrito recurso de reposición en el término de cinco días, contados a partir del siguiente a su notificación.
Así lo acuerda y firma S.SĒ. de lo que yo el Secretario doy fe.- (EL MAGISTRADO, LA SECRETARIA.- Siguen firmas).
Y para que sirva de publicación y notificación en legal forma, se extiende la presente, en Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de junio de 2003.- El/la Secretario/a Judicial.
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