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HACE SABER: que en los autos de juicio ordinario nš 18/2002 seguidos en este Juzgado se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:
D. Álvaro Gaspar Pardo de Andrade, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nš 9 de Santa Cruz de Tenerife, en Santa Cruz de Tenerife, a 28 de abril de 2003 ha visto los presentes autos de juicio ordinario 18/2002 seguidos en este Juzgado a instancia de la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid, representada por la Procuradora Dña. Renata Martín Vedder y asistida del Letrado D. Luis Rodríguez Muñoz, contra la entidad World Canarias, S.L. declarada en rebeldía, D. Teófilo Fernández Fernández, representado por la Procuradora Dña. Cristina de Santiago Bencomo y asistido del letrado D. Francisco Javier Berisa Villamayor, Dña. María Isabel Teresa de Jesús Chillón, representada por el Procurador D. José Llorca Rodrigo y asistida del letrado D. Diego Francisco Encinoso Encinoso y D. Francisco Javier Ares Sánchez representado por el Procurador D. Borja Machado Rodríguez de Azero y asistido del letrado D. Francisco Javier González Ramírez, sobre reclamación de cantidad y en el que aparecen los siguientes,
FALLO
Que estimando parcialmente la demanda formulada por la Procuradora Dña. Renata Martín Vedder, en representación de la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid, debo condenar y condeno a Dña. María Isabel Teresa Chillón García y a D. Francisco Javier Ares Sánchez a abonar solidariamente a aquélla la suma de 21.035,42 euros (veintiún mil treinta y cinco euros con cuarenta y dos céntimos) con los intereses correspondientes desde el 18 de diciembre de 2001, absolviendo al resto de codemandados de los pedimentos en su contra intentados, y sin especial pronunciamiento sobre costas causadas.Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife (artículo 455 LECn).
El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LECn).
Y para que sirva de notificación al demandado entidad World Canarias, S.L. declarada en rebeldía, expido y libro el presente en Santa Cruz de Tenerife, a 11 de julio de 2003.- La Secretario.
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