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2003/150 - Martes 5 de Agosto de 2003

III. OTRAS RESOLUCIONES
Consejería de Economía y Hacienda

Regresar al sumario 1464 DECRETO 211/2003, de 28 de julio, por el que se modifica el aval de Tesorería de la Comunidad Autónoma de Canarias otorgado a la entidad Mejías y Rodríguez, S.L., mediante Decreto 302/1999, de 4 de noviembre.

Mediante Decreto 302/1999, de 4 de noviembre, se autorizó la concesión de aval de Tesorería, a favor de la "Unión Temporal de Empresas Promer", integrada por las entidades "Mejías y Rodríguez, S.L." y "Promotora Punta Larga, S.A.", en garantía de la operación destinada a financiar la ejecución de la obra denominada "Mejora local. Nueva carretera TF-122, de Tacoronte a Tejina, p.k. 0,000 al 10,700 y Vía de Ronda de Tacoronte, p.k. 0,000 al 5,000. Clave: 02-TF-167" prevista en el anexo V de la Ley 5/1996, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1997.

Con posterioridad, el citado Decreto fue modificado por los Decretos 18/2000, de 31 de enero, que designó como avalado exclusivo a la entidad "Mejías y Rodríguez, S.L.", 235/2000, de 22 de diciembre, por el que se elevó el importe del aval a quince millones ochocientos once mil quinientos cincuenta y dos euros con cincuenta y dos céntimos (15.811.552,52 euros), (2.630.820.978 pesetas), 117/2001, de 14 de mayo, por el que se fijó como plazo de duración de la fianza el 15 de diciembre de 2006, 24/2002, de 11 de marzo, por el que se fijó como nuevo plazo de duración de la fianza el 31 de mayo de 2007, y Decreto 159/2002, de 4 de noviembre, en el que se establece el plazo de duración de la fianza el 31 de diciembre de 2007, nueva fecha de vencimiento del préstamo.

El plazo de la operación financiera avalada en los términos previstos en el Decreto 302/1999, de 4 de noviembre, y sucesivas modificaciones, será ampliado hasta el 31 de agosto de 2008, según acuerdo del Consejo de Administración de la Caja General de Ahorros de Canarias de fecha 4 de febrero de 2003.

Considerando que persisten las razones que justificaron el otorgamiento del aval de Tesorería, y la calificación de utilidad pública de la obra financiada, el presente Decreto pretende que la eficacia del aval otorgado se extienda a la modificación de la operación financiera garantizada, disponiendo lo necesario para que el contrato de aval correspondiente sea, en consecuencia, modificado.

En su virtud, a propuesta conjunta de los Consejeros de Economía y Hacienda y de Infraestructuras, Transportes y Vivienda, y previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 28 de julio de 2003,

D I S P O N G O:

Primero.- Autorizar la modificación del aval de Tesorería otorgado por el Decreto 302/1999, de 4 de noviembre, por la Comunidad Autónoma de Canarias a la entidad "Mejías y Rodríguez, S.L.", fijando como plazo de duración de la fianza el 31 de agosto de 2008, fecha de vencimiento del préstamo.

Segundo.- Autorizar al Consejero de Economía y Hacienda para que proceda a introducir las modificaciones correspondientes en el documento de aval suscrito con fecha 13 de diciembre de 1999.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación; significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 28 de julio de 2003.

EL PRESIDENTE

DEL GOBIERNO,

Adán Martín Menis.

EL CONSEJERO DE

ECONOMÍA Y HACIENDA,

José Carlos Mauricio Rodríguez.

EL CONSEJERO DE INFRAESTRUCTURAS,

TRANSPORTES Y VIVIENDA,

Antonio Ángel Castro Cordobez.

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