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BOC Nº 146. Miércoles 30 de Julio de 2003 - 3019

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

3019 - Dirección General de Servicios Sociales.- Anuncio de 7 de julio de 2003, por el que se hace pública la Resolución de 21 de abril de 2003, sobre notificación a Dña. María Dolores Reyes Viera del Acuerdo que declara el cese definitivo de la ayuda del Fondo de Asistencia Social (F.A.S.), por ignorado paradero.

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Habiendo sido intentada la notificación del citado Acuerdo en el domicilio que figura en el expediente, sin que haya sido recibida por la interesada como establece el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, es por lo que de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 4 del mismo texto legal, se le hace saber el siguiente Acuerdo:

Visto el expediente en concepto de la ayuda por enfermedad del Fondo de Asistencia Social de Dña. María Dolores Reyes Viera, con D.N.I. nº 42.787.316-W como consecuencia de lo interesado por esta Dirección General de Servicios Sociales en Las Palmas, se desprenden los siguientes

HECHOS

Primero.- Que por esta Dirección General se concedió a Dña. María Dolores Reyes Viera, una ayuda con cargo al Fondo de Asistencia Social.

Segundo.- Que ha quedado acreditado en el expediente que Vd. es beneficiaria de una pensión de viudedad del Régimen General de la Seguridad Social, reconocida por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, de mayor cuantía a la ayuda del Fondo de Asistencia Social (F.A.S.), con efectos económicos desde el 1 de enero de 2003.

Tercero.- Como consecuencia de lo anterior, la interesada ha dejado de reunir los requisitos que dieron origen a la concesión en su día de la ayuda del Fondo de Asistencia Social (F.A.S.), por incompatibilidad de percepciones.

Cuarto.- Que con fecha 3 de marzo de 2003, se acordó el cese provisional de dicha ayuda, con efecto de 1 de marzo de 2003, concediéndole a la interesada el correspondiente trámite de audiencia, de conformidad con lo dispuesto en el artº. 10.2 del Real Decreto 2.620/1981, de 24 de julio (B.O.E. nº 266, de 6.11.81), no habiendo hecho uso del mismo la interesada, por lo que procede seguidamente dictar la correspondiente Resolución definitiva.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Que de acuerdo con lo previsto en el artº. 1.2.a) del Real Decreto 2.620/1981, de 24 de julio, podrán ser beneficiarios de estas ayudas quienes carecen de medios económicos para la subsistencia. A estos efectos se considera que carecen de dichos medios quienes perciben para su beneficio exclusivo y durante el año natural unos ingresos inferiores al importe anual de estas ayudas.

Segundo.- Es competencia la presente Resolución del Jefe del Servicio de Gestión de Pensiones y Ayudas de Integración (en su momento Servicio de Prestaciones) en virtud de la delegación efectuada por el competente Director General de Servicios Sociales, mediante Resolución de 18 de marzo de 1999 (B.O.C. nº 50, de 23 de abril).

En base a lo expuesto, teniendo en cuenta el Real Decreto 2.620/1981, de 24 de julio y demás normas de general aplicación,

R E S U E L V O:

Acordar el cese definitivo de la ayuda del Fondo de Asistencia Social (F.A.S.) por importe de 149,86 euros mensuales, más dos pagas extras de igual cuantía que venía percibiendo Dña. María Dolores Reyes Viera.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante esta Dirección General de Servicios Sociales o ante la Viceconsejería de Asuntos Sociales, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Canarias, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115 y concordantes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.- Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de abril de 2003.- El Director General de Servicios Sociales, p.d., el Jefe del Servicio de Gestión de Pensiones y Ayudas de Integración (Resolución de 18.3.99), Jesús M. Coello Gil.

Las Palmas de Gran Canaria, a 7 de julio de 2003.- El director general de servicio sociales, p.d., el jefe de servicio de Gestión de pensiones y ayudas de integración (Resolución de 18.3.99), Jesús Manuel Coello Gil.

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