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2003/145 - Martes 29 de Julio de 2003

III. OTRAS RESOLUCIONES
Consejería de Educación, Cultura y Deportes

Regresar al sumario 1426 ORDEN de 7 de julio de 2003, por la que se autoriza la creación, funcionamiento y registro de la Escuela Municipal de Música de La Vega de San Mateo (Gran Canaria).

Examinado el expediente instruido a instancias del Ilustre Ayuntamiento de La Vega de San Mateo por el que solicita la creación, funcionamiento y registro de una Escuela Municipal de Música que se denominará "Escuela Municipal de Música de La Vega de San Mateo", sita en la Placetilla de la Caldereta, 4, de La Vega de San Mateo.

Por ello, y considerando que la Dirección General de Centros eleva propuesta favorable

D I S P O N G O:

Primero.- Autorizar la creación y funcionamiento de la Escuela Municipal de Música que figura a continuación:

Denominación genérica: Escuela Municipal de Música.

Denominación específica: "La Vega de San Mateo".

Titular: Ayuntamiento de La Vega de San Mateo.

Domicilio: Placetilla de La Caldereta, 4.

Municipio: La Vega de San Mateo.

Provincia: Las Palmas.

Capacidad: 200 puestos escolares.

Segundo.- Por el Registro específico de Escuelas de Música y Danza, dependiente del Registro de Centros Docentes, se procederá a su inscripción con el número de código 35013829.

Tercero.- El Servicio de Inspección Educativa velará por la adecuación de la Escuela de Música a lo establecido en la legislación vigente, asesorando al Centro para un mejor cumplimiento de los fines.

Cuarto.- La Escuela de Música de La Vega de San Mateo, podrá expedir credenciales de los estudios cursados por sus alumnos, sin que en ningún caso, su texto o formato pueda inducir a confusión con los certificados o títulos con validez académica y profesional.

Contra esta Orden que pone fin a la vía administrativa cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Cultura y Deportes en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación o recurso contencioso-administrativo, ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación, sin perjuicio de cualquier otro que se estime procedente.

Santa Cruz de Tenerife, a 7 de julio de 2003.

El Consejero de Educación,

Cultura y Deportes,

en funciones,

José Miguel Ruano León.

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