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BOC Nº 143. Jueves 24 de Julio de 2003 - 1399

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Medio Ambiente y OrdenaciónTerritorial

1399 - Dirección General de Ordenación del Territorio.- Resolución de 10 de julio de 2003, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 10 de junio de 2003, que aprueba definitivamente la modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Santa Cruz de Tenerife de 1992, área de la Cuesta Piedra U.A.1, Cuesta Piedra 2, término municipal de Santa Cruz de Tenerife.

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En aplicación de la legislación vigente, por la presente,

R E S U E L V O:

Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 10 de junio de 2003, por el que se aprueba definitivamente la modificación Plan General de Ordenación Urbana de Santa Cruz de Tenerife de 1992, área de la Cuesta Piedra U.A.1, Cuesta Piedra 2, término municipal de Santa Cruz de Tenerife, cuyo texto figura como anexo.

Santa Cruz de Tenerife, a 10 de julio de 2003.- El Director General de Ordenacióndel Territorio, Rafael Castellano Brito.

A N E X O

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias en sesión celebrada el 10 de junio de 2003, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero.- Aprobar definitivamente, al amparo de lo establecido en el artículo 43.2.a) del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Santa Cruz de Tenerife (Tenerife) en el área Cuesta Piedra U.A.-1, Cuesta Piedra 2, en los mismos términos de su aprobación provisional.

Segundo.- El presente Acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de Canarias y será debidamente notificado al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife y al Cabildo Insular de Tenerife.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, contado desde el siguiente día al de notificación del presente Acuerdo.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; en el artículo 248 del Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, sobre Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias y en el artículo 22 del Decreto 129/2001, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias.- El Secretario de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, p.a., el Jefe de Servicio de Órganos Colegiados Occidental, Juan Diego Hernández Domínguez.

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