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BOC Nº 143. Jueves 24 de Julio de 2003 - 1387

III. OTRAS RESOLUCIONES - Presidencia del Gobierno

1387 - Viceconsejería de la Presidencia.- Resolución de 21 de julio de 2003, por la que se da publicidad al Acuerdo de la Comisión Bilateral Administración del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias en relación con las Leyes 14/2003, de 8 de abril, de Puertos de Canarias, y 17/2003, de 10 de abril, de Pesca de Canarias.

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De conformidad con lo establecido en el artículo 33.2.c) de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, dispongo que se publique en el Boletín Oficial de Canarias el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias en relación con las Leyes 14/2003, de 8 de abril, de Puertos de Canarias, y 17/2003, de 10 de abril, de Pesca de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 21 de julio de 2003.- El Viceconsejero de la Presidencia, Secretario de la Comisión Bilateral de Cooperación, Miguel Becerra Domínguez.

Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias

Dña. Isabel Benzo Sainz y D. Miguel Becerra Domínguez, Secretarios de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias.

CERTIFICAN:

Que en la reunión de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias, celebrada el día 21 de julio de 2003, se adoptó el siguiente Acuerdo:

1º) Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias manifestadas en relación con los preceptos siguientes:

- Artículos 7, 11.2, 56.2, 64 y Disposición Adicional Segunda en relación con el artículo 2.4 de la Ley de Canarias 14/2003, de 8 de abril, de Puertos de Canarias.

- Artículos 16.1 y 17 de la Ley de Canarias 17/2003, de 10 de abril, de Pesca de Canarias.

2º) Designar un grupo de trabajo, compuesto por un número igual de miembros de cada una de las representaciones, para proponer a la Comisión Bilateral de Cooperación las soluciones que procedan, pudiendo comprender, en su caso, la modificación de los preceptos señalados.

3º) Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional, antes del próximo 23 de julio de 2003, por cualquiera de los órganos mencionados en el artículo 33.2 de laLey Orgánica del Tribunal Constitucional, a los efectos que en el propio precepto se contemplan de ampliación del plazo al Excmo. Sr. Presidente del Gobierno para la interposición del recurso de inconstitucionalidad frente a las Leyes citadas, así como insertar el presente acuerdo en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de Canarias.

Y para que conste y surta los oportunos efectos, se expide la presente certificación por los Secretarios de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias, a 21 de julio de 2003.- La Secretaria por la Administración General del Estado, Isabel Benzo Sainz.- El Secretario por la Comunidad Autónoma de Canarias, Miguel Becerra Domínguez.

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