Estás en:
Por Resolución de la Dirección General de Personal de 2 de abril de 2003, se convoca procedimiento selectivo para la obtención de la habilitación para el ejercicio de la especialidad de "Idioma Extranjero: Alemán" en el Cuerpo de Maestros.
La Disposición Séptima "Listas únicas de aspirantes que adquieren la nueva especialidad", establece en el apartado 71 que: "El tribunal valorará la prueba con la calificación de "apto" o "no apto", y obtendrán la nueva especialidad únicamente quienes hayan sido calificados como "aptos".
Una vez concluida la valoración, por parte del tribunal, de los aspirantes presentados, éste, de acuerdo con lo establecido en el apartado 7.2 de la citada Resolución ha procedido a la elaboración de las listas de los declarados "aptos" y las ha elevado a esta Dirección General de Personal.
Una vez revisada la documentación presentada por el tribunal y, de acuerdo con lo previsto en el apartado 7.3 de la citada base séptima de la convocatoria, esta Dirección General,
R E S U E L V E:
Primero.- Declarar que han sido calificados de "aptos" y, en consecuencia, han obtenido la especialidad de "Idioma Extranjero: Alemán", los siguientes funcionarios del Cuerpo de Maestros:
- D. Antonio Cabrera Cruz, con D.N.I. nº 43.257.787P.
- Dña. María Soledad Navarro Alonso, con D.N.I. nº 43.762.310A.
Segundo.- Disponer que la Dirección Territorial de Educación de Las Palmas expida a ambos funcionarios la correspondiente certificación de habilitación.
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Personal o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que corresponda de la Comunidad Autónoma de Canarias, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse. Dichos plazos comenzarán a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias. En el caso de presentarse recurso de reposición no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el de reposición o se produzca su desestimación presunta.
Las Palmas de Gran Canaria, a 4 de julio de 2003.- El Director General de Personal, Juan Manuel Santana Pérez.
© Gobierno de Canarias