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RESOLUCIÓN DEL CONSEJERO DELEGADO
No teniendo constancia en este Excmo. Cabildo Insular del domicilio de los titulares de los vehículos que se relacionan y siendo preciso notificarles la resolución sancionadora recaída en el expediente incoado con motivo de infracciones a la normativa del transporte por carretera, y conforme al artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
En ejercicio de las competencias atribuidas por el Estatuto de Autonomía de Canarias, transferidas a esta Corporación por Decreto 159/1994, de 21 de julio, y artículo 34.1.ñ) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, corresponde a la Presidencia la resolución de los expedientes relativos a transportes terrestres, habiendo delegado dicha atribución por Decreto 2.804/2001, de 21 de septiembre, en el Consejero de transportes y comunicaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y vista la propuesta de resolución de la Jefa de sección de transportes y comunicaciones en funciones, de fecha 18 de junio de 2003, es por lo que se acuerda:
1.- Notificar a los titulares de los vehículos que se citan las resoluciones que han recaído en los expedientes sancionadores que les han sido instruidos por este Cabildo Insular por infracción a la legislación de transporte por carretera.
Contra las resoluciones que por la presente se notifican podrá interponerse recurso de reposición ante el Presidente de la Corporación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación, como requisito previo a la interposición del recurso contencioso-administrativo que habrá de formularse ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo.
2.- Remitir a los Ayuntamientos de las poblaciones citadas la presente resolución para su publicación en el tablón de los edictos correspondiente.
1) TITULAR: D. Manuel Garabote Santos; EXPTE.: GC/200386/O/02; POBLACIÓN: Agüimes; MATRÍCULA: GC-4586-AG; INFRACCIÓN: artē. 140.a), en relación con el artē. 141.o) Ley 16/1987, de 30.7, artē. 197.a), en relación con el artē.148.p) Real Decreto 1.211/1990, de 28.9 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 300,51 euros; HECHO INFRACTOR: realizar transportes público de mercancías careciendo de autorización de transportes.
2) TITULAR: Tránsitos Garsan, S.L.; EXPTE.: GC/200277/I/02; POBLACIÓN: Agüimes; MATRÍCULA: GC-9296-AU; INFRACCIÓN: artē. 141.b) Ley 16/1987, de 30.7; artē. 198.b) Real Decreto 1.211/1990, de 28.9 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 300,51 euros; HECHO INFRACTOR: realizar transporte privado complementario de mercancías careciendo de autorización.
3) TITULAR: Jaime Llorca, S.A.; EXPTE.: GC/200380/O/02; POBLACIÓN: Las Palmas de Gran Canaria; MATRÍCULA: 4501-BPH; INFRACCIÓN: artē. 142.a) Ley 16/1987, de 30.7; artē. 199.a) Real Decreto 1.211/1990, de 28.9 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 90,15 euros; HECHO INFRACTOR: realizar transporte privado complementario de mercancías careciendo de autorización, cumpliendo los requisitos exigidos para su otorgamiento.
4) TITULAR: Jaime Llorca, S.A.; EXPTE.: GC/200394/O/02; POBLACIÓN: Las Palmas de Gran Canaria; MATRÍCULA: 4501-BPH; INFRACCIÓN: artē. 142.a) Ley 16/1987, de 30.7; artē. 199.a) Real Decreto 1.211/1990, de 28.9 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 90,15 euros; HECHO INFRACTOR: realizar transporte privado complementario de mercancías careciendo de autorización, cumpliendo los requisitos exigidos para su otorgamiento.
5) TITULAR: Codisca Canarias, S.L.; EXPTE.: GC/201290/O/01; POBLACIÓN: Las Palmas de Gran Canaria; MATRÍCULA: 8066-BCG; INFRACCIÓN: artē. 141.b) Ley 16/1987, de 30.7; artē. 198.b) Real Decreto 1.211/1990, de 28.9 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 300,51 euros; HECHO INFRACTOR: realizar transporte privado complementario de mercancías careciendo de autorización.
6) TITULAR: Transportes Archipiélago, S.A.; EXPTE.: GC/201289/O/01; POBLACIÓN: Las Palmas de Gran Canaria; MATRÍCULA: GC-2831-AM; INFRACCIÓN: artē. 140.a), en relación con el artē. 141.o) Ley 16/1987, de 30.7, y artē. 197.a), en relación con el artē. 198.p) Real Decreto 1.211/1990, de 28.9 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 300,51 euros; HECHO INFRACTOR: realizar transporte público de mercancías careciendo de autorización de transportes.
7) TITULAR: S. Grueltran, S.L.; EXPTE.: GC/200554/O/02; POBLACIÓN: Las Palmas de Gran Canaria; MATRÍCULA: NA-9211-V; INFRACCIÓN: artē. 140.b), en relación con el artē. 141.o) Ley 16/1987, de 30.7; artē. 197.b), en relación con el artē. 198.p) Real Decreto 1.211/1990, de 28.9 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 1.388,34 euros; HECHO INFRACTOR: prestación de servicios en condiciones que puedan afectar a la seguridad de las personas por entrañar peligro grave y directo para las mismas.
8) TITULAR: Axus España, S.A.; EXPTE.: GC/200398/O/02; POBLACIÓN: Las Palmas de Gran Canaria; MATRÍCULA: GC-8487-CD; INFRACCIÓN: artē. 141.q) Ley 16/1987, de 30.7; artē. 198.s) Real Decreto 1.211/1990, de 28.9 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 601,01 euros; HECHO INFRACTOR: no incluir en los documentos de acompañamiento o indicar inadecuada o erróneamente alguno de los datos reglamentariamente que deben figurar en ellos.
9) TITULAR: Comercializadora Hotelsa, S.L.; EXPTE.: GC/200886/I/02; POBLACIÓN: Ingenio; MATRÍCULA: 4388-BRV; INFRACCIÓN: artē. 141.b), en relación con el artē. 142.m) Ley 16/1987, de 30.7, y artē. 198.b), en relación con el artē. 199.ñ) Real Decreto 1.211/1990, de 28.9 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 150,25 euros; HECHO INFRACTOR: realizar transporte privado complementario de mercancías careciendo de autorización.
10) TITULAR: Transportes Jandía, S.L.; EXPTE.: GC/200345/O/02; POBLACIÓN: Pájara; MATRÍCULA: GC-0461-CF; INFRACCIÓN: artē. 140.a) Ley 16/1987, de 30.7; artē. 197.a) Real Decreto 1.211/1990, de 28.9 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 1.502,53 euros; HECHO INFRACTOR: realizar transporte público de mercancías careciendo de autorización de transportes.
11) TITULAR: Henry W. Morales Portell; EXPTE.: GC/200610/O/02; POBLACIÓN: La Oliva; MATRÍCULA: 6624-BMZ; INFRACCIÓN: artē. 140.b) Ley 16/1987, de 30.7; artē. 197.b) Real Decreto 1.211/1990, de 28.9 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 1.388,34 euros; HECHO INFRACTOR: prestación de servicios en condiciones que puedan afectar a la seguridad de las personas por entrañar peligro grave y directo para las mismas.
Puerto del Rosario, a 18 de junio de 2003.- El Secretario General, Miguel Ángel Rodríguez Martínez.-Vē.Bē.: el Consejero Delegado de Transportes y Comunicaciones, Ildefonso Chacón Negrín.
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