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RESOLUCIÓN DEL CONSEJERO DELEGADO.
No teniendo constancia en este Excmo. Cabildo Insular del domicilio de los titulares de los vehículos que se relacionan y siendo preciso notificarles la oportuna incoación como consecuencia de las denuncias recibidas contra ellos a efectos de que aleguen lo que a su derecho convenga, y conforme al artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En ejercicio de las competencias atribuidas por el Estatuto de Autonomía de Canarias, transferidas a esta Corporación por Decreto 159/1994, de 21 de julio, y artículo 34.1.ñ) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, corresponde a la Presidencia la resolución de los expedientes relativos a transportes terrestres, habiendo delegado dicha atribución por Decreto 2.804/2001, de 21 de septiembre, en el Consejero de Transportes y Comunicaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y vista la propuesta de resolución de la Jefa de Sección de Transportes y Comunicaciones en funciones de fecha 5 de junio de 2003, es por lo que se acuerda:
1.- Notificar a los titulares de los vehículos que se citan los cargos que se especifican en el expediente que les ha sido instruidos por este Cabildo Insular por infracción a la legislación de transporte por carretera.
Los interesados disponen de un plazo de 15 días a partir de la publicación de la presente Resolución para manifestar por escrito lo que a sus derechos convenga, aportando o proponiendo las pruebas de que, en su caso, intenten valerse.
2.- Remitir a los Ayuntamientos de las poblaciones citadas la presente Resolución para su publicación en el tablón de los edictos correspondiente.
1) TITULAR: Transfrizo, S.L.; EXPTE.: GC/200673/O/02; POBLACIÓN: Gáldar; MATRÍCULA: 4077-BNM; INFRACCIÓN: artē. 141.c) Ley 16/1987, de 30.7, artē. 198.c) Real Decreto 1.211/1990, de 28.9 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 300,51 euros; HECHO INFRACTOR: incumplimiento de las condiciones esenciales de la autorización al no poder acreditar la conducción del vehículo por trabajador de la empresa.
2) TITULAR: Wosfgang Miebs; EXPTE.: GC/201032/O/02; POBLACIÓN: La Oliva; MATRÍCULA: GC-8544-BZ; INFRACCIÓN: artē. 141.b), en relación con el artē. 142.m) Ley 16/1987, de 30.7 y artē. 198.b), en relación con el artē. 199.ñ) Real Decreto 1.211/1990, de 28.9 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 150,25 euros; HECHO INFRACTOR: realizar transporte privado complementario de mercancías careciendo de autorización.
3) TITULAR: Morales Construcciones; EXPTE.: GC/201198/O/02; POBLACIÓN: La Oliva; MATRÍCULA: 6624-BMZ; INFRACCIÓN: artē. 141.b), en relación con el artē. 142.m) Ley 16/1987, de 30.7, artē. 198.b), en relación con el artē. 199.ñ) Real Decreto 1.211/1990, de 28.9 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 150,25 euros; HECHO INFRACTOR: realizar transporte privado complementario de mercancías careciendo de autorización.
4) TITULAR: M.F. Insular, S.L.; EXPTE.: GC/200970/I/02; POBLACIÓN: San Bartolomé; MATRÍCULA: GC-5331-CD; INFRACCIÓN: artē. 141.b), en relación con el artē. 142.m) Ley 16/1987, de 30.7 y artē. 198.b), en relación con el artē. 199.ñ) Real Decreto 1.211/1990, de 28.9 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 150,25 euros; HECHO INFRACTOR: realizar transporte privado complementario de mercancías careciendo de autorización.
5) TITULAR: Bodegas Barreto, S.L.; EXPTE.: GC/200823/O/02; POBLACIÓN: San Bartolomé; MATRÍCULA: GC-2928-BY; INFRACCIÓN: artē. 142.c) Ley 16/1987, de 30.7, artē. 199.c) Real Decreto 1.211/1990, de 28.9 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 90,15 euros; HECHO INFRACTOR: carecer de todos los distintivos.
6) TITULAR: Tacha Blanca Fuerteventura, S.L.; EXPTE.: GC/201227/O/02; POBLACIÓN: Tuineje; MATRÍCULA: GC-3477-AN; INFRACCIÓN: artē. 142.a) Ley 16/1987, de 30.7, artē. 199.a) Real Decreto 1.211/1990, de 28.9 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 90,15 euros; HECHO INFRACTOR: realizar transporte privado complementario de mercancías careciendo de autorización, cumpliendo los requisitos exigidos para su otorgamiento.
7) TITULAR: Tacha Blanca Fuerteventura, S.L.; EXPTE.: GC/201282/I/02; POBLACIÓN: Tuineje; MATRÍCULA: GC-3477-AN; INFRACCIÓN: artē. 142.b) Ley 16/1987, de 30.7, artē. 199.b) Real Decreto 1.211/1990, de 28.9 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 30,05 euros; HECHO INFRACTOR: no llevar a bordo la tarjeta.
8) TITULAR: Mónica Edificaciones Cañada, S.L.; EXPTE.: GC/200828/O/02; POBLACIÓN: Tuineje; MATRÍCULA: GC-0405-BD; INFRACCIÓN: artē. 140.c), en relación con el artē. 141.o) Ley 16/1987, de 30.7 y artē. 197.c), en relación con el artē. 198.p) Real Decreto 1.211/1990, de 28.9 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 300,51 euros; HECHO INFRACTOR: realizar transporte excediendo el PMA S/26%.
9) TITULAR: Mónica Edificaciones Cañada, S.L.; EXPTE.: GC/200841/O/02; POBLACIÓN: Tuineje; MATRÍCULA: GC-0405-BD; INFRACCIÓN: artē. 141.b), en relación con el artē. 142.m) Ley 16/1987, de 30.7 y artē. 198.b), en relación con el artē. 199.ñ) Real Decreto 1.211/1990, de 28.9 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 150,25 euros; HECHO INFRACTOR: realizar transporte privado complementario de mercancías careciendo de autorización.
10) TITULAR: Puvicons, S.L.; EXPTE.: GC/200812/O/02; POBLACIÓN: Tuineje; MATRÍCULA: GC-7495-BJ; INFRACCIÓN: artē. 141.b), en relación con el artē. 142.m) Ley 16/1987, de 30.7 y artē. 198.b), en relación con el artē. 199.ñ) Real Decreto 1.211/1990, de 28.9 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 150,25 euros; HECHO INFRACTOR: realizar transporte privado complementario de mercancías careciendo de autorización.
11) TITULAR: Productos Alimenticios de Calidad, S.L.; EXPTE.: GC/200954/I/02; POBLACIÓN: Arrecife; MATRÍCULA: GC-0402-BW; INFRACCIÓN: artē. 141.b), en relación con el artē. 142.m) Ley 16/1987, de 30.7 y artē. 198.b), en relación con el artē. 199.ñ) Real Decreto 1.211/1990, de 28.9 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 150,25 euros; HECHO INFRACTOR: realizar transporte privado complementario de mercancías careciendo de autorización.
12) TITULAR: Antonio Miguel Díaz Cáceres; EXPTE.: GC/201019/O/02; POBLACIÓN: Tazacorte; MATRÍCULA: GC-8289-AU; INFRACCIÓN: artē. 140.b) Ley 16/1987, de 30.7, artē. 197.b) Real Decreto 1.211/1990, de 28.9 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 1.388,34 euros; HECHO INFRACTOR: prestación de servicios en condiciones que puedan afectar a la seguridad de las personas por entrañar peligro grave y directo para las misma.
13) TITULAR: Antonio Miguel Díaz Cáceres; EXPTE.: GC/201023/O/02; POBLACIÓN: Tazacorte; MATRÍCULA: GC-8298-AU; INFRACCIÓN: artē. 140.a), en relación con el artē. 141.o) Ley 16/1987, de 30.7 y artē. 197.a), en relación con el artē. 198 Real Decreto 1.211/1990, de 28.9 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 300,51 euros; HECHO INFRACTOR: carecer de todos los distintivos.
14) TITULAR: Ana Rosa Toledo García; EXPTE.: GC/200876/O/02; POBLACIÓN: Arinaga; MATRÍCULA: GC-4780-BN; INFRACCIÓN: artē. 140.a), en relación con el artē. 141.o) Ley 16/1987, de 30.7 y artē. 197.a), en relación con el artē. 198.p) Real Decreto 1.211/1990, de 28.9 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 300,51 euros; HECHO INFRACTOR: realizar transporte público de mercancías careciendo de autorización de transportes.
15) TITULAR: Coriscamp Construcciones, S.L.; EXPTE.: GC/201207/O/02; POBLACIÓN: Las Palmas; MATRÍCULA: 8485-BZV; INFRACCIÓN: artē. 140.b) Ley 16/1987, de 30.7 artē. 197.b) Real Decreto 1.211/1990, de 28.9 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 1.388,34 euros; HECHO INFRACTOR: prestación de servicios en condiciones que puedan afectar a la seguridad de las personas por entrañar peligro grave y directo para las mismas.
Puerto del Rosario, a 10 de junio de 2003.- El Secretario General, Miguel A. Rodríguez Martínez.- Vē.Bē.: el Consejero Delegado de Transportes y Comunicaciones, Ildefonso Chacón Negrín.
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