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Habiendo sido devueltas a esta Dirección General cuantas notificaciones de citación a audiencia y composición de Colegio Arbitral se han dirigido al domicilio de la persona física que se relaciona, y siendo preciso notificarle la citación, conforme al artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
R E S U E L V O:
1.- Notificar a la persona física la citación a la audiencia y la composición del Colegio Arbitral.
2.- Remitir al Ayuntamiento de la población que se cita la correspondiente citación a la audiencia y la composición del Colegio Arbitral para su publicación en el tablón de edictos.
Destinatario: Jorge Valentín Cedrés Lorenzo, con D.N.I. nº 42093541E.
DESIGNACIÓN DE LA COMPOSICIÓN
DEL COLEGIO ARBITRAL
EXPEDIENTE 956/02
Recibida por esta Junta Arbitral la Solicitud de Arbitraje, cuyos datos figuran en el expediente antes señalado, por la presente y conforme al artº. 11.1 del Real Decreto 636/1999, de 3 de mayo, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo, se designan como integrantes del Colegio Arbitral que decidirá la controversia existente:
Presidente: Dña. Concepción Díaz Lorenzo.
Suplente: D. Claudio Molina Hernández.
Representante del sector de consumidores: Dña. Ana Dácil Yanes López Serrao.
Suplente: Dña. Concepción Molina Hernández.
Representante del sector empresarial: D. Carlos Ravelo Perdomo.
Suplente: Dña. Elena Pérez Ascanio Soriano.
Las Palmas de Gran Canaria, a 6 de mayo de 2003.- El Presidente de la Junta Arbitral, Antonio Cruz Caballero.
COMUNICACIÓN DE LA COMPOSICIÓN
DEL COLEGIO ARBITRAL Y CITACIÓN
A LA AUDIENCIA EXPEDIENTE 956/02
RECLAMANTE: Jorge Valentín Cedrés Lorenzo.
RECLAMADO: Telefónica de España, S.A.
Formalizado el Convenio Arbitral entre las partes antes citadas, se le comunica la composición del Colegio Arbitral que decidirá la cuestión litigiosa, y que ha sido designado de conformidad con lo establecido en el artículo 11 del Real Decreto 636/1993, de 3 de mayo, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo:
Presidente: Dña. Concepción Díaz Lorenzo.
Suplente: D. Claudio Molina Hernández.
Representante del sector de consumidores: Dña. Ana Dácil Yanes López Serrao.
Suplente: Dña. Concepción Molina Hernández.
Representante del sector empresarial: D. Carlos Ravelo Perdomo.
Suplente: Dña. Elena Pérez Ascanio Soriano.
Asimismo se le informa del señalamiento de la audiencia que se celebrará en:
Lugar: Avenida de Anaga, 35, Edificio de Usos Múltiples I, planta 8.
Día: 29 de julio de 2003. Hora: 10,00.
Santa Cruz de Tenerife, a 28 de mayo de 2003.- El Secretario Adjunto 1º de la Junta Arbitral, Fernán Bravo López.
NOTAS:
1.- El artículo 10 del Real Decreto 636/1993, de 3 de mayo, que regula el Sistema Arbitral de Consumo, establece que las partes podrán actuar por si o debidamente representadas. En este caso se acreditará documentalmente la representación.
2.- La inactividad de las partes en el procedimiento arbitral no impedirá que se dicte laudo.
3.- En el acto de la audiencia las partes podrán presentar los documentos y las alegaciones que consideren necesarias para la mayor defensa de sus intereses.
Santa Cruz de Tenerife, a 28 de mayo de 2003.- El Director General de Consumo, Gonzalo Olarte Cullen.
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