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BOC Nº 118. Lunes 23 de Junio de 2003 - 2497

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

2497 - Dirección General de Servicios Sociales.- Anuncio de 22 de mayo de 2003, relativo a requerimiento de documentación a aportar a los solicitantes de ayudas económicas básicas, reguladas por Decreto 13/1998, de 5 de febrero (B.O.C. nº 27, de 2.3.98), que se citan en el anexo del presente anuncio, por ignorado paradero.

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Habiendo sido intentada la notificación por el que se requiere documentación en el domicilio que figura en el expediente, sin que haya sido recibida por los interesados relacionados en el anexo, como establece el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, es por lo que de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 4 del mismo texto legal, se le hace saber el siguiente:

Examinadas las solicitudes de las ayudas económicas básicas, de los interesados que figuran en el anexo del presente anuncio, conforme a lo previsto en el artículo 11 del Decreto 13/1998, de 5 de febrero, por el que se regulan las ayudas económicas básicas (B.O.C. nº 27, de 2.3.98), se comprueba que las mismas carecen de los datos y/o documentos necesarios para resolverla, por lo que en base a lo señalado en el artº. 12.3 de la mencionada disposición normativa, los mismos deberán aportar, bien personalmente o por correo dirigido a la Dirección General de Servicios Sociales, Servicio de Gestión de Pensiones y Ayudas de Integración, sito en la calle Alcalde Ramírez Bethencourt, 12, Edificio Fuentemar, 35004-Las Palmas de Gran Canaria o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el plazo de 10 días a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Canarias, los documentos y/o datos señalados.

Transcurrido el plazo indicado sin que se hayan recibido los datos y/o documentos solicitados, se le tendrá por desistido de su petición, procediéndose al archivo de su solicitud previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42 en relación con el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en concordancia con el artículo 12.3 del Decreto 13/1998, de 5 de febrero, por el que se regulan las ayudas económicas básicas.

Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de mayo de 2003.- El Director General de Servicios Sociales, p.d., el Jefe del Servicio de Gestión de Pensiones y Ayudas de Integración (Resolución de 18.3.99, B.O.C. nº 50), Jesús M. Coello Gil.

Ver anexos - páginas 10593-10596

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