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Habiendo sido intentada sin éxito la notificación, en el domicilio del representante de la entidad Comercial Prolat, S.L. (C.I.F.: B35298314) que figura en el expediente, de la Resolución de 14 de mayo de 2003, de la Dirección General de Promoción Económica, por la que se declara la caducidad del procedimiento de reintegro parcial de la ayuda comunitaria concedida a la citada entidad durante el ejercicio Feoga 1994 y del Acuerdo de 15 de mayo de 2003, por el que se inicia expediente administrativo de reintegro parcial de las ayudas del Régimen Específico de Abastecimiento, concedidas a dicha entidad durante el ejercicio Feoga 1994, es por lo que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y apreciando que concurren las circunstancias previstas en el artículo 61 del mismo texto legal, mediante la presente,
R E S U E L V O:
1. Notificar la Resolución de la Dirección General de Promoción Económica nº 558, de fecha 14 de mayo de 2003, por la que se declara la caducidad del procedimiento de reintegro parcial incoado en fecha 17 de enero de 2003, de las ayudas concedidas a la entidad Comercial Prolat, S.L. durante el ejercicio Feoga 1994, correspondientes al Régimen Específico de Abastecimiento de productos agrarios a las Islas Canarias, disponiendo el archivo de las actuaciones integrantes del mismo.
2. Notificar a la entidad Comercial Prolat, S.L., el Acuerdo de fecha 15 de mayo de 2003, de la Dirección General de Promoción Económica por el que se inicia expediente administrativo de reintegro parcial de las ayudas concedidas a la citada entidad durante el ejercicio Feoga 1994, correspondientes al Régimen Específico de Abastecimiento de productos agrarios a las Islas Canarias.
3. Notificar al interesado que podrá comparecer en la sede de la Dirección General de Promoción Económica, sita en la Avenida José Manuel Guimerá, 8, Edificio de Usos Múltiples II, 5ª planta, en Santa Cruz de Tenerife, dentro de los diez días siguientes a la publicación del presente anuncio, para conocimiento y constancia del contenido íntegro de los mencionados actos.
4. Contra la Resolución de caducidad, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Ilmo. Sr. Viceconsejero de Economía y Comercio del Gobierno de Canarias en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
5. Remitir el presente anuncio al Ayuntamiento de El Rosario en Santa Cruz de Tenerife, para su publicación en el tablón de edictos correspondiente.
Santa Cruz de Tenerife, a 5 de junio de 2003.- El Director General de Promoción Económica, Antonio Lantigua Suárez.
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