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BOC Nº 106. Jueves 5 de Junio de 2003 - 971

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica

971 - ORDEN de 22 de mayo de 2003, por la que se convoca la 2ª Edición del Premio a la Excelencia en Artesanía 2003.

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Examinado el expediente tramitado por la Dirección General de Planificación y Fomento Industrial sobre la convocatoria de la 2ª Edición del Premio a la Excelencia en Artesanía 2003.

Vista la propuesta formulada por el Viceconsejero de Desarrollo Industrial e Innovación Tecnológica.

Teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

1º) La Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica, en el desarrollo de su política para el sector artesanal canario, ha estimado conveniente, entre otras medidas de apoyo, la convocatoria de un concurso orientado a estimular la elaboración de productos artesanos de contrastada calidad artística y técnica.

2º) Una vez convocada y resuelta en el año 2002 la 1ª Edición del Premio a la Excelencia en Artesanía, la cual contó con una notable participación de artesanos de todas las islas con obras singulares es conveniente continuar con esta iniciativa que indudablemente contribuye a una renovación de nuestra artesanía.

3º) Con fecha 22 de abril de 2003 la Intervención Delegada de este Departamento emite informe favorable respecto a la fiscalización previa del gasto.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 25.a) del Decreto 116/2001, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica, le corresponde al titular de este Departamento el "promover, fomentar y favorecer el desarrollo de la artesanía, en general".

Segunda.- En este sentido, esta Consejería considera de gran interés para la modernización y pervivencia del sector artesano, incentivar la creación de obras singulares, elaboradas por un artesano desarrollando sus propias ideas o en colaboración con un creador o diseñador, en las que quede reflejado de un modo inequívoco, la fidelidad a las técnicas artesanales auténticas de cada oficio, así como un elevado sentido estético.

En su virtud, en el ejercicio de la competencia que tengo atribuida,

R E S U E L V O:

Primero.- Convocar la 2ª Edición del Premio a la Excelencia en Artesanía año 2003, que se regirá por las bases que se especifican en el anexo I de la presente Orden, con objeto de premiar aquellas obras de artesanía canaria de superior calidad que destaquen como creaciones singulares de indudable mérito artístico y técnico.

Segundo.- Los créditos consignados y reservados para financiar los premios que se conceden, conforme a la distribución que se detalla en las citadas bases, ascienden a la cantidad de 12.020,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 08.22.721A.227.06, denominada "Estudios, trabajos técnicos y honorarios profesionales".

Tercero.- Facultar al Director General de Planificación y Fomento Industrial para dictar las instrucciones que sean necesarias para la mejor interpretación, desarrollo y ejecución de la presente Orden.

Cuarto.- La presente Orden producirá sus efectos en el momento de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, ante el Consejero de Presidencia e Innovación Tecnológica, en el plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente a su publicación; o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Santa Cruz de Tenerife, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses, contados a partir del siguiente al de la publicación; significándole que en el caso de presentar recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa del recurso de reposición o hasta que se produzca la desestimación presunta del mismo. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 22 de mayo de 2003.

EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA

E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA,

Julio Bonis Álvarez.

A N E X O I

BASES REGULADORAS PARA EL PREMIO

A LA EXCELENCIA EN ARTESANÍA AÑO 2003

Primera.- Podrán participar todos los artesanos residentes en la Comunidad Autónoma de Canarias, en posesión del carné en vigor o en trámite de renovación que lo acredite como tal, ya sea individualmente o en colaboración con otros artesanos, diseñadores o creadores.

Segunda.- Las obras presentadas, sólo una por concursante, deberán versar sobre cualquiera de las especialidades artesanas recogidas en el Repertorio de Oficios Artesanos de la Comunidad Autónoma de Canarias, según la Orden de 4 de octubre de 1999 (B.O.C. nº 154, de 22.11.99).

Tercera.- Los concursantes habrán de presentar:

1) La obra que opta al premio, con un embalaje apropiado para facilitar su transporte y posible devolución, señalándose en el exterior y de modo visible la leyenda "segundo concurso premio a la excelencia en artesanía", seguida del lema asignado a la misma.

2) Impreso de participación, debidamente cumplimentado, donde se describen las características de la pieza, cuyo modelo se encuentra en el anexo II.

3) Documentación personal, en sobre cerrado, identificado con el lema elegido, en el que se incluirán todos los datos identificativos del autor o autores de la obra:

- Nombre y apellidos, dirección, teléfono, fotocopia del D.N.I.

- Declaración jurada de que la obra no ha sido presentada a algún otro concurso.

- Fotocopia del carné artesano en vigor o documento que acredite su renovación.

- En el caso de que la obra sea presentada por más de un autor, declaración firmada del porcentaje de participación de cada uno de los concursantes.

La inobservancia de cualquiera de los puntos anteriores podrá ser causa de exclusión.

Cuarta.- El concurso constará de dos fases:

1) Insular, donde cada Cabildo seleccionará un máximo de seis obras finalistas de entre todas las presentadas en su isla.

2) Regional, donde concurrirán las obras finalistas seleccionadas en la fase insular.

Quinta.- Las obras deberán presentarse en los respectivos Cabildos Insulares antes del 31 de julio de 2003 conforme al procedimiento que los mismos determinen. Realizada la fase insular, las obras finalistas habrán de remitirse al Cabildo Insular de Lanzarote, Departamento de Industria, Comercio y Consumo, Avenida Fred Olsen, s/n, 35500-Arrecife, antes del 1 de septiembre de 2003 a fin de que se lleve a cabo la fase regional.

Sexta.- La presentación de las obras en los respectivos Cabildos Insulares correrá por cuenta del interesado, incluyendo los gastos de transporte que se derivaran de ello y el seguro correspondiente. En el desarrollo de la fase insular, corresponderá a cada Cabildo la custodia y conservación de las obras recibidas, así como el transporte de las mismas al Cabildo Insular de Lanzarote.

Séptima.- El Jurado de la primera fase será designado por cada Cabildo Insular.

El Jurado de la fase regional estará compuesto por:

Presidente: Director General de Planificación y Fomento Industrial.

Vocales: una persona designada por cada Cabildo Insular, así como tres especialistas en los sectores del arte y del diseño designados por el Director General de Planificación y Fomento Industrial.

Secretario: un funcionario del Cabildo de Lanzarote, designado por su Presidente, que actuará sin voz ni voto.

Octava.- Una vez resuelta la fase insular, cada Cabildo deberá comunicar por escrito el resultado de la misma a la Dirección General de Planificación y Fomento Industrial a los efectos de que ésta elabore la relación de obras que participan en la fase regional.

Novena.- Se otorgarán los siguientes premios:

Primer premio, dotado con 6.000,00 euros.

Segundo premio, dotado con 4.000,00 euros.

Tercer premio, dotado con 2.020,00 euros.

Los premios estarán sujetos a la retención fiscal que corresponda, según la legislación vigente en el momento de resolverse el concurso.

Décima.- La concesión de los premios a la excelencia atenderá al criterio de maestría para la obtención de una obra singular por su alta calidad, complejidad en las técnicas utilizadas y laboriosidad en los procesos de producción.

Undécima.- El fallo del Jurado será inapelable, pudiéndose declarar ex aequo, así como desierto cualquiera de los premios en el caso de que el Jurado considere que ninguno de los trabajos reúne las características que le haga acreedor del mismo o no se ajustasen a las bases. En este caso, podrá otorgar los accésit que estime pertinentes en razón a la calidad de las obras, dotado cada uno de ellos con 500 euros. Igualmente el Jurado podrá conceder menciones especiales sin dotación económica alguna. En todo caso no debe superarse la dotación presupuestaria prevista para este concurso.

El solo hecho de participación en el concurso significa la aceptación de sus bases y la renuncia a cualquier tipo de reclamación. El Jurado resolverá cuantas incidencias no contempladas en las bases surjan en el desarrollo del concurso.

Duodécima.- Las obras finalistas formarán parte de una exposición con motivo de la celebración de la 19ª Feria de Artesanía de Canarias.

La entrega de los premios tendrá lugar en un acto público durante el desarrollo de la Feria.

El Cabildo Insular de Lanzarote será responsable de la seguridad e integridad de todas las obras seleccionadas, desde su recepción hasta su entrega, conforme a lo previsto en las bases decimotercera y decimoquinta.

Decimotercera.- Las piezas que resulten premiadas pasarán a ser propiedad de la Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica que podrá utilizarlas en publicaciones, certámenes, exposiciones o para cualquier otro fin que estime conveniente, exceptuando la reproducción de la pieza, si bien se expresará, en todo caso, el nombre de su autor o autores, así como la distinción obtenida.

Decimocuarta.- La concesión de los premios otorgados se hará mediante Resolución del Viceconsejero de Desarrollo Industrial e Innovación Tecnológica, que será publicada en el Boletín Oficial de Canarias.

Decimoquinta.- Las obras finalistas no premiadas quedarán a disposición de sus autores durante la exposición, desde el día siguiente al acto de entrega de los premios. Las obras no retiradas en el transcurso de la Feria podrán ser retiradas en los respectivos Cabildos, siendo éstos responsables de su traslado a cada isla.

Para su devolución, en cualquier caso, deberá presentarse el correspondiente comprobante de haber participado en el concurso.

A N E X O I I

PREMIO A LA EXCELENCIA EN LA ARTESANÍA 2003

IMPRESO DE PARTICIPACIÓN *

LEMA ........................................................................................................................................................................................................

DIMENSIONES ........................................................................................................................................................................................

MATERIA PRIMA EMPLEADA ....................................................................................................................................................................................................

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TÉCNICAS DE ELABORACIÓN APLICADAS .........................................................................................................................................................................

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TIEMPO DEDICADO A LA ELABORACIÓN .......................................................................................................................................

COSTES DE PRODUCCIÓN ...........................................................................................................................................................................................................

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PRECIO ESTIMADO DE VENTA ...........................................................................................................................................................................................

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