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Por Orden de la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación de 9 de diciembre de 1997 (B.O.C. nº 163, de 19.12.97) se reconoció, con carácter provisional, la Denominación de Origen "Queso Palmero", y en su artículo cuarto se designan los miembros del Consejo Regulador.
Vista la documentación presentada por la Denominación de Origen "Queso Palmero", a efectos de la sustitución de vocales:
Visto Certificado de la Secretaría del Consejo Regulador, haciendo constar la ausencia continuada de tres vocales del sector ganadero-quesero del Pleno del Consejo Regulador: D. Santiago Pérez Gutiérrez; D. Gerardo Gómez Barreto y D. Juan Lucas Pérez Sanluis.
Visto el escrito por el que dimiten voluntariamente dos vocales del sector ganadero-quesero: Dña. Encarnación Manzano Maldonado y D. Juan Ramón Rodríguez Marín.
Visto el listado actualizado de los inscritos en los Registros del Consejo Regulador, y a solicitud del propio Consejo Regulador.
Y en virtud de las atribuciones legalmente establecidas,
R E S U E L V O:
Único.- Cesar a:
- Dña. Encarnación Manzano Maldonado.
- D. Gerardo Gómez Barreto.
- D. Juan Lucas Pérez San Luis.
- D. Santiago Pérez Gutiérrez.
- D. Juan Ramón Rodríguez Marín.
Y nombrar Vocales del sector ganadero-quesero de la Denominación de Origen Queso Palmero a:
- D. Luis Alfonso Lorenzo Martín.
- D. Julio César Armas Leal.
- Dña. Ana Laura González Díaz.
- D. José Carlos Reyes Cabrera.
- D. Gil Marino Lorenzo Castro.
Notificar la presente Orden a los interesados, haciendo constar que la misma agota la vía administrativa, y que podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su notificación, sin perjuicio de que pueda interponerse recurso potestativo de reposición, ante este Órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la notificación de la presente Orden, con los efectos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen oportuno.
Santa Cruz de Tenerife, a 24 de abril de 2003.
EL CONSEJERO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN,
Pedro Rodríguez Zaragoza.
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