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BOC Nº 090. Martes 13 de Mayo de 2003 - 1936

IV. ANUNCIOS - Administración Local - Cabildo Insular de Tenerife

1936 - ANUNCIO de 28 de abril de 2003, relativo a notificación de Resolución de 24 de enero de 2003, por la que se abre trámite de audiencia a los interesados en el expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento, a favor de la Ermita de San Isidro Labrador, en el término municipal de Granadilla.

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Habiendo sido intentada mediante carta certificada con acuse de recibo, sin que haya podido ser practicada la notificación de la Resolución de la Sra. Consejera Insular del Área de Cultura, Educación, Empleo y Juventud de este Excmo. Cabildo Insular de fecha 24 de enero de 2003, a efectos de proceder al trámite de audiencia a los interesados relacionados en el anexo adjunto, y de conformidad con lo dispuesto en el artº. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la publicación de dicha Resolución:

"Visto el expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento, a favor de la Ermita de San Isidro Labrador, sita en el término municipal de Granadilla, y

Resultando que con fecha 20 de noviembre de 2002, se dicta Resolución de la Sra. Consejera Insular del Área de Cultura, Educación, Empleo y Juventud por la que se incoa el expediente de referencia, según la delimitación gráfica y escrita, justificación de esta delimitación, descripción del Bien en cuestión y relación de Bienes Muebles vinculados que figuran en los anexos I, II y III que acompañan a dicha resolución, publicándose en el Boletín Oficial de Canarias nº 9, de fecha 15 de enero de 2003.

Considerando lo establecido en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en cuanto al trámite de audiencia a los interesados.

Considerando que la Disposición Adicional Primera h), de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, dispone que queda transferida a los Cabildos Insulares, en el ámbito de su respectiva isla, la competencia administrativa de conservación y administración del patrimonio histórico-artístico insular.

Considerando que según el artículo 8.3.d) de la citada Ley, corresponde a los Cabildos Insulares la competencia de incoar y tramitar los expedientes de declaración de bienes de interés cultural, elevándolos al Gobierno de Canarias para su aprobación, así como las modificaciones de dichos expedientes.

Considerando que esta Consejería Insular ostenta las competencias en materia de Patrimonio Histórico en virtud de la atribución conferida mediante acuerdo plenario de fecha 20 de julio de 1999.

Es por lo que,

R E S U E L V O:

Abrir el trámite de audiencia en el expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento, a favor de la Ermita de San Isidro Labrador, en el término municipal de Granadilla, a fin de poner de manifiesto dicho expediente a los interesados o, en su caso, a sus representantes, los cuales podrán alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes, durante un plazo de quince (15) días, contados a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación, a cuyo efecto el expediente podrá ser examinado en la Unidad de Patrimonio Histórico, calle Candelaria, 23, 2ª planta, Santa Cruz de Tenerife, de lunes a viernes de 9,00 a 13,00 horas."

Santa Cruz de Tenerife, a 28 de abril de 2003.- El Secretario, José Antonio Duque Díaz.- Vº.Bº.: la Consejera Insular del Área de Cultura, Educación, Empleo y Juventud, Dulce Xerach Pérez López.

A N E X O

BIEN DE INTERÉS CULTURAL.

CATEGORÍA: Monumento.

A FAVOR DE: Ermita de San Isidro Labrador.

TÉRMINO MUNICIPAL: Granadilla de Abona.

RELACIÓN DE PROPIETARIOS

- MANUEL RAMOS CUBAS

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