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BOC Nº 087. Jueves 8 de Mayo de 2003 - 749

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

749 - ORDEN de 21 de abril de 2003, por la que se aprueban con vigencia indefinida las bases que regirán la concesión de becas para estancias en otros centros y se convocan las referidas subvenciones para el ejercicio de 2003.

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En cumplimiento de lo establecido en el Decreto 54/1997, de 14 de abril, sobre becas a investigadores por razón de estancia en otros centros de investigación.

Con el fin de facilitar la actualización y perfeccionamiento de los investigadores de centros de investigación radicados en Canarias, así como los intercambios con miembros de la comunidad científica, se convocan becas para estancias en otros centros nacionales o extranjeros.

El Plan de Desarrollo de Canarias 2000-2006 (PDCAN) establece entre sus objetivos el de "mejorar la competitividad del tejido productivo de la Región", y define entre las estrategias para alcanzarlo la de "impulsar las políticas de I + D e innovación regional" articulando esta estrategia sobre las siguientes líneas de actuación: "fomento de un sistema de eficiencia de I + D e innovación regional" y "refuerzo del potencial humano e innovación e investigación", incluyendo en esta línea medidas como la de estancias en otros centros universitarios y de investigación. En idéntico sentido se recoge en el Programa Operativo Integrado de Canarias 2000-2006, aprobado por la Decisión de la Comisión Europea C (2001) 228, de 22 de febrero de 2001 al amparo de lo dispuesto en los Reglamentos (CE) nº 1260/1999 y (CE) nº 1784/1999, en el Eje 2 ("sociedad del conocimiento, innovación, I + D, sociedad de la información)" a través de las actuaciones previstas en la Medida 1 ("apoyar la inversión en capital humano en el ámbito de la investigación, la ciencia y la tecnología y la transferencia de resultados"), que están cofinanciadas por el Fondo Social Europeo con una tasa del 80%.

Por ello, y en virtud de las facultades que me otorga el artº. 5 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre (B.O.C. nº 170, de 31.12.97), por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, en relación con el artº. 3.1 del Decreto 54/1997, de 14 de abril (B.O.C. nº 53, de 25.4.97), sobre becas a investigadores por razón de estancia en otros centros de investigación,

D I S P O N G O:

Primero.- Aprobar con carácter indefinido las bases que han de regir las convocatorias de concesión de becas para la realización de estancias en otros centros.

Segundo.- Convocar las becas para la realización de estancias en otros centros con vigencia para el ejercicio de 2003, conforme a las bases reguladas en el anexo de la presente Orden y con arreglo a las siguientes condiciones:

A) Las solicitudes se presentarán en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Las solicitudes se presentarán preferentemente en los Vicerrectorados de Investigación de las Universidades Canarias o en las dependencias de la Dirección General de Universidades e Investigación, sita en Santa Cruz de Tenerife, Edificio Arco Iris, 1ª planta, Residencial Anaga, o en la Dirección Territorial de Educación en Las Palmas de Gran Canaria, Edificio Cofarca, 1º de Mayo, 11.

Asimismo podrán presentarse de acuerdo con lo previsto en el artº. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

B) Para el ejercicio de 2003 está previsto asignar un importe total de 462.786 euros que se abonarán con cargo a la partida presupuestaria 18 07 422E 480.11 L.A. 18420302 "Ayudas y Subvenciones a la Investigación", de los presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias, estando cofinanciada con el Fondo Social Europeo con una tasa del 80%.

Tercero.- Obligaciones.

La ejecución de las actividades a realizar con esta línea de actuación deberá ajustarse a las disposiciones del Tratado de la Unión Europea y de los actos derivados en virtud de éste, así como las políticas y acciones comunitarias, en concreto, las relativas a la competencia, a la contratación pública, a la protección y mejora del medio ambiente, a la eliminación de desigualdades y al fomento de la igualdad entre hombres y mujeres.

Además habrá de cumplirse lo dispuesto en:

- El Reglamento (CE) nº 1159/2000 de la Comisión de 30 de mayo de 2000, sobre actividades de información y publicidad que deben llevar a cabo los Estados miembros en relación con las intervenciones de los Fondos Estructurales.

- El Reglamento (CE) nº 1685/2000 de la Comisión, de 28 de julio de 2000, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 1260/1999 del Consejo, en lo relativo a financiación de gastos de operaciones cofinanciadas por los Fondos Estructurales.

Cuarto.- Régimen jurídico.

A efectos de determinar su régimen jurídico, las becas a las que se refiere la presente Orden se consideran subvenciones, y como tales se regularán por las bases contenidas en el Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, el Decreto Territorial 157/1998, de 10 de septiembre, de medidas acerca de la gestión de los Fondos Estructurales y del Fondo de Cohesión de la Unión Europea, por las bases contenidas en el anexo de esta Orden, y por las normas que dicte la Dirección General de Universidades e Investigación para su desarrollo, aplicación, control y seguimiento, asimismo, y para lo no dispuesto expresamente en las normas anteriores, será de aplicación el Decreto 54/1997, de 14 de abril, sobre becas a investigadores por razón de estancia en otros centros de investigación.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer potestativamente recurso de reposición ante esta Consejería de Educación, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de dos meses, contados a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 21 de abril de 2003.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN,

CULTURA Y DEPORTES,

José Miguel Ruano León.

A N E X O

BASES DE LA CONVOCATORIA DE BECAS PARA ESTANCIAS EN OTROS CENTROS.

Primera.- Objeto de estas becas.

1. La finalidad de estas becas es facilitar la formación y el perfeccionamiento del profesorado universitario mediante la realización de estancias en centros nacionales y extranjeros.

Se pretende también facilitar las relaciones de los grupos de investigación existentes en Canarias con otras afines en el ámbito nacional e internacional.

2. Podrán ser centros de aplicación de estas becas cualquier Universidad o centro de investigación nacional o extranjero, preferentemente aquellos radicados en países que sean Estados miembros, siempre que sea distinto al centro en el que el solicitante ejerza su actividad profesional o investigadora. En el caso de que la Universidad o centro de investigación de destino esté situada en un país que no sea Estado Miembro, el solicitante deberá acreditar la no existencia en éstos de centros o escuelas al efecto.

3. Las características de estas becas son las siguientes:

3.1. La dotación económica de la beca será de un máximo de 1.502,53 euros/mes en concepto de alojamiento y manutención y una cantidad no superior a 1.502,53 euros para gastos de transporte, en función del lugar donde radique el centro de aplicación.

La dotación económica definitiva de la beca será fijada en la Resolución de adjudicación dentro de los límites anteriormente señalados y teniendo en cuenta el nivel de vida del país de destino.

3.2. La duración de la beca podrá oscilar entre un mínimo de 1 mes y un máximo de 9 meses y ha de disfrutarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año en que se conceda. La beca podrá disfrutarse en uno o varios centros, sin que ello implique incremento en la asignación para gastos de transporte.

3.3. Salvo casos excepcionales, debidamente justificados, el disfrute de la beca para estancias de menos de 6 meses no podrá coincidir en su totalidad con el período vacacional que reglamentariamente le corresponda al beneficiario.

3.4. La posesión de una de estas becas es incompatible con cualquier otra destinada a la misma finalidad.

4. Las becas se financiarán con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo con una tasa del 80%.

5. Por Resolución de la Dirección General de Universidades e Investigación, al inicio de cada ejercicio presupuestario se fijará el plazo de presentación de solicitudes, el importe asignado para esa convocatoria y su aplicación presupuestaria.

6. Del importe asignado en cada convocatoria, se podrá reservar como mínimo un 20% del total para los solicitantes que sean becarios de tesis doctorales.

7. En todo caso, sólo serán subvencionables aquellos gastos que tengan la consideración de elegibles con arreglo a los criterios de elegibilidad de gastos contemplados en la normativa de aplicación contenida en el Reglamento (CE) nº 1784/1999, del Parlamento europeo y del Consejo, de 12 de julio de 1999, relativo al Fondo Social Europeo y el Reglamento 1685/2000, de la Comisión, de 28 de julio de 2000, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 1260/1999 del Consejo, en lo relativo a la financiación de gastos de operaciones cofinanciadas por los Fondos Estructurales.

Segunda.- Requisitos de los solicitantes.

Podrán optar a estas becas los profesores, ayudantes y personal investigador de las Universidades y Centros de Investigación radicados en el archipiélago, incluyendo los becarios que realicen tesis doctoral financiados por la Comunidad Autónoma de Canarias; en este caso el becario deberá acreditar mediante memoria firmada por su Director de Tesis que la estancia forma parte del proyecto de tesis, o es condición necesaria para mejorar la misma.

Tendrán prioridad las solicitudes de las personas que no hayan sido beneficiarios en los 3 años anteriores al de la solicitud de alguna beca para estancias en otros centros de 6 o más meses de duración.

Tercera.- Formalización de las solicitudes y documentación a presentar.

Las becas que se convocan por la presente Orden, se solicitarán de acuerdo con las siguientes normas:

1. Se solicitarán según modelo del anexo I.

2. Las solicitudes se dirigirán a la Ilmo. Sr. Director General de Universidades e Investigación de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

3. En las solicitudes el interesado hará constar expresamente lo siguiente:

3.1. Que se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma.

3.2. Que no ha recibido otras ayudas o subvenciones con el mismo objeto, de cualquier Administración o Ente público. En otro caso, hará constar las que haya solicitado y el importe de las recibidas.

3.3. Que no ha recibido ayudas u otras atribuciones patrimoniales gratuitas de entidades privadas o particulares para el mismo destino o, en su caso, el importe de las recibidas.

3.4. Que ha procedido a la justificación de las subvenciones concedidas con anterioridad por los órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma en los términos establecidos en el artículo 31 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre (B.O.C. nº 170, de 31.12.97).

3.5. Que no se halla inhabilitado para recibir ayudas o subvenciones de la Administración Autónoma.

4. Las solicitudes se presentarán por duplicado y deberán ir acompañadas de la documentación que se señala a continuación, cotejada en su caso:

- Dos fotocopias cotejadas del documento de identificación del solicitante o pasaporte.

- Dos fotocopias cotejadas del documento de identificación fiscal del solicitante.

- Documento del centro receptor en el que se haga constar de forma clara y expresa la aceptación para realizar el trabajo o estudio propuesto y la conformidad con el tiempo por el cual se solicita la estancia en el mismo. Modelo anexo II.

- Documento que acredite la concesión de licencia por parte de la Universidad o centro de investigación respectivo en el que se haga constar expresamente la fecha de inicio y terminación de la misma.

- Memoria del trabajo a realizar, según modelo anexo III, donde se detallará la previsión de ingresos y gastos ocasionados con motivo de la estancia.

- Currículum vitae del solicitante, según modelo anexo IV.

Cuarta.- Lugar y plazo de presentación de solicitudes.

Lugar. Las solicitudes se presentarán preferentemente en los Vicerrectorados de Investigación de las Universidades Canarias o en las dependencias de la Dirección General de Universidades e Investigación, sita en la Plaza de José de Zárate y Penichet, Residencial Anaga, Edificio Arco Iris, planta baja, Santa Cruz de Tenerife y en la Dirección Territorial de Educación en Las Palmas de Gran Canaria, Avenida 1º de Mayo, 11, Edificio Cofarca.

Asimismo, podrán presentarse las solicitudes de acuerdo con lo previsto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Plazo. Las solicitudes se presentarán en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación el Boletín Oficial de Canarias de la resolución anual fijando los plazos, asignación y partida presupuestaria.

Quinta.- Procedimiento de adjudicación.

Las solicitudes serán objeto de estudio y evaluación individualizada por una Comisión Científica de Selección, de la que formarán parte personas de reconocido prestigio investigador nombradas por la Dirección General de Universidades e Investigación. Esta Comisión de Selección podrá asesorarse de expertos en las materias específicas que considere necesario.

Los criterios generales de selección y la valoración a utilizar por la citada Comisión, serán los siguientes según el orden de prioridad que se indica:

1º) Currículum docente e investigador, entre 0 y 3 puntos.

2º) Que el solicitante esté en posesión del título de doctor, 1 punto.

3º) La importancia y necesidad del trabajo a realizar por el solicitante para el desarrollo de la enseñanza universitaria o de la investigación en la Comunidad Autónoma de Canarias, entre 0 y 1 punto.

4º) Proyectos docentes para asignaturas troncales y obligatorias de los planes de estudios de las nuevas titulaciones a impartir, entre 0 y 1 punto.

5º) No haber disfrutado de otra beca de estas características en las tres convocatorias anteriores con duración igual o superior a 6 meses, entre 0 y 1 punto.

6º) Dentro de los objetivos que esta Consejería tiene, uno de ellos es el potenciar la formación de jóvenes investigadores. Para ello, se podrá reservar como mínimo un 20% del importe total asignado en cada convocatoria, para aquellos solicitantes que sean beneficiarios de la subvención de becas de postgraduados para la realización de tesis doctorales financiada por la Comunidad Autónoma de Canarias. A tal efecto, los solicitantes se seleccionarán con los criterios establecidos en los puntos 1º, 3º y 5º de la presente base, junto con el siguiente criterio:

a) 1 punto por ser becario de 1er año.

b) 2 puntos por ser becario de 2º año.

c) 3 puntos por ser becario de 3er año.

d) 4 puntos por ser becario de 4º año.

Si dicha reserva no fuera cubierta, el importe restante se revertirá sobre el total.

7º) En caso de que la Comisión de Selección, al analizar los méritos presentados por alguno de los candidatos, tuviera dudas para su correcta valoración, podrá requerir a los peticionarios a los solos efectos de recabar una información más precisa sobre los méritos alegados.

La Comisión propondrá al Director General de Universidades e Investigación una relación, nominada y ordenada según méritos, de los candidatos a estas becas.

Sexta.- Órgano competente para la concesión y el control.

Se delega en el Director General de Universidades e Investigación la competencia para conceder las becas objeto de la presente Orden. En virtud de esta delegación, la Resolución de concesión de las mismas se considerará dictada por el titular del Departamento y será publicada en el Boletín Oficial de Canarias. Así mismo, de acuerdo con lo establecido en el anexo del Reglamento (CE) nº 1159/2000 de la Comisión de 30 de mayo de 2000, sobre las actividades de información y publicidad, se dejará constancia en las mismas que la subvención está cofinanciada en un 80% por el Fondo Social Europeo.

La Dirección General de Universidades e Investigación podrá realizar en cualquier momento las actuaciones de inspección y control que estime convenientes y necesarias para comprobar que las subvenciones que se concedan al amparo de esta Orden, se destinan a la finalidad para la que fueron concedidas y que se emplean adecuadamente estos fondos. Todo ello sin perjuicio de las actuaciones de comprobación que se practiquen por la Intervención General, la Audiencia de Cuentas de Canarias o el Tribunal de Cuentas.

Así mismo el beneficiario tendrá la obligación del cumplimiento, durante todo el tiempo de realización del gasto, de las disposiciones, políticas y acciones comunitarias, incluidas las correspondientes a las normas de competencia, contratación pública, protección y mejora del medio ambiente, eliminación de desigualdades y fomento de la igualdad entre hombres y mujeres.

Séptima.- Calendario para la resolución.

La resolución deberá producirse dentro de los tres meses siguientes a contar desde la terminación del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria que se trate.

La falta de resolución en el plazo señalado tendrá carácter desestimatorio.

Octava.- Modificación de las Resoluciones de concesión.

Dará lugar a la modificación de la Resolución de concesión por el órgano que la haya dictado, sin que en ningún caso pueda variarse el destino o finalidad de la ayuda o subvención, la concurrencia de alguna de las siguientes circunstancias:

a) La alteración de las circunstancias o de los requisitos subjetivos y objetivos tenidos en cuenta para la concesión de una ayuda o subvención.

b) La obtención por el beneficiario de ayudas o subvenciones concedidas por otros órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma o por otras Administraciones o Entes públicos para el mismo destino o finalidad.

c) La obtención de ayudas u otras atribuciones patrimoniales gratuitas de entidades privadas o particulares para el mismo destino o finalidad.

d) La superación de los topes previstos por la normativa comunitaria como consecuencia de la acumulación de ayudas o subvenciones en los períodos establecidos en la misma.

Novena.- Forma de pago.

1. La dotación económica de la beca, fijada según lo dispuesto en la base primera de este anexo, será abonada al beneficiario mediante transferencia bancaria, y a tal efecto, los beneficiarios tendrán que estar de alta en el (P.I.C.C.A.C.) Plan Informático Contable de la Comunidad Autónoma de Canarias.

2. El primer mes se abonará la parte proporcional correspondiente al número de días que ha permanecido en el centro de aplicación y a partir del segundo por mensualidades completas, salvo el último mes, que se abonará previa presentación de la memoria final y las tapas del pasaje.

Décima.- Medios y plazos de justificación.

Las estancias se justificarán mediante informe-memoria de la Dirección General de Universidades e Investigación, elaborado con fundamento en la documentación aportada por el beneficiario en la que habrá de constar certificación del centro de destino sobre la realización de la actividad investigadora que originó la estancia.

Para proceder al primer pago, será preciso que se encuentre en la Dirección General de Universidades e Investigación documento de incorporación al centro de aplicación, según modelo en anexo V, con el membrete y el sello del centro. Para tramitar el último pago será preciso que el beneficiario entregue, en el plazo máximo de diez días, documento con el membrete y sello del centro de aplicación donde conste la fecha de incorporación y de finalización, según modelo anexo VI, memoria del trabajo realizado, según modelo del anexo VII, y los originales de las tapas del pasaje.

Los beneficiarios deberán aceptar formalmente la beca dentro de los treinta días siguientes a la notificación de la concesión, y se comprometen al cumplimiento de las normas establecidas en la presente Orden y de las que dicte la Dirección General de Universidades e Investigación para el seguimiento de la misma.

El beneficiario tendrá además, de conformidad con lo dispuesto en la Orden de 8 de marzo de 2001, de la Consejería de Economía y Hacienda (B.O.C. nº 32, de 12.3.01), la obligación de aportar los registros contables cuya llevanza venga impuesta por la normativa aplicable y que proporcionen información detallada sobre los gastos y los pagos específicos efectuados con motivo de los proyectos o acciones correspondientes a las intervenciones comunitarias.

Además de las obligaciones de carácter general que los Decretos 54/1997, de 14 de abril, sobre becas a investigadores por razón de estancia en otros centros de investigación, y 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, imponen a los beneficiarios de las mismas y de las señaladas en otros apartados de la presente Orden, los beneficiarios de estas becas tendrán las siguientes obligaciones:

1ª) Realizar la actividad que motivó la concesión, cumpliendo los requisitos y condiciones establecidos en esta Orden y en la Resolución de concesión.

2ª) Desarrollar la estancia durante el período total de duración de la misma.

3ª) Acreditar y justificar que se ha realizado la estancia en las condiciones previstas, aportando para ello la documentación que se señala en los correspondientes apartados de esta Orden o en la Resolución de concesión. A estos efectos, están obligados también a facilitar toda la información complementaria que se les pida y a someterse a las actuaciones de comprobación y control que se practiquen por los órganos competentes.

4ª) Realizar la estancia en el centro o centros para el que le fue concedida la beca. Cualquier cambio en este sentido deberá ser autorizado por la Dirección General de Universidades e Investigación.

5ª) El beneficiario se compromete también a dedicarse de manera exclusiva al trabajo propuesto y a remitir a la Dirección General de Universidades e Investigación los informes parciales que se le requieran si la beca es de duración superior a seis meses.

6ª) El beneficiario ha de hacer constar la subvención de la Dirección General de Universidades e Investigación del Gobierno de Canarias, en el caso de que el trabajo realizado durante la estancia subvencionada diera origen a alguna publicación o a su presentación en cualquier tipo de evento científico.

Si el beneficiario incumple estas obligaciones no podrá exigir el abono de la subvención concedida, y en su caso, deberá reintegrar las cantidades percibidas más el interés de demora devengado desde el momento del abono, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, antes mencionado. Todo ello sin perjuicio de las sanciones que procedan, y de acuerdo con lo dispuesto en el citado Decreto.

7ª) Los justificantes que habrán de aportarse por parte de los beneficiarios, serán los correspondientes a facturas originales pagadas o documentos contables de valor probatorio equivalente para justificar el empleo de los fondos de acuerdo con lo establecido en el Reglamento 1.685/2000 de la Comisión, de 28 de julio de 2000, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento nº 1.260/1999 del Consejo.

Undécima.- Aceptación de las bases.

La presentación de solicitudes conforme a lo previsto en la presente Orden presupone la aceptación íntegra e incondicionada de la misma.

Duodécima.- Disposiciones supletorias.

Para todo lo no previsto en la presente Orden será de aplicación lo establecido en los Decretos 54/1997, de 14 de abril, sobre becas a investigadores por razón de estancia en otros centros de investigación, y 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE ESTANCIAS EN OTROS CENTROs

A N E X O I

MODELO DE SOLICITUD

Datos del solicitante

Apellidos y nombre .............................................................................................., N.I.F. .............................................., edad ..................................., sexo ..............................., becario de tesis de la CAC .................................................... .........................................., discapacitado ............................................., Centro ..................................................................., Departamento .................................................................., dirección .........................................................................................., teléfono .................................., fax ......................................, correo electrónico ................................................................ .

Datos de la estancia

Centro de aplicación: país ...................................................., ciudad/provincia ............................................................., calle ......................................................, c.p. ............................, Organismo ......................................................................, Centro ...................................................., Departamento ..............................................., número de meses ....................... .

HAGO CONSTAR:

1. Que me hallo al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma.

2. Que no he recibido ayudas o subvenciones con el mismo objeto de cualquier Administración o Ente público (en otro caso, hará constar las que haya solicitado y el importe de las recibidas).

3. Que no he recibido ayudas u otras atribuciones patrimoniales gratuitas de entidades privadas o particulares para el mismo destino o, en su caso, el importe de las recibidas.

4. Que he procedido a la justificación de las subvenciones concedidas con anterioridad por los órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma en los términos establecidos en el artículo 31 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre (B.O.C. nº 170, de 31.12.97).

5. Que no me hallo inhabilitado para recibir ayudas o subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma.

En .............................................., a .......... de .............................................. de ............. .

El solicitante,

Fdo.: ................................................

ILMO. SR. DIRECTOR GENERAL DE UNIVERSIDADES E INVESTIGACIÓN.

A N E X O I I

MODELO DE DOCUMENTO DE ACEPTACIÓN EN EL CENTRO RECEPTOR

Nombre ............................................................................................, responsabilidad ................................................, centro ......................................................................................, dirección ................................................................................, teléfono ................................., fax ..................................., correo electrónico .................................................................... .

ACEPTA la permanencia en este Centro de D. ..........................................................................................., durante un período de ................................ meses durante el año ......................... para realizar trabajos en ............................................ .

Fecha: ..............................................

Firma:

Fdo.: ................................................

Name ............................................................................................, job title ......................................................................., Center ........................................................................................., address ......................................................................................., phone ........................................, fax ..............................., e-mail ....................................................................................... .

ACCEPTS the permanence in this center of Mr. ...................................................................................................., during a period of ........................ months during the year .................. to work on ........................................................................ .

Date: ....................................................................

Signature: .............................................................

A N E X O I I I

MODELO DE MEMORIA DEL TRABAJO A REALIZAR

0.- Título del proyecto.

1.- Resumen.

2.- Bibliografía más relevante (comentada).

3.- Antecedentes y estado actual del tema.

4.- Objetivos concretos e interés de los mismos.

5.- Hipótesis, metodología y plan de trabajo.

6.- Experiencia del centro de destino sobre este tema.

7.- Previsión de ingresos y gastos estimados de viaje, vivienda y manutención.

8.- Otras consideraciones que se deseen hacer constar.

9.- Fecha y firma del solicitante.

A N E X O I V

MODELO DE CURRÍCULUM VITAE

1.- Primer apellido.

2.- Segundo apellido.

3.- Nombre.

4.- Sexo.

5.- N.I.F.

6.- Nº Registro de personal.

7.- Categoría.

8.- Dedicación.

9.- Relación laboral con el centro donde se realiza el proyecto.

10.- Relación contractual con la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias.

11.- Institución a la que está vinculado.

12.- Centro.

13.- Área de conocimiento.

14.- Departamento.

15.- Calle.

16.- Población.

17.- Código postal.

18.- Provincia.

19.- Teléfono.

20.- Fax.

21.- Correo electrónico.

22.- Especialización (nombre y código UNESCO correspondiente).

23.- Actividades anteriores de carácter científico y/o profesional.

24.- Idiomas de interés científico (indicando el nivel en que se encuentra en cada uno de ellos).

25.- Participación en proyectos de investigación financiados en los últimos 10 años ya finalizados: título; código/número del proyecto; entidad financiadora; cantidad financiada; período de vigencia; B.O.E. y/o B.O.C. de la Resolución de concesión; investigador principal (Sí/No); horas de dedicación.

26.- Participación en proyectos de investigación financiados actualmente en ejecución: título; código/número del proyecto; entidad financiadora; cantidad financiada; período de vigencia; B.O.E. y/o B.O.C. de la Resolución de concesión; investigador principal (Sí/No); horas de dedicación.

27.- Publicaciones (no incluir Proceding ni Abstracts de Congresos).

28.- Participación en contratos de investigación de especial relevancia con empresas y/o Administraciones.

29.- Patentes y modelos de utilidad (que se estén o se hayan estado explotando).

30.- Estancias en centros nacionales o extranjeros.

31.- Congresos.

32.- Conferencias.

33.- Tesis doctorales dirigidas.

34.- Grandes equipos que utiliza o ha utilizado.

35.- Otros méritos o aclaraciones que desee hacer constar.

36.- Fecha y firma.

A N E X O V

MODELO DE INCORPORACIÓN AL CENTRO

Nombre ............................................................................................, responsabilidad ................................................, centro ......................................................................................, dirección ................................................................................, teléfono ................................., fax ..................................., correo electrónico .................................................................... .

CERTIFICA que D. ......................................................................................................... se ha incorporado a este Centro para realizar trabajos de investigación el día .................. de ............................................................... de .......................... .

En .................................................., a .............. de .................................................. de ............ .

Fdo.: ................................................

Name ............................................................................................, job title ......................................................................., Center ........................................................................................., address ......................................................................................., phone ........................................, fax ..............................., e-mail ....................................................................................... .

CERTIFIES that Mr. ..................................................................................................................., has incorporated to this center for research work from day .................... month ...................................................... year ....................................... .

In .................................................., (date) ....................................................................................................... .

Signature: ........................................

A N E X O V I

TIEMPO DE PERMANENCIA EN EL CENTRO

Nombre ............................................................................................, responsabilidad .............................................., centro ......................................................................................, dirección ................................................................................, teléfono ................................., fax ..................................., correo electrónico .................................................................... .

CERTIFICA que D. ................................................................................................................................. ha permanecido en este Centro desde el día ................................... de ....................................................................... de ............................... hasta el día ................................................. de ....................................................................... de ........................................ .

En .................................................., a .............. de .................................................. de ............ .

Fdo.: ................................................

Name ............................................................................................, job title ......................................................................., Center ........................................................................................., address ......................................................................................., phone ........................................, fax ..............................., e-mail ....................................................................................... .

CERTIFIES that Mr. ............................................................................................................................... has stayed in our center from day .............................. month ....................................................................................... year ............................ to day ................................................. month ............................................................................... year ............................... .

In .................................................., (date) ...................................................................................................................... .

Signature: ........................................

A N E X O V I I

MODELO DE MEMORIA

1.- Descripción del trabajo realizado.

2.- Logros observados, en relación a los objetivos propuestos.

3.- Publicaciones resultantes del trabajo.

4.- Otras consideraciones que desea realizar.

5.- Fecha y firma.

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